RESOLUCION MINISTERIAL Nº 431-2008-MIMDES - Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de mantenimiento de ascensores en inmueble del MIMDES

Fecha de publicación03 Octubre 2008
Fecha de disposición03 Octubre 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 3 de octubre de 2008 380825
Delincuencia Organizada Transnacional y de sus
Protocolos Complementarios y que considerará los
temas de la Comisión de Naciones Unidas en materia de
prevención del delito y la justicia penal, a los siguientes
Of‌i ciales de la Policía Nacional del Perú:
1. Jefe de División de Investigación de Trata de
Personas de la Dirección de Investigación Criminal y
Apoyo a la Justicia de la Policía Nacional del Perú de
la Policía Nacional del Perú (DIRINCRI-PNP), como
representante titular.
2. Of‌i cial Superior del Cuerpo Jurídico de la Of‌i cina
de Asesoría Jurídica de la Dirección de Investigación
Criminal y Apoyo a la Justicia de la Policía Nacional del
Perú de la Policía Nacional del Perú (DIRINCRI- PNP),
como representante alterno.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALVA CASTRO
Ministro del Interior
260138-1
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Exoneran de proceso de selección
la contratación del servicio de
mantenimiento de ascensores en
inmueble del MIMDES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 431-2008-MIMDES
Lima, 30 setiembre de 2008
VISTOS:
El Informe Nº 338-2008-MIMDES/OGA-OL emitido por
la Of‌i cina de Logística, el Of‌i cio Nº 1440-2008-MIMDES/
OGA emitido por la Of‌i cina General de Administración,
y el Informe Nº 377-2008-MIMDES-OGAJ emitido por la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el edif‌i cio del MIMDES Nivel Central cuenta con
ocho (08) ascensores marca Schindler, los mismos que
tienen una antigüedad y uso de más de treinta (30) años;
Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº
003-2008-MIMDES/SG de fecha 18 de enero de 2008, se
aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones
de la Unidad Ejecutora Nº 001 Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social para el Ejercicio Fiscal 2008, el cual
incluye el servicio de mantenimiento de ascensores
signado con el número de referencia 383 por un monto
ascendente a S/. 138,000.00 Nuevos Soles;
Que, mediante Pedido de Servicio Nº 04074 de fecha
08 de setiembre de 2008, Servicios Generales de la
Of‌i cina de Logística solicita la contratación del servicio de
mantenimiento preventivo y correctivo por el período de
12 meses a los ascensores del MIMDES conforme a los
términos de referencia que se adjuntan, siendo siete (07)
el número de ascensores a ser objeto del referido servicio,
toda vez que el ascensor Nº 06 se encuentra inoperativo;
Que la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A. es
la única compañía en el Perú que posee la representación
de la marca Schindler, en todo lo relacionado a la
distribución, instalación, mantenimiento y reparaciones de
ascensores y escaleras mecánicas, trabajos que efectúa
con su propio personal especializado, con repuestos
legítimos y esquemas electrónicos y mecánicos,
conforme se verif‌i ca del Certif‌i cado de Exclusividad 2008
presentado, de fecha febrero de 2008;
Que, la necesidad de la Entidad para el mantenimiento
de los ascensores no puede ser satisfecha por otros
proveedores, teniendo en cuenta que del Informe Nº 338-
2008-MIMDES/OGA-OL, de la Of‌i cina de Logística, se
desprende que la empresa Ascensores Schindler del Perú
S.A. es una empresa que ofrece un servicio con personal
especializado, con acreditación de su representación
exclusiva en el país para vender repuestos legítimos;
sosteniendo que dichos servicios, repuestos originales y
componentes propios de la marca no admiten sustitutos;
recomendando la exoneración del correspondiente
proceso de selección para la contratación del servicio de
mantenimiento de los ascensores por la causal prevista
en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM;
Que, el citado literal exonera de los procesos de
selección, las adquisiciones y contrataciones que se
realicen cuando los bienes o servicios no admiten
sustitutos y exista proveedor único; contrataciones que
en virtud de lo dispuesto en el artículo 20º de la Ley se
realizarán mediante acciones inmediatas, debiendo ser
aprobados en el caso del MIMDES, mediante Resolución
de la Titular del Pliego de la Entidad;
Que, asimismo, el artículo 144º del Reglamento de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,
establece que en los casos que no existan bienes o
servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria
y siempre que exista un solo proveedor en el mercado
nacional, la Entidad podrá contratar directamente los
mismos; asimismo se considerará que existe proveedor
único en los casos que por razones técnicas se haya
establecido la exclusividad del proveedor;
Que, por lo expuesto, sobre la base de lo señalado en
el Informe Nº 338-2008-MIMDES/OGA-OL, de fecha 11
de setiembre de 2008, se requiere contratar directamente
el servicio de mantenimiento de ascensores cuyo plazo de
ejecución será de doce (12) meses, por un valor referencial
de S/. 119,285.76 (Ciento diecinueve mil doscientos
ochenta y cinco con 76/100 Nuevos Soles) incluido el IGV,
con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos
Ordinarios, Grupo Genérico de Gasto 3: Bienes y Servicios
y Específ‌i ca de Gasto 39: Otros Servicios de Terceros,
los cuales serán asumidos por la meta presupuestal 0015
Servicios Operativos - Nivel Central;
Que, mediante Memorándum Nº 1448-2008-
MIMDES/OGPP-OPPI, de fecha 28 de agosto de 2008,
y Memorando Nº 1498-2008-MIMDES/OGPP-OPPI, de
fecha 12 de setiembre de 2008, ratif‌i cados mediante
Memorando Nº 495-2008-MIMDES-OGPP de fecha 16
de setiembre de 2008 se otorga la certif‌i cación de crédito
presupuestal correspondiente;
Con las visaciones de la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica, la Of‌i cina General de Planif‌i cación y Presupuesto,
la Of‌i cina General de Administración y la Of‌i cina de
Logística;
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 y
20 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo
Nº 083-2004-PCM, y los artículos 144, 146, 147 y 148 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-
PCM, y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE
aprobada por Resolución Nº 009-2001-CONSUCODE/
PRE del 3 de julio de 2001; lo establecido en la Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social; su Reglamento de Organización y
Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-
MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar la contratación del “Servicio
de mantenimiento de ascensores”, como un servicio
que no admite sustituto y que existe proveedor único, de
conformidad al literal e) del artículo 19º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-
PCM.
Artículo 2º.- Exonerar del proceso de selección
correspondiente para la contratación del “Servicio de
mantenimiento de ascensores”, por un monto de S/.
119,285.76 (Ciento diecinueve mil doscientos ochenta y
cinco con 76/100 Nuevos Soles) incluido el IGV, por el
período de doce (12) meses, con cargo a la Fuente de
Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, Grupo Genérico
de Gasto 3: Bienes y Servicios y Específ‌i ca de Gasto 39:
Otros Servicios de Terceros, los cuales serán asumidos

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR