130 017-2006-REGISTRADORLIMANORTE-OROP/JNE - Inscriben a la Organización Política Local Distrital "Lucho por el Rímac" en el Registro Especial de la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas

Fecha de publicación25 Agosto 2006
Fecha de disposición25 Agosto 2006
NORMAS LEGALES
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326862 El Peruano
viernes 25 de agosto de 2006
representante legal y apoderado, Estatuto, Ideario, que
contiene principios, objetivos y visión del distrito;
Que, con fecha 11 de agosto de 2006 se publicó en el
Diario Oficial El Peruano, la síntesis de la solicitud de
inscripción a efectos de que cualquier persona natural o
jurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la
inscripción de la organización política solicitante, habiendo
quedado en esta Oficina de Registro toda la
documentación correspondiente a la misma;
Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo
10º de la Ley Nº 28094 sin que dentro de tal lapso de
tiempo se haya presentado tacha alguna contra la
solicitud de inscripción en el local del Jurado Electoral
Especial de Lima Este;
Que, las organizaciones políticas se constituyen por
iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego de
cumplido los requisitos establecidos en la ley, se inscriben
en el Registro de Organizaciones Políticas;
Estando a las consideraciones expuestas y de
conformidad con las funciones conferidas por Ley a la
Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del
Jurado Nacional de Elecciones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Especial
que conduce la Oficina de Registro de Organizaciones
Políticas a la Organización Política Local Distrital
"Armando el Progreso" del distrito de Lurigancho,
provincia de Lima, departamento de Lima.
Artículo Segundo.- Abrir la partida registral
correspondiente en el libro especial de Organizaciones
Políticas Locales correspondiente al tomo número seis,
partida número treinta y cuatro y disponer la inscripción
en el asiento número uno.
Artículo Tercero.- Téngase acreditados como
personero legal titular y personero legal alterna a Oscar
Ernesto Ráez Bernuy y a Andrés Abraham Lobatón
Palomarez, respectivamente.
Regístrese y notifíquese.
EDDA CECILIA SÁNCHEZ PACHAS ARANDA
Registradora de la Oficina de Registro de
Organizaciones Políticas del Jurado Nacional
de Elecciones en Lima Este
01400-1
Inscriben a la Organización Política
Local Distrital "Lucho por el Rímac"
en el Registro Especial de la Oficina
de Registro de Organizaciones Políticas
RESOLUCIÓN
Nº 017-2006-REGISTRADORLIMANORTE-
OROP/JNE
Los Olivos, 19 de agosto del 2006
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Fausto Miguel
Changana Morales, Personero Legal Titular de la
Organización Política Local Distrital: “Lucho por el Rímac”
del distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que mediante solicitud presentada el 3 de julio del
2006, el señor Fausto Miguel Changana Morales,
Personero Legal Titular de la Organización Política Local
Distrital: “Lucho por el Rímac” del distrito del Rímac,
provincia y departamento de Lima, solicitó a la Oficina
de Registro de Organizaciones Políticas, la inscripción
de dicha organización política en el Registro Especial
que conduce;
Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que
la misma cumple con todos los requisitos contenidos en el
artículo 17º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094,
modificado por el artículo 2º de la Ley Nº 28581, esto es,
I) Relación de adherentes en número no menor del 1% de
los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones
de carácter nacional dentro de la circunscripción en la
que la organización política local desarrolla sus
actividades, advirtiéndose en tal sentido que con Oficio
Nº 1275-2006-GAE/RENIEC de fecha 6 de julio del 2006,
la Gerencia de Actividades Electorales del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil, RENIEC, informó
que de un total de 3272 firmas presentadas se declararon
válidas 2572 firmas, cantidad que supera las 1380
necesarias para tal efecto, II) Acta de Constitución de un
comité en el distrito del Rímac, provincia y departamento
de Lima, suscrita por más de 50 adherentes debidamente
identificados, adicionalmente, han presentado acta de
fundación, la que contiene la relación de los órganos
directivos y los miembros que lo conforman, el Ideario, y
que a su vez contiene principios, objetivos y visión del
distrito del Rímac, la denominación, el domicilio legal, la
designación de los personeros legales, técnico, apoderado
y representante legal, asimismo, han presentado un
Estatuto;
Que, con fecha 3 de agosto del 2006, se publicó en el
Diario Oficial El Peruano la síntesis de la solicitud de
inscripción a efectos de que cualquier persona natural o
jurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la
inscripción de la organización política solicitante, habiendo
quedado en esta Oficina de Registro toda la
documentación correspondiente a la misma;
Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo
10º de la Ley Nº 28094 sin que se haya presentado
tacha alguna contra la solicitud de inscripción;
Que, las organizaciones políticas se constituyen por
iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego de
cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se
inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas;
Estando a las consideraciones expuestas y de
conformidad con las funciones conferidas por Ley a la
Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del
Jurado Nacional de Elecciones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Especial
que conduce la Oficina de Registro de Organizaciones
Políticas a la Organización Política Local Distrital: “Lucho
por el Rímac” del distrito del Rímac, provincia y
departamento de Lima.
Artículo Segundo.- Abrir la partida registral
correspondiente en el libro especial de Organizaciones
Políticas Locales, Tomo Numero Cinco, Partida Número
Veinte y regístrese la inscripción en el Asiento Número
Uno.
Artículo Tercero.- Téngase acreditados como
personera legal titular y personero legal alterno a los
señores Fausto Miguel Changana Morales y Sandra
Madeleine Changana Alvarez respectivamente.
Regístrese y notifíquese.
CAROLINE LIENDO LENCY
Registrador
JNE - OROP - LN
01342-1
O N P E
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 192-2006-J/ONPE
Mediante Oficio Nº 278-2006-GIEE/ONPE, la Oficina
Nacional de Procesos Electorales solicita se publique
Fe de Erratas de la Resolución Jefatural Nº 192-2006-J/
ONPE, publicada en la edición del día 23 de agosto de
2006.
- En el Anexo Nº 2;
DICE:
III. ANVERSO: La cédula se encuentra dividida en
cuatro secciones de acuerdo al siguiente detalle:

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