RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2174-2011-MTC/15 - Rectifican error material contenido en la R.D. N° 2016-2011-MTC/15 que autorizó a Hiper Fast S.A.C. para funcionar como Centro de Revisión Periódica de Cilindros

Fecha de disposición08 Julio 2011
Fecha de publicación08 Julio 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 8 de julio de 2011 446045
Características del simulador de manejo
Marca: LOGITECH
Modelo: G-27
Nº de Serie: 941-000045
Nº de Factura: 000185
Software: Logitech prof‌i ler versión 5.05
Viene con 6 botones de control programable,
tacómetro digital F1 en el timón, pedal del acelerador para
maniobras reales de punta y taco, pedales deslizables
horizontalmente, palanca de cambios, timón con nuevo
sistema de engranajes helicoidal, y palanca de cambios
del timón.
Uso: Clase A categoría I.
Asimismo, impartirán los cursos de capacitación los
instructores autorizados en la mencionada Resolución y
que se detalla a continuación:
Cargo de Instrucción Docente a cargo
Instructores Teóricos de
Tránsito
• Marcos Agurto Cardoza
• Luis Enrique Martel Garibay
• Freddy Edgardo Trejo Calixto
• Maria Adela Caballero Ramirez
Instructor Práctico de Manejo Ricardo Macedonio Mosqueira
Cervantes
Instructor Teórico – Práctico
de Mecánica • Carlos Alberto Estrada Yndigoyen
Instructora Teórica- Práctica
en Primeros Auxilios • Juana Isidora Pichihua Huamaní.
Psicóloga • Yamily Gómez Delgado.
Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de
Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancías
- Sutran, copia de la presente Resolución Directoral para
las acciones de control conforme a su competencia.
Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de
Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente
Resolución Directoral.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral
surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación,
siendo de cargo de la ESCUELA DE CONDUCTORES
PROFESIONALES PERUVIAL S.A.C., los gastos que
origine su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO HUMBERTO SOTO ARDILES
Director General
Dirección General de Transporte Terrestre
661212-1
Rectifican error material contenido
en la R.D. Nº 2016-2011-MTC/15
que autorizó a Hiper Fast S.A.C. para
funcionar como Centro de Revisión
Periódica de Cilindros
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 2174-2011-MTC/15
Lima, 15 de junio de 2011
VISTO:
La Resolución Directoral Nº 2016-2011-MTC/15, de
fecha 2 de junio de 2011; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Directoral Nº 2016-
2011-MTC/15, de fecha 02 de Junio de 2011, se otorgó
autorización a la empresa denominada HIPER FAST
S.A.C., para funcionar como Centro de Revisión Periódica
de Cilindros, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº
004-2010-MTC/15 aprobada por Resolución Directoral Nº
2268-2010-MTC/15, en adelante La Directiva;
Que, de la revisión de la Resolución Directoral Nº
2016-2011-MTC/15, de fecha 02 de junio de 2011, y
de los documentos presentados se advierte que existe
error material por omisión al no señalar los numerales
5.5.1.3 y 5.5.1.5 de La Directiva conforme se detalla a
continuación:
a) La obligación del Centro de Revisión Periódica de
Cilindros – CRPC de aplicar los dispositivos mencionados
en el marco jurídico y de sujetar su actuación a la presente
directiva.
b) La obligación de presentar el Certif‌i cado de
Inspección Anual a que se hace referencia en el numeral
5.7.21 de la presente directiva.
Que, el numeral 201.1 del Artículo 201º de la Ley
del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº
27444, establece que los errores material o aritmético
en los actos administrativos pueden ser rectif‌i cados
con efecto retroactivo, en cualquier momento, de of‌i cio
o a instancia de los administrados, siempre que no se
altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la
decisión;
Que, con el Informe Nº 273 -2011-MTC/15.03.CPRC.
heag, de fecha 15 de junio del 2011, elaborado por el
abogado informante de la Dirección de Circulación y
Seguridad Vial, se concluye que resulta procedente
rectif‌i car el error material encontrado en la Resolución
Directoral Nº 2016-2011-MTC/15, de fecha 02 de Junio
de 2011;
Que, de conformidad a lo dispuesto en Directiva Nº
004-2010-MTC/15 aprobada por Resolución Directoral
Nº 2268-2010-MTC/15; la Ley Nº 27444 - Ley del
Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370
- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Rectif‌i car el error material
contenido en la Resolución Directoral Nº 2016-2011-
MTC/15, de fecha 02 de Junio de 2011 respecto a la
omisión de consignar lo señalado en los numerales 5.5.1.3
y 5.5.1.5 de La Directiva, en la mencionada Resolución;
en consecuencia, se debe incorporar los Artículos 9º y
10º a la misma, los cuales quedarán redactados de la
siguiente manera:
Artículo 9º.- El Centro de Revisión Periódica de
Cilindros – CRPC autorizado, se encuentra obligado a
aplicar los dispositivos mencionados en el marco jurídico
y de sujetar su actuación a la Directiva Nº 004-2010-
MTC/15 aprobada por Resolución Directoral Nº 2268-
2010-MTC/15.
Artículo 10º.- El Centro de Revisión Periódica de
Cilindros – CRPC autorizado, se encuentra obligado a
presentar el Certif‌i cado de Inspección Anual a que se
hace referencia en el numeral 5.7.21 de la Directiva Nº
004-2010-MTC/15 aprobada por Resolución Directoral Nº
2268-2010-MTC/15.
Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia
de Transporte Terrestre de Personas, Carga y
Mercancía – SUTRAN, copia de la presente Resolución
Directoral para las acciones de control conforme a su
competencia.
Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de
Circulación y Seguridad Vial la ejecución de la presente
resolución.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral
surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación,
siendo de cargo de la empresa autorizada, los gastos que
origine su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO HUMBERTO SOTO ARDILES
Director General
Dirección General de Transporte Terrestre
661206-2

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