ORDENANZA N° 403-MDC - Aprueban el Plan Distrital de Fortalecimiento a las Familias de Comas 2014 - 2018

EmisorMUNICIPALIDAD DE COMAS
Fecha de la disposición28 de Enero de 2014
El Peruano
Martes 28 de enero de 2014
515468
preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria y
pro laxis”;
Que, mediante Ley N° 27629, que modi ca el
Decreto Legislativo N° 824, y el Decreto Supremo N°
032-2002-PCM, se crea y reglamenta respectivamente,
la organización de la Comisión Nacional para el
Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA organismo
público descentralizado de la Presidencia del Consejo
de Ministros, precisando que éste tiene como función
principal coordinar, promover, plani car, monitorear y
evaluar los programas y actividades contenidas en la
Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas;
Que, atendiendo al proyecto de Ordenanza presentado,
se debe señalar que, en el contexto normativo expuesto,
se hace necesario establecer los mecanismos de lucha
contra las Drogas, abordándola desde su complejidad, así
como lograr que los programas estatales y locales puedan
tener sostenibilidad y permanencia en el tiempo; en tal
sentido, es necesario y fundamental la participación activa
de la Sociedad Civil;
Que, el presente proyecto de Ordenanza establece
disposiciones necesarias que permitirán garantizar la
ejecución de actividades tendientes a prevenir y erradicar
el consumo de Drogas en el distrito, a través de la
participación ciudadana;
Que, mediante Informe Nº 502-2013-GAJ-MDC,
la Gerencia de Asesoría Jurídica opina porque resulta
procedente el Proyecto de Ordenanza que aprueba
el Plan Municipal sobre Drogas 2013 - 2020 “Comas
te quiero Sin Drogas”, recomendando su aprobación,
debiendo elevarse los actuados al Concejo Municipal,
para que previo los trámites que correspondan proceda a
la aprobación de la misma;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades
conferidas por el inciso 8) y 9) del artículo 9° de la Ley N°
27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas
pertinentes, con el voto Unánime de los señores regidores
y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del
acta, se aprobó la siguiente Ordenanza;
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL
SOBRE DROGAS 2013 - 2020 “COMAS TE QUIERO
SIN DROGAS”
Artículo Primero: APROBAR el Plan Municipal Sobre
Drogas 2013 – 2020 “Comas Te Quiero Sin Drogas”,
como instrumento de gestión que establece el enfoque,
ejes, objetivos estratégicos, objetivos especí cos,
actividades, programas, indicadores y responsables, con
el n de afrontar el problema del consumo de drogas, su
prevención y la micro comercialización.
Artículo Segundo: CREAR el Comité Multisectorial
de Prevención del Consumo de Drogas (COMUL),
como órgano de articulación conformado por todas las
instituciones públicas, privadas y organizaciones sociales
involucradas, cuya misión es coordinar, promover,
plani car, monitorear y evaluar planes, programas,
actividades y políticas públicas de prevención y reducción
del consumo de drogas y de la micro comercialización.
Artículo Tercero: CONFORMAR El Comité
Multisectorial de Prevención del Consumo de Drogas
(COMUL), Que estará conformado por los titulares
y/o representantes debidamente acreditados de las
siguientes instituciones:
a) El Alcalde distrital quien lo presidirá.
b) Jefe de la O cina de Lima Norte de la Defensoría
del Pueblo.
c) Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima
Norte
d) Presidente de la Junta de Fiscales Superiores
– Lima Norte.
e) Director de la UGEL Nº 4 - Comas.
f) Director Ejecutivo de la Red de Salud Túpac Amaru
- Comas.
g) Gobernador de Comas.
h) Los Comisarios de las Comisarías de la Policía
Nacional del Perú del distrito de Comas.
i) Presidente del Consorcio de Coaliciones
Comunitarias de Comas.
j) Coordinador Distrital de las Juntas Vecinales de
Seguridad Ciudadana.
Artículo Cuarto: CONFORMAR El Comité de
Implementación y Ejecución del Plan Municipal Sobre
Drogas, el que depende del COMUL, y estará conformado
por los siguientes miembros:
a) Gerente de Desarrollo Humano, Educación y
Bienestar Social, quien lo presidirá.
b) Sub-Gerente de Salud, quien efectuará la labor de
Secretario Técnico.
c) Sub-Gerente de Promoción Social y DEMUNA.
d) Sub-Gerente del Vaso de Leche y Alimentación
Complementaria.
e) Sub-Gerente de Educación, Cultura y Deporte.
f) Gerente de Plani cación y Presupuesto.
g) Gerente de Participación Vecinal y Desarrollo
Comunal.
h) Sub-Gerente de Seguridad Ciudadana.
i) Sub-Gerente de Fiscalización Tributaria y Control
Municipal.
j) Representante de la UGEL Nº 4.
k) Representante de la Red de Salud Túpac Amaru.
l) Representante del Ministerio Público.
m) Policías encargados de OPC de las Comisarías
n) Representante de la Defensoría del Pueblo de Lima
Norte.
o) Tenientes Gobernadores.
p) Secretario Técnico de CODISEC.
q) Presidentes de las Coaliciones Comunitarias
Antidrogas del distrito de Comas.
r) Coordinadores Zonales de las Juntas Vecinales de
Seguridad Ciudadana.
s) Representante del Consejo de Coordinación Local
Distrital.
Artículo Quinto: CONFORMAR El Comité de
Vigilancia de la Implementación y Ejecución del Plan
Municipal Sobre Drogas, el que queda encargado de
vigilar el cumplimiento de las actividades del Plan en cada
Zonal del distrito; dicho Comité estará conformado por
representantes de la sociedad civil organizada, siendo los
siguientes:
a) Un Representante de la Coalición Comunitaria
Antidrogas de cada Zonal del distrito de Comas.
b) Un Representante de las Juntas Vecinales de
Seguridad Ciudadana (Coordinadores Zonales).
Artículo Sexto: AUTORIZAR al despacho de Alcaldía
para que mediante Decreto reglamente la presente
Ordenanza.
Artículo Sétimo: ENCARGAR a la Sub-Gerencia
de Informática y Estadística la publicación del Plan
Municipal Sobre Drogas 2013 – 2020 “Comas Te Quiero
Sin Drogas”, en el Portal Institucional de la Municipalidad
Distrital de COMAS, www.municomas.gob.pe y, la difusión
de la presente Ordenanza a la Sub-Gerencia de Imagen
Institucional, en el día de su publicación en el Diario O cial
El Peruano.
Artículo Octavo: DEROGUESE toda norma que se
oponga a la presente Ordenanza.
Artículo Noveno: DISPONER a la Secretaría General
la publicación de la presente ordenanza en el Diario O cial
El Peruano y en el Portal Institucional.
Artículo Décimo: Esta Ordenanza entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal a los Veintiocho días del
mes de Noviembre del año dos mil trece.
NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO
Alcalde
1042673-1
Aprueban el Plan Distrital de
Fortalecimiento a las Familias de Comas
2014 - 2018
ORDENANZA Nº 403-MDC
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE COMAS

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