1066 055-2006-EF/94.11 - Modifican el Manual para el Cumplimiento de los Requisitos Aplicables a las Ofertas Públicas de Valores Mobiliarios

Fecha de publicación05 Junio 2006
Fecha de disposición05 Junio 2006
NORMAS LEGALES
Año XXIII / Nº 9488 www.elperuano.com.pe Pág. 320239
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AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEMOCRÁTICA
lunes 5
de junio de 2006 FUNDADO
EN 1825 POR EL
LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Sumario
PODER EJECUTIVO
P C M
R.M. Nº 223-2006-PCM.- Autorizan a procuradora iniciar
acciones judiciales por perjuicio económico ocasionado al
INDECI en la construcción de muro en la Quebrada San
Juan de la Virgen - Tumbes 320240
ENERGÍA Y MINAS
R.M. Nº 256-2006-MEM/DM.- Aprueban lista de bienes y
servicios cuya adquisición otorgará derecho a devolución
definitiva del IGV, IPM u otros impuestos que pague o se
le traslade a empresa con contrato de licencia en el Lote
102 320240
RELACIONES EXTERIORES
D.S. Nº 028-2006-RE.- Ratifican el "Convenio sobre
Traslado de Personas Condenadas entre la República del
Perú y la República de El Salvador" 320244
RR.SS. Nºs. 191 y 192-2006-RE.- Nombran a Embajador
Extraor-dinario y Plenipotenciario del Perú en Austria
para que se desempeñe como Embajador Concurrente
ante la República Eslovaca y la República de Eslovenia
320246
R.S. Nº 193-2006-RE.- Delegan facultades al Director
Ejecutivo de la APCI para suscribir Acuerdo relativo al
Programa "Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa
(APOMIPE)" 320247
R.S. Nº 194-2006-RE.- Delegan facultades al Director
Ejecutivo de la APCI para suscribir Acuerdo relativo al
Apoyo al Programa Quinquenal 2006 - 2010 de la
Defensoría del Pueblo a través de la Canasta de Fondos "La
Promoción de la Equidad e Inclusión para la realización de
los Derechos Humanos" 320247
R.S. Nº 195-2006-RE.- Delegan facultades al Director
Ejecutivo de la APCI para suscribir Acuerdo relativo al
Proyecto "Programa de Cooperación Comercial (PCC)"
320248
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.M. Nº 439-2006-MTC/02.- Exoneran de proceso de
selección la contratación del servicio de supervisión de la
obra "Rehabilitación de la Carretera Tarapoto - Juanjuí"
320248
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
ANR - CONAFU
Res. Nº 113-2006-CONAFU.- Autorizan funcionamiento
de la Filial Universitaria en la ciudad de La Merced de la
Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión 320252
Res. Nº 123-2006-CONAFU.- Aceptan renuncia y encargan
la Presidencia de la Comisión Organizadora de la
Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios
320253
Res. Nº 125-2006-CONAFU.- Admiten a trámite el Proyecto
de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad
Privada del Sur 320254
Res. Nº 126-2006-CONAFU.- Admiten a trámite el Proyecto
de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad
Alfred Nobel 320255
CONTRALORÍA GENERAL
Res. Nº 163-2006-CG.- Precisan declaratorias de desierto
de Concurso Público de Méritos Nº 02-2006-CG para la
Designación de Auditorías Externas 320256
Res. Nº 164-2006-CG.- Autorizan a procurador iniciar
acciones legales contra presuntos responsables de la
comisión de delitos de peculado y otros en agravio de la
Universidad Nacional del Altiplano - Puno 320256
Res. Nº 168-2006-CG.- Designan Jefe del Órgano de
Control Institucional de la Municipalidad Provincial de
San Martín - Tarapoto 320257
Res. Nº 169-2006-CG.- Formalizan separación definitiva
de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Universidad
Nacional Micaela Bastidas de Apurímac 320258
Res. Nº 170-2006-CG.- Dan por concluida designación de
Jefe del Órgano de Control Institucional del Hospital de Huacho
Huaura-Oyón y Servicios Básicos de Salud 320258
J N E
RR. Nºs. 1091, 1108, 1109, 1110, 1111, 1112, 1113,
1115, 1117 y 1118-2006-JNE.- Declaran fundadas,
fundadas en parte e infundadas apelaciones interpuestas
contra resoluciones expedidas por los Jurados Electorales
Especiales de Sullana, Andahuaylas, Lima Sur y Lima Centro
320259
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL
RR.JJ. Nºs 399, 403 y 409-2006-JEF/RENIEC.- Autori-
zan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos
responsables de la comisión de delitos contra la familia y la
fe pública 320267
S B S
Res. SBS Nº 699-2006.- Autorizan a EDPYMES Proempresa
S.A. la apertura de agencia en la Provincia Constitucional
del Callao 320269
Res. SBS Nº 707-2006.- Autorizan a la EDPYME Edyficar
acceder al uso de locales compartidos con el Banco de la
Nación en locales ubicados en las provincias de Piura,
Cajamarca y Lambayeque 320270
Res. SBS Nº 714-2006.- Dan por concluido proceso
liquidatorio de la Mutual de Vivienda Panamericana en
Liquidación 320270
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320240 El Peruano
lunes 5 de junio de 2006
PODER EJECUTIVO
P C M
Autorizan a procuradora iniciar
acciones judiciales por perjuicio
económico ocasionado al INDECI en la
construcción de muro en la Quebrada
San Juan de la Virgen - Tumbes
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 223-2006-PCM
Lima, 1 de junio de 2006
Visto el Oficio Nº 2978-2006-INDECI/1.0, del Jefe del
Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI;
CONSIDERANDO:
Que, el Informe Especial Nº 006-2006-2-3376 -
Perjuicio Económico Detectado en la Obra Nº 073-97
Construcción de Muro en la Quebrada San Juan de la
Virgen - Tumbes en detrimento del Instituto Nacional de
Defensa Civil - INDECI”, del Órgano de Control
Institucional del INDECI, precisa que se ha determinado
el inicio de las acciones judiciales correspondientes
contra las personas identificadas como partícipes de los
hechos del citado informe, por la presunta responsabilidad
generada por culpa inexcusable, la que ha generado la
indemnización del daño por el perjuicio ocasionado, de
conformidad con los artículos 1319º, 1321º y 1969º del
Que, estando a lo dispuesto por el inciso f) del artículo
15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República, es atribución del Sistema emitir, como
resultado de las acciones de control efectuadas, los
informes respectivos con el debido sustento técnico y
legal, constituyen prueba preconstituida para el inicio de
acciones administrativas y/o legales que sean
recomendadas en dichos Informes;
Que, el numeral 6.2 del artículo 6º de la Ley
Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, prevé que puede motivarse un acto
administrativo mediante la declaración de conformidad
con los fundamentos y conclusiones de anteriores
dictámenes, decisiones o informes obrantes en el
expediente, a condición que se les identifique de modo
certero, y que por esta situación constituyan parte
integrante del respectivo acto;
Que, en tal sentido, resulta pertinente autorizar a la
Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales
de la Presidencia del Consejo de Ministros para que
interponga las acciones judiciales correspondientes;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17357, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial
del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Ley
Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control
y de la Contraloría General de la República, la Ley
el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto
Nacional de Defensa Civil - INDECI, aprobado por
Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y el Reglamento de
Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo
de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 094-
2005-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a
cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del
Consejo de Ministros para que, en representación y
defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las
acciones judiciales correspondientes contra los
partícipes de los hechos, de conformidad con el Informe
Especial Nº 006-2006-2-3376 - Perjuicio Económico
Detectado en la Obra Nº 073-97 Construcción de Muro
en la Quebrada San Juan de la Virgen - Tumbes en
detrimento del Instituto Nacional de Defensa Civil -
INDECI”, que constituye parte integrante de la presente
Resolución Ministerial.
Artículo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador
Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia
del Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae
la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.
Presidente del Consejo de Ministros
09934
ENERGÍA Y MINAS
Aprueban lista de bienes y servicios
cuya adquisición otorgará derecho a
devolución definitiva del IGV, IPM u
otros impuestos que pague o se le
traslade a empresa con contrato de
licencia en el Lote 102
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 256-2006-MEM/DM
Lima, 29 de mayo de 2006
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV
Res. Nº 055-2006-EF/94.11.- Modifican el Manual para
el Cumplimiento de los Requisitos Aplicables a las Ofertas
Públicas de Valores Mobiliarios 320271
OSITRAN
Res. Nº 003-2006-PD-OSITRAN.- Autorizan viaje de
funcionarios a Chile para participar en reuniones sobre
temas de infraestructura de terminales aeroportuarios
320292
Res. Nº 030-2006-PD-OSITRAN.- Precisan plazos
administrativos aplicables a los procedimientos relativos a
la actividad supervisora y reguladora de los órganos
funcionales de OSITRAN 320293
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
MIRAFLORES
D.A. Nº 21.- Prorrogan plazo para la entrada en vigencia
de Ordenanza Nº 225 que regula otorgamiento de
licencias de apertura de establecimientos en el distrito
320294
NORMAS LEGALES
El Peruano
lunes 5 de junio de 2006 320241
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VISTO el expediente N° 1590585, con sus anexos
Nº 1594287 y Nº 1602895, formado por la empresa
Ramshorn International Limited, Sucursal del Perú, sobre
la aprobación de la lista de bienes y servicios cuya
adquisición le otorgará el derecho a la devolución
definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto
de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al
consumo, en su calidad de Contratista del Contrato de
Licencia para la Exploración y Explotación de
Hidrocarburos en el Lote 102; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27624 se estableció el derecho
de las empresas que suscriban contratos o convenios a
los que se hace referencia en los artículos 6° y 10° del
Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de
Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 042-2005-EM, a la devolución definitiva del Impuesto
General a las Ventas, del Impuesto de Promoción
Municipal y cualquier otro impuesto al consumo que les
sea trasladado o que paguen, correspondiente a todas
las importaciones o adquisiciones de bienes, prestación
o utilización de servicios y contratos de construcción,
directamente vinculados a la exploración, durante la fase
de exploración de los Contratos y la ejecución de los
Convenios de Evaluación Técnica;
Que, el literal c) del artículo 6° del Reglamento de la
Ley Nº 27624, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 083-2002-EF, dispone que los bienes y servicios que
otorgarán el derecho a la devolución definitiva del
Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción
Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo
deberán estar comprendidos en la lista que se apruebe
por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y
Minas;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2004-EF,
publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de mayo de
2004, ha sido aprobada la lista general de los bienes y
servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la
devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas,
Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro
impuesto al consumo a los titulares de las actividades de
exploración de hidrocarburos, de acuerdo a lo establecido
en la Ley N° 27624 y su Reglamento;
Que, mediante expediente Nº 1590585, de fecha 15
de febrero de 2006, la empresa Ramshorn International
Limited, Sucursal del Perú, en su calidad de Contratista
del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación
de Hidrocarburos en el Lote 102, suscrito el 13 de
diciembre de 2005, ha solicitado al Ministerio de Energía
y Minas la aprobación de la lista de los bienes y servicios
cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución
definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto
de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al
consumo a su favor;
Que, a la suscripción del referido Contrato ya se
encontraba vigente la Ley Nº 27624, modificada por la
Ley N° 27662, por lo que el beneficio solicitado por la
referida empresa será a partir de la fecha de inicio del
primer período de la fase de exploración de dicho
Contrato, es decir a partir del 10 de febrero de 2006, de
acuerdo a lo informado por Perupetro S.A., mediante
Carta GGRL-CONT-438-2006, de fecha 7 de marzo de
2006;
Que, el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante
Oficio Nº 095-2006-EF/15, de fecha 21 de abril de 2006,
ha emitido opinión favorable a la lista de bienes y servicios
cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del
Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción
Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a
favor de la empresa Ramshorn International Limited,
Sucursal del Perú, en su calidad de Contratista del
Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación
de Hidrocarburos en el Lote 102;
Con la opinión favorable del Viceministro de Energía
y de la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio
de Energía y Minas;
De conformidad con lo dispuesto por las Leyes
Nº 27624 y Nº 27662 y el literal c) del artículo 6° del
Reglamento de la Ley Nº 27624, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 083-2002-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios
cuya adquisición otorgará derecho a la devolución
definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto
de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al
consumo que le sea trasladado o que pague la empresa
Ramshorn International Limited, Sucursal del Perú, en
su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para
la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote
102, a partir de la fecha de inicio del primer período de la
fase de exploración del mismo, de acuerdo al Anexo
adjunto a la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA
Ministro de Energía y Minas
ANEXO ÚNICO
I. LISTA DE BIENES
SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN
NACIONAL
1404 10 90 00 LAS DEMÁS MATERIAS PRIMAS VEGETALES DE LAS UTILIZADAS
PRINCIPALMENTE PARA TEÑIR O CURTIR
2501 00 12 00 CLORURO DE SODIO CON PUREZA SUPERIOR O IGUAL AL 99.5%,
INCLUSO EN DISOLUCIÓN ACUOSA
2504 10 00 00 GRAFITO NATURAL EN POLVO O EN ESCAMAS
2505 10 00 00 ARENAS SILICEAS Y ARENAS CUARZOSAS
2505 90 00 00 LAS DEMÁS ARENAS NATURALES DE CUALQUIER CLASE, EXCEPTO
LAS ARENAS METALÍFERAS DEL CAPITULO 26
2508 10 00 00 BENTONITA
2508 40 00 00 LAS DEMÁS ARCILLAS; EXCEPTO LAS ARCILLAS DILATADAS DE LA
PARTIDA 68.06
2511 10 00 00 SULFATO DE BARIO NATURAL (BARITINA)
2522 10 00 00 CAL VIVA
2522 20 00 00 CAL APAGADA
2523 29 00 00 CEMENTO PÓRTLAND, EXCEPTO CEMENTO BLANCO O
COLOREADO ARTIFICIALMENTE
2523 30 00 00 CEMENTOS ALUMINOSOS
2523 90 00 00 LOS DEMÁS CEMENTOS HIDRÁULICOS
2524 00 90 00 LOS DEMÁS AMIANTO (ASBESTO), EXCEPTO EN FIBRAS
2525 10 00 00 MICA EN BRUTO O EXFOLIADA EN HOJAS O EN LAMINILLAS
IRREGULARES ("SPLITTINGS")
2525 20 00 00 MICA EN POLVO
2525 30 00 00 DESPERDICIOS DE MICA
2710 11 11 00 GASOLINAS SIN TETRAETILO DE PLOMO: PARA MOTORES DE
AVIACIÓN
2710 11 95 00 LOS DEMÁS ACEITES LIVIANOS Y PREPARACIONES: MEZCLAS DE
N-OLEFINAS
2710 19 11 20 CARBUROREACTORES TIPO QUEROSENO PARA REACTORES Y
TURBINAS (TURBO A 1) DESTINADOS A EMPRESAS DE AVIACIÓN
2710 19 13 00 LOS DEMÁS ACEITES MEDIOS Y PREPARACIONES: MEZCLAS DE N-
OLEFINAS
2710 19 21 10 DIESEL 2
2710 19 22 90 LAS DEMÁS ACEITES PESADOS: LOS DEMÁS FUELOILS ( FUEL )
2710 19 32 00 LAS DEMÁS PREPARACIONES A BASE DE ACEITES PESADOS:
MEZCLAS DE N-OLEFINAS
2710 19 34 00 LAS DEMÁS PREPARACIONES A BASE DE ACEITES PESADOS: GRASAS
LUBRICANTES
2710 19 36 00 LAS DEMÁS PREPARACIONES A BASE DE ACEITES PESADOS:
ACEITES PARA TRANSMISIONES HIDRÁULICAS
2710 19 38 00 LAS DEMÁS PREPARACIONES A BASE DE ACEITES PESADOS: OTROS
ACEITES LUBRICANTES
2711 12 00 00 GAS PROPANO, LICUADO
2804 40 00 00 OXIGENO
2806 10 00 00 CLORURO DE HIDROGENO (ÁCIDO CLORHIDRICO)
2811 29 90 00 LOS DEMÁS: DEMÁS COMPUESTOS OXIGENADOS INORGÁNICOS
DE LOS ELEMENTOS NO METÁLICOS

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