DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2008-MDB - Prorrogan la aplicación del D.A. N° 002-2008-MDB que aprueba Directiva para establecer la obligación de presentar Declaración Jurada de Información Complementaria para la Determinación de las Tasas de Arbitrios Municipales
Fecha de publicación | 18 Junio 2008 |
Fecha de disposición | 18 Junio 2008 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 18 de junio de 2008
374226
conformidad con el Plano Nº 009-2008-MML-GDU-SPHU;
Que, mediante Informe Nº 210-2008-MML-GDU-SPHU-
AL, de fecha 30 de abril de 2008 (fs. 456 y 457), el Área Legal
de ésta Subgerencia manifi esta, que teniendo en cuenta el
Informe N° 124-2008-MML-GDU-SPHU-DRD, de fecha 24
de abril de 2008 y el Dictamen Favorable de la Comisión
Metropolitana de Habilitaciones Urbanas; corresponde a esta
Subgerencia, en arreglo a sus facultades, emitir Resolución
aprobando el Planeamiento Integral y la Modifi cación de la
Habilitación Urbana, del terreno de 27,950.00 m2, califi cado
con zonifi cación de Zona de Reglamentación Especial
– ZRE, ubicado en Barrios Altos, sobre la margen izquierda
del Río Rímac, entre la línea férrea y la prolongación del Jr.
Amazonas y Jr. Sebastián Lorente, jurisdicción del Cercado
de Lima, provincia y departamento de Lima, enmarcado
dentro de la normatividad del Reglamento de Habilitación
y Construcción Urbana Especial – MI VIVIENDA, de
conformidad con el Plano Nº 007-2008-MML-GDU-SPHU;
recepcionando las obras de la I Etapa, de conformidad
con el Plano Nº 008-2008-MML-GDU-SPHU; disponiendo
la inscripción individualizada de los lotes que conforman
el Conjunto Residencial de Vivienda Unifamiliares, de
conformidad con el Plano Nº 009-2008-MML-GDU-SPHU;
Con el visto bueno de la División de Revisión de
Diseño, el Área Legal y la Asesoría de la Subgerencia de
Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y,
De conformidad con la Ley N° 27972, Ley N° 26878,
Ley N° 27444, Ordenanzas N° 378-MML, Nº 341-MML,
Decreto Supremo Nº 053-98-PCM y sus modifi catorias
Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC y Decreto Supremo
Nº 011-2003-VIVIENDA;
RESUELVE:
ArtÍculo 1º.- APROBAR el Planeamiento Integral
y la Modificación de la Habilitación Urbana, de
conformidad con el Plano Nº 007-2008-MML-GDU-
SPHU, del terreno de 27,950.00 m2, calificado como
Zona de Reglamentación Especial – ZRE, ubicado
en Barrios Altos, sobre la margen izquierda del Río
Rímac, entre la línea férrea y la prolongación del Jr.
Amazonas y Jr. Sebastián Lorente, jurisdicción del
Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima,
enmarcado dentro de la normatividad del Reglamento
de Habilitación y Construcción Urbana Especial – MI
VIVIENDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-98-
PCM y sus modificatorias, aprobadas mediante Decreto
Supremo Nº 030-2002-MTC y Decreto Supremo Nº
011-2003-VIVIENDA.
El Cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente:
CUADRO DE ÁREAS
TOTAL I ETAPA II ETAPA
ÁREA BRUTA 27,950.0000 m² 23,669.5769 m² 4,280.4231 m²
ÁREA ÚTIL 13,663.4561 m² 11,257.8548 m² 2,405.6013 m²
ÁREA DE VÍAS 9,151.1916 m² 7,481.4698 m² 1,669.7218 m²
ÁREA DE
COMPENSACIÓN 205.1000 m² 0.0000 m² 205.1000 m²
Aportes Reglamentarios.- El Decreto Supremo Nº
030-2002-MTC, establece los Aportes Reglamentarios
que deben ceder las habilitaciones y que a continuación
se detalla, conforme a la Zonifi cación de Zona de
Reglamentación Especial – “ZRE”:
Aporte Reglamentario %
Decreto
Supremo
Nº 030-
2002-MTC
Proyecto
Recreación Pública 8 2,236.00 m² 4,930.2523 m²
Ministerio de
Educación 2 559.00 m² 603.7813 m²
Nota: El aporte para el Ministerio de Educación de
603.7813 m², se encuentra ubicado en el Lote Nº 1, de
la Manzana “C”, de la II Etapa de la presente Habilitación
Urbana.
Artículo 2º.- DECLARAR cumplida por el Banco
de Materiales SAC., de conformidad con el Plano
signado con el Nº 008-2008-MML-GDU-SPHU, la
ejecución de las obras de Habilitación Urbana de la I
Etapa, cuya Modifi cación se aprueba en el Artículo 1º;
siendo el Cuadro General de Áreas que se recepciona
el siguiente:
CUADRO DE ÁREAS
TOTAL I ETAPA
ÁREA BRUTA 27,950.0000 m² 23,669.5769 m²
ÁREA ÚTIL 13,663.4561 m² 11,257.8548 m²
ÁREA DE VÍAS 9,151.1916 m² 7,481.4698 m²
ÁREA DE
COMPENSACIÓN 205.1000 m² 0.0000 m²
Artículo 3°.- DISPONER la inscripción individualizada
de los lotes que conforman el Conjunto Residencial de
Vivienda Unifamiliares, de conformidad con el Plano Nº
009-2008-MML-GDU-SPHU.
Artículo 4º.- DISPONER la inscripción del Aporte
Reglamentario para el Ministerio de Educación de
603.7813 m², a favor de dicho Ministerio; así como del
Aporte Reglamentario para Recreación Pública de
4930.2523 m², a favor de la Municipalidad Metropolitana
de Lima.
Artículo 5º.- OFICIAR con la presente Resolución
a EMILIMA S.A., para que uso de sus funciones,
efectúe la inscripción del Aporte Reglamentario para
Recreación Pública, materia de Recepción con la
presente Resolución, a nombre de la Municipalidad
Metropolitana de Lima; conforme lo previsto en la
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Artículo
56º, numeral 7 y al término de la inscripción registral,
cautele su libre disponibilidad; caso contrario, solicite
a la Gerencia de Fiscalización y Control de ésta
Corporación, para que en uso de su competencia inicie
las acciones correspondientes.
Artículo 6º.- NOTIFICAR la presente Resolución al
Banco de Materiales SAC para su conocimiento y fi nes.
Artículo 7º.- OFICIAR con la presente Resolución
a la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la IX Zona
Registral Sede-Lima, al Ministerio de Educación, Instituto
Metropolitano de Planifi cación, División Técnica de la
Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de
Tierras y a la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de
la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación,
para su conocimiento y fi nes pertinentes, acorde a sus
competencias.
Artículo 8º.- DISPONER, la publicación de la presente
Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo del
propietario del predio objeto de Habilitación Urbana, en un
plazo no mayor de treinta (30) días calendarios contados
a partir de la notifi cación de la presente.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SUSANA RAMÍREZ DE LA TORRE
Subgerente
213897-1
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Prorrogan la aplicación del D.A. Nº 002-
2008-MDB que aprueba Directiva para
establecer la obligación de presentar
Declaración Jurada de Información
Complementaria para la Determinación
de las Tasas de Arbitrios Municipales
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 003 -2008-MDB
Barranco, 31 de marzo del 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE BARRANCO
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 29 de febrero del 2008, se publicó en
el Diario Ofi cial El Peruano el Decreto de Alcaldía Nº 002-
2008-MDB, Decreto en el cual se aprueba la Directiva para
Descargado desde www.elperuano.com.pe
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