ORDENANZA N° 365-MDB - Aprueban Reglamento de Asistencia, Puntualidad y Permanencia del Personal Empleado de la Municipalidad Distrital de Barranco
Emisor | MUNICIPALIDAD DE BARRANCO |
Fecha de la disposición | 1 de Abril de 2012 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 1 de abril de 2012
463520
el portal web del Gobierno Regional de Loreto: wwww.
regionloreto.gob.pe.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional,
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, en
el Diario Ofi cial de la Región y/o El Peruano.
Dado en el Auditorio de la Presidencia del Gobierno
Regional de Loreto, a los siete días del mes de marzo del
año dos mil doce.
Que, con Ofi cio Nº 006-2012-GRL-SCR de fecha
04/01/12, se remite la presente Ordenanza Regional
al Presidente del Gobierno Regional de Loreto para su
promulgación, en atención a lo dispuesto por el artículo 38º
y sus modifi catorias; Que, con Ofi cio Nº 02-2012-GRL-
OGAP de fecha 19/01/12, el Jefe de la Ofi cina General
de Asesoría de la Presidencia, devuelve la citada norma
regional, a fi n de que levanten las observaciones formuladas
por el Director de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica,
advertida en el Ofi cio Nº 049-2012-GRL-ORA de fecha
19/01/12; Que, con Acuerdo de Consejo Regional Nº. 029-
2012-SO-GRL: 10/02/12, por mayoría, se acordó: Declarar
el Ofi cio Nº 02-2012-GRL-OGAP de fecha 19/01/12, referida
a las observaciones de la Ordenanza Regional Nº 016-2011-
GRL-CR, IMPROCEDENTE. La misma que, con Ofi cio
Nº 091-2012-GRL-SCR, de fecha 20/02/12, se puso en
conocimiento al Presidente del Gobierno Regional de Loreto;
Que, con Ofi cio Nº 143-2012-GRL-P de fecha 08/03/12, el
Presidente del Gobierno Regional de Loreto, en atención
al Ofi cio Nº 177-2012-GRL-ORAJ de fecha 06/03/12, hace
suya las observaciones efectuadas por el Director de la
Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, precisadas en el
Ofi cio Nº 049-2012-GRL-ORA de fecha 19/01/12; Que,
con Acuerdo de Consejo Regional Nº. 037-2012-SO-GRL:
07/03/12, por mayoría, se acordó: Promulgar y Publicar la
Ordenanza Regional Nº 016-2011-GRL-CR, que aprueba
las modifi caciones al Reglamento Interno del Consejo
Regional de Loreto; y, no habiéndose cumplido con la
sus modifi catorias, resulta pertinente su promulgación de la
presente Ordenanza Regional, por parte del Presidente del
Consejo Regional de Loreto.
POR TANTO:
De conformidad con lo establecido con los artículos
16º, 21º inc. o), 37º inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias
concordante con el inc. o) del artículo 15º del Reglamento
de Organización y Funciones del Gobierno Regional de
Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 031-
2008-GRL-CR, de fecha 15 de diciembre de 2008.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ARNALDO MORÍ VELA
Presidente del Consejo Regional de Loreto
771446-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican la Ordenanza Nº 144-2012/MLV
que fija monto por derecho de emisión
mecanizada del impuesto predial y
arbitrios municipales correspondiente
al ejercicio 2012 en el distrito de La
Victoria ACUERDO DE CONCEJO
Nº 624
Lima, 20 de marzo de 2012
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de
marzo de 2012, el Ofi cio Nº 001-090-00006610 de la Jefatura
del Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el
expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº 144-2012/MLV
que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del
impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al
ejercicio 2012 en el Distrito de La Victoria.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas
en materia tributaria expedidas por las municipalidades
distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades
provinciales de su circunscripción para su vigencia y
exigibilidad;
Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº
1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada
el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital de La
Victoria aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación,
remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria con
sus informes y documentos sustentatorios con carácter
de Declaración Jurada y, la citada entidad en uso de sus
competencias y atribuciones emitió el Informe Técnico
Legal N° 004-181-00000477 opinando que procede
la ratifi cación solicitada por cumplir con los requisitos
exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la
Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015
publicada el 30 de junio de 2011, debiéndose efectuar las
publicaciones pertinentes en el Diario Ofi cial El Peruano y
en los portales institucionales;
Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital de La
Victoria prevé percibir, producto de la emisión mecanizada de
los citados arbitrios, cubre el 99.95% de los costos incurridos.
De acuerdo con lo opinado por el Servicio de
Administración Tributaria-SAT y por la Comisión
Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en
el Dictamen Nº63-2012- MML/CMAEO.
ACORDÓ:
Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 144-2012/
MLV que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada
del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al
ejercicio 2012 en el Distrito de La Victoria, dado que cumple
con las disposiciones técnicas y legales establecidas en el
marco legal para su aprobación y vigencia.
Artículo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo
ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de
su publicación; así como del texto íntegro de la Ordenanza
ratifi cada Nº 144-2012/MLV y sus anexos que contienen
los cuadros de estructura de costos y de estimación de
ingresos. La aplicación de la Ordenanza materia de la
presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es
de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la
Municipalidad Distrital de La Victoria.
Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de
publicación, el Servicio de Administración Tributaria-
SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de
conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen
de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y
Organización y el Informe del Servicio de Administración
Tributaria.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Alcaldesa
771631-1
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban Reglamento de Asistencia,
Puntualidad y Permanencia del Personal
Empleado de la Municipalidad Distrital
de Barranco
ORDENANZA Nº 365-MDB
Barranco, 15 de marzo del 2012
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