02 246-2006-MTC/03 - Incorporan diversas localidades a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en FM del departamento de Arequipa

Fecha de disposición26 Mayo 2006
Fecha de publicación26 Mayo 2006
NORMAS LEGALES El Peruano
Viernes 26 de mayo de 2006
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CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 59º de la
Constitución Política del Perú, el Estado estimula la
creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo,
la libertad de empresa, comercio e industria y
promueve las pequeñas empresas en todas sus
modalidades;
Que, en el artículo 6º de la Ley Nº 28015, Ley de
Promoción de la Micro y Pequeña Empresa, instituyó al
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como el
órgano rector que define las políticas nacionales de
promoción de las micro y pequeñas empresas (MYPE),
y coordina con las entidades del sector público y privado
la coherencia y complementariedad de las políticas
sectoriales;
Que, el artículo 7º de la Ley Nº 28015, como parte
del proceso de promoción y desarrollo de la
institucionalidad de las MYPE, creó el Consejo
Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña
Empresa (CODEMYPE), como el espacio de
concertación público privado que formula y propone
el Plan Nacional de Promoción y Formalización para
la Competitividad y Desarrollo de las MYPE,
incorporando las prioridades regionales por sectores
señalando los objetivos y metas correspondientes;
Que, de conformidad al inciso a) del artículo 8º de
la Ley Nº 28015, el Consejo Nacional para el
Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa
(CODEMYPE), en su sesión ordinaria de fecha 28 de
junio del 2005, aprobó el Plan Nacional de Promoción
y Formalización para la Competitividad y Desarrollo
de las MYPE 2005-2009, el mismo que ha sido elevado
al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de
conformidad al artículo 7º del Decreto Supremo
Nº 009-2003-TR;
Que, culminado el proceso referido en el párrafo
precedente, es necesario la aprobación del Plan Nacional
de Promoción y Formalización para la Competitividad y
Desarrollo de las MYPE 2005-2009, con la finalidad de
institucionalizar el proceso de promoción y desarrollo de
las MYPE, e iniciar la ejecución de las políticas, acciones
y estrategias a ser asumidas por los diferentes sectores
e instituciones del Estado y de la Sociedad Civil
involucradas en el proceso de desarrollo y fortalecimiento
de las MYPE;
De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobar el Plan Nacional de Promoción
y Formalización para la Competitividad y Desarrollo de
las MYPE 2005-2009, que forma parte integrante del
presente Decreto Supremo.
Artículo 2º.- La coordinación, seguimiento y
evaluación del cumplimiento del Plan Nacional de
Promoción y Formalización para la Competitividad y
Desarrollo de las MYPE 2005-2009, será conducida por
el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con la
participación de los representantes designados por el
CODEMYPE.
Artículo 3º.- Los sectores y/o entidades públicas
que estén involucradas en el Plan Nacional de Promoción
y Formalización para la Competitividad y Desarrollo de
las MYPE 2005-2009, adoptarán las medidas necesarias
para el cumplimiento de su ejecución.
Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Ministro de Trabajo y Promoción del
Empleo.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho
días del mes de mayo del año dos mil seis.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS ALMERÍ VERAMENDI
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
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TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Incorporan diversas localidades a los
Planes de Canalización y Asignación
de Frecuencias del servicio de
radiodifusión sonora en FM del
departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 246-2006-MTC/03
Lima, 19 de mayo del 2006
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 11º de la Ley de Radio y Televisión - Ley
Nº 28278, y el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establecen que es
competencia del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones la administración, atribución, asignación,
control y en general cuanto concierne a la gestión del
espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión;
Que, el artículo 7º del precitado Reglamento, dispone
que toda asignación de frecuencias para el servicio de
radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de
Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes
de Canalización y de Asignación de Frecuencias
correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias
atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las
frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece
que los Planes de Asignación de Frecuencias son
aprobados por Resolución Viceministerial;
Que, con Resolución Viceministerial Nº 106-2004-
MTC/03 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de
julio del 2004, se aprobaron los Planes de Canalización y
Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión
sonora en frecuencia modulada (FM), para distintas
localidades del departamento de Arequipa;
Que, conforme lo dispuesto por el artículo 4º de la
precitada Resolución Viceministerial, los Planes de
Asignación de Frecuencias aprobados pueden
modificarse de oficio, a fin de optimizar el uso del espectro
radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión y
procurar una oferta plural de servicios;
Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de
Telecomunicaciones mediante Informe Nº 412-2006-MTC/
17.01.ssr, propone la incorporación a la Resolución
Viceministerial Nº 106-2004-MTC/03 de los Planes de
Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio de
radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) de las
localidades de Chuquibamba-Iray, Cotahuasi-Alca-Charcana
- Taurisma - Mungui - Puyca - Velinga - Tomepampa - Toro,
Machaguay-Pampacolca-Tipan-Uñon-Viraco, Ocoña-
Urasqui-Iquipi, Yura y Chiguata;
Que, asimismo, la citada Dirección de Concesiones
y Autorizaciones señala en su informe, que en la
elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto
en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión
aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/
03 y en el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión aprobada
por Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Técnicas del
Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución
Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, su modificatoria aprobada
por Resolución Ministerial Nº 296-2005-MTC/03; y,
Con la opinión favorable del Director General de
Gestión de Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar la Resolución Viceministerial
Nº 106-2004-MTC/03 que aprueba los Planes de
Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio
de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM)
del departamento de Arequipa, a fin de incorporar a las
localidades de Chuquibamba-Iray, Cotahuasi-Alca-
Charcana-Taurisma-Mungui-Puyca-Velinga-

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