ORDENANZA Nº 227-MDA - Aprueban Planeamiento Integral del Sector Catastral N° 25 de los módulos viales y el diseño urbano que ordena las áreas de recreación pública

Fecha de publicación02 Diciembre 2009
Fecha de disposición02 Diciembre 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 2 de diciembre de 2009 407175
Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA
Alcalde
429570-2
Aprueban Planeamiento Integral del
Sector Catastral Nº 25 de los módulos
viales y el diseño urbano que ordena
las áreas de recreación pública
ORDENANZA N° 227-MDA
Ate, 18 de noviembre de 2009
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del distrito de Ate, en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 18 de noviembre de 2009,
visto el Dictamen N° 036-2009-MDA/CDUyOP de la
Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo
194° (modif‌i cado por la Ley N° 27680), establece que las
Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
establece en su artículo N° 79° inciso 3) numeral 3.6; que
las Municipalidades Distritales en materia de organización
del espacio físico y uso del suelo, ejercen función específ‌i ca
exclusiva a f‌i n de normar, regular y otorgar autorizaciones,
derechos y licencias, y realizar la f‌i scalización de Habilitaciones
Urbanas; construcción, remodelación o demolición de
inmuebles y declaratoria de fábrica de acuerdo a los planes y
normas sobre la materia (acápite 3.6.1 y 3.6.2 del numeral 3.6
del inciso 3, del artículo 79º de la Ley Nº 27972);
Que, el Reglamento Nacional de Edif‌i caciones, Título II,
Capítulo V, artículos 37º al 42º establece que el Planeamiento
Integral comprende la def‌i nición de vías y los usos de la
totalidad del predio, así como la propuesta de integración a
la trama urbana más cercana en función de los lineamientos
establecidos en el Plan de Desarrollo Urbano correspondiente.
El Planeamiento Integral aprobado tendrá una vigencia de
10 años. Las modif‌i caciones al Plan de Desarrollo Urbano
deberán tomar en cuenta los planeamientos integrales
vigentes y una vez aprobado tendrá carácter obligatorio
para las habilitaciones futuras, debiendo ser inscrito
obligatoriamente en Registros Públicos. Asimismo, la norma
GH 20 Capítulo I y II aprueba los componentes de diseño
urbano y diseño de vías condicionados por los criterios de
diseño establecidos en la norma A 120 de accesibilidad para
personas discapacitadas;
Que, la Ordenanza Metropolitana Nº 341-MML de fecha
06 de diciembre del 2001, aprueba la actualización del
Sistema Vial Metropolitano de Lima, indica que el sector
materia de planif‌i cación se encuentra limitado por las vías
metropolitanas: La Carretera Central clasif‌i cada como vía
arterial con 45.00 ml; Av. Nicolás de Pierola (Peri Urbana)
clasif‌i cada como semi – expresa con 30.00 ml; Av. Miguel
Grau y Av. Alfonso Ugarte calif‌i cadas como vías colectoras
con 15.00 ml respectivamente, la Av. San Martín calif‌i cada
como vía colectora con 14.00 – 16.00 ml y la Av. La Estrella
calif‌i cada como colectora con 20.00 ml;
Que, en la jurisdicción del distrito de Ate, se tiene por
objetivo atender las necesidades de las ocupaciones
informales tomando conocimiento de la realidad y
reconocimiento del espacio físico del sector, poniendo a
disposición un instrumento de gestión de ordenamiento del
territorio mediante Planeamientos Integrales por sectores,
motivo por el cual se intervienen en terrenos que forman el
Sector Catastral Nº 25, cuya f‌i nalidad es el acondicionamiento
progresivo en donde se han detectado terrenos rústicos, así
como ocupaciones y construcciones irregulares, debido
al crecimiento desordenado de la población, lo cual viene
provocando una dinámica urbana inadecuada, por lo que
se hace necesario dictar las normas urbanísticas dentro
del Planeamiento Integral del sector, que permita adoptar
la estrategia a f‌i n de insertar los sectores normativos
dentro del marco territorial existente determinando una
estructura básica, promoviendo las gestiones de desarrollo
y la promoción de la inversión, así como las directrices
normativas que permitan implementar las políticas urbanas
y las acciones municipales para elevar las condiciones de
calidad de vida de los habitantes del sector;
Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano, es la
encargada de ejecutar el Planeamiento Integral, en
atención al requerimiento de las necesidades urbanas de
la zona y a pedido de los interesados que conforman el
Sector Catastral Nº 25, por lo que se requiere mediante la
presente Ordenanza la def‌i nición de módulos viales locales,
adecuándola a la realidad física existente;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica
de Municipalidades N° 27972 y el Decreto Supremo N° 011-
2006-VIVIENDA que aprobó el Reglamento Nacional de
Edif‌i caciones;
Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de
las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo de la
Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, contando con
el voto por unanimidad de los señores Regidores asistentes
a la sesión de Concejo de la fecha y con la dispensa del
trámite de lectura y aprobación de actas se ha dado la
siguiente:
ORDENANZA APROBATORIA DEL PLANEAMIENTO
INTEGRAL DEL SECTOR CATASTRAL Nº 25 DE LOS
MÓDULOS VIALES Y EL DISEÑO URBANO QUE
ORDENA LAS ÁREAS DE RECREACIÓN PÚBLICA
(DEL SECTOR CATASTRAL 25)
Artículo Primero.- APROBAR el Planeamiento
Integral del Sector Catastral Nº 25, que comprende el
diseño de las redes y sus componentes viales, en base
a las actividades que se desarrollan en la zona, las que
deberán de garantizar su óptimo funcionamiento mediante
una adecuada infraestructura que facilitará la realización
correcta de dichas actividades, conforme al plano signado
con Nº 009-2009-PI-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que es
parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- ESTABLECER que el Planeamiento
Integral def‌i ne los módulos de los componentes viales y las
secciones transversales de las calzadas, veredas y bermas
de estacionamiento, así como el Diseño Urbano para las
futuras edif‌i caciones sobre áreas con f‌i nes de Recreación
Pública, correspondiéndole las normas para el diseño de vías
locales en Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacional
de Edif‌i caciones en la Norma A 120 de Accesibilidad para
personas con discapacidad y la Norma GH 020 del Título II
– Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del
Diseño Urbano y el Diseño de Vías (Capítulo I y II).
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal,
para que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano
se cumpla con la inscripción del presente Planeamiento
Integral en la Superintendencia Nacional de Registros
Públicos y en coordinación con la Gerencia de Servicios
Sociales y la Secretaría de Imagen Institucional, se difunda
la presente Ordenanza y el plano que forma parte de ella.
Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza
a los interesados, a la Sub Gerencia de Planif‌i cación
Urbana y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano y la
Sub Gerencia de Fiscalización Municipal de la Gerencia de
Seguridad y Fiscalización para su conocimiento y f‌i nes.
Artículo Quinto.- ESTABLECER que el presente diseño
de las redes viales y sus usos respecto al diseño urbano de
las Áreas de Recreación Pública, que se desarrolla en el
Planeamiento Integral del Sector Catastral Nº 25, tendrá una
vigencia de 10 años, debiendo de tomarse en cuenta que
los planeamientos integrales vigentes, una vez aprobados
tendrán carácter obligatorio debiendo de inscribirse en los
Registros Públicos.
Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA
Alcalde
429570-3
Descargado desde www.elperuano.com.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR