ORDENANZA Nº 120-2010-MDC - Derogan la Segunda Disposición Final de la Ordenanza N° 099-2009-MDC referente a la actualización de tasas por trámite de licencia de funcionamiento

Fecha de publicación11 Noviembre 2010
Fecha de disposición11 Noviembre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 11 de noviembre de 2010
428968
Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm.
de profundidad con mezcla y acabados igual que las
aceras. En caso que la acera esté en medio de jardines
se construirá en ambos lados. El vertido del concreto
deberá realizarse de modo que requiera el menor
manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los
agregados.
Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán
construirse, con un pavimento de las mismas
características de las calzadas adyacentes. Así también
éstas quedarán en tierra nivelada compactada.
Rampas Peatonales.- En los extremos de los
abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales,
que conectarán los niveles superiores de las aceras y
las calzadas, de conformidad con las normas técnicas
NTE U.190 adecuación urbanística para personas
con discapacidad, aprobadas por R.M. N° 069-2001-
MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero de 2001.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de
la presente Resolución de Gerencia en el diario of‌i cial
“El Peruano”, en el plazo de 30 días calendarios de
notif‌i cados, por cuenta los interesados.
Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente
Resolución de Sub Gerencia a la Municipalidad
Metropolitana de Lima para los f‌i nes correspondientes, a
la Of‌i cina de Registros de Lima y Callao para efectos de
la inscripción de la Habilitación Urbana, al Ministerio de
Educación, a Serpar-Lima, a EMILIMA, a la Sub Gerencia
de Recaudación y Control y a los interesados para su
conocimiento y f‌i nes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase
MANUEL YAFAC VILLANUEVA
Subgerente Planif‌i cación Urbana y Catastro
564829-1
MUNICIPALIDAD DE
CHACLACAYO
Aprueban la reconversión de los nuevos
términos porcentuales de los derechos
administrativos que se encuentran de
acuerdo al TUPA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 002-10
Chaclacayo, 7 de octubre del 2010
VISTO: El Informe Nº 137-2010-GGM/MDCH de la
Gerencia General Municipal, el Informe Nº 088-201-GPP/
MDCH de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto;
y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo señalado en el artículo 194º
de la Constitución Política del Perú, concordante con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el artículo cuarto del Decreto Supremo Nº 062-
2009-PCM publicada el día 24.09.2009 en el Diario
Of‌i cial El Peruano establece la modif‌i cación del valor de
la UIT no implica la modif‌i cación automática del monto
de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA;
Que, el artículo 38º numeral 5) de la Ley del
Procedimiento Administrativo General toda modif‌i cación
del TUPA que no implique la creación de nuevos
procedimientos, incremento de derechos de tramitación o
requisitos se debe aprobar mediante Decreto de Alcaldía
en el caso de los gobiernos locales;
Que, por consiguiente la Gerencia de Planeamiento
y Presupuesto solicita la aprobación de la Reconversión
de los nuevos términos porcentuales de los derechos
administrativos que se encuentran de acuerdo al Texto
Único de Procedimiento Administrativos – TUPA de
la Municipalidad de Chaclacayo que se encuentran
aprobados por Ordenanza Municipal Nº 079 y modif‌i cada
por Ordenanza Municipal Nº 158;
En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley
Orgánica de Municipalidades – Ley 27972,
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR la Reconversión
de los nuevos términos porcentuales de los derechos
administrativos que se encuentran de acuerdo al Texto
Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de
la Municipalidad de Chaclacayo que se encuentran
aprobados por Ordenanza Municipal Nº 079 y modif‌i cada
por Ordenanza Municipal Nº 158, conforme al anexo que
forma parte del presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SERGIO ANTONIO BAIGORRIA SEAS
Alcalde (e)
564837-1
MUNICIPALIDAD DE
CIENEGUILLA
Derogan la Segunda Disposición Final
referente a la actualización de tasas por
trámite de licencia de funcionamiento
ORDENANZA N° 120-2010-MDC
Cieneguilla, 09 de setiembre de 2010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CIENEGUILLA.
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Cieneguilla en Sesión Ordinaria
de la fecha.
VISTOS:
El Informe Nº 160-2010-GPPR-MDC de la Gerencia
de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización de
fecha 09 de setiembre de 2010; el Informe Nº 187-2010-
GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha
08 de setiembre de 2010, el Informe Nº 137-2010-GR-
MDC de fecha 04 de setiembre de 2010 de la Gerencia de
Administración Tributación y el Memorando Nº 282-2010-
GM-MDC de fecha 28 de agosto de 2010 de la Gerencia
Municipal y la Ordenanza Nº 099-2009-MDC de fecha 24
de julio de 2009;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º
de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades
son órganos de Gobierno Local con autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 099-2009-MDC de fecha
24 de julio de 2009 se modif‌i có la estructura orgánica
del ROF, MOF y el TUPA de la Municipalidad Distrital de
Cieneguilla;
Que, mediante Of‌i cio Nº 666-2010/DP-OD LIMA ESTE
de fecha 20 de agosto de 2010 la Defensoría del Pueblo,

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