Aprueban Listado de Plantas Medicinales de Uso Restringido

Fecha de disposición25 Marzo 1998
Fecha de publicación25 Marzo 1998
Pág. 158434
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 25 de marzo de 1998
SE RESUELVE:
Designar, a partir de la fecha de la presente Resolu-
ción, en el cargo de Director General de la Dirección
Subregional de Salud Ayacucho, Nivel F-5, de la Región
"Los Libertadores Wari", al doctor ROBERTO ALDORA-
DIN VALENCIA.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
MARINO COSTA BAUER
Ministro de Salud
3306
Constituyen Comisión encargada del
proceso de incorporación de perso-
nal, documentos y bienes de Direccio-
nes Regionales y Subregionales de
Salud a este Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 094-98-SA/DM
Lima, 20 de marzo de 1998
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nº 26922, Ley Marco de Descen-
tralización, se dictaron las normas que ordenan el
proceso de descentralización del país, en cumplimiento
del Capítulo XIV del Título IV de la Constitución Polí-
tica del Perú;
Que el Artículo 12º del Título III, de la citada Ley,
dispone que el proceso de regionalización se constituye
sobre el ámbito territorial de los Departamentos, creán-
dose con ese fin los Consejos Transitorios de Administra-
ción Regional - CTAR en cada uno de los actuales depar-
tamentos del país;
Que el numeral 2.1 de la Segunda Disposición Com-
plementaria de la mencionada Ley, dispone que las
Direcciones Regionales y Subregionales Sectoriales se
incorporan a sus respectivos Ministerios, a partir del 1
de abril de 1998, incluyéndose al personal, acervo docu-
mentario, bienes patrimoniales y recursos financieros
del presupuesto asignado para las funciones y servicios
que se trasladan; asimismo, el numeral 2.2 dispone que
las transferencias de partidas entre los organismos del
Sector Público por efectos de la incorporación a que se
refiere el numeral 2.1, se realizarán mediante Decreto
Supremo;
Que el numeral 3.1 de la Tercera Disposición Comple-
mentaria de la citada Ley, dispone que el Ministerio de la
Presidencia queda encargado de la ejecución y supervi-
sión de las transferencias dispuestas por el numeral 2.1 de
la Segunda Disposición Complementaria y asimismo,
señala que las transferencias culminarán el 30 de junio de
1998;
Que de acuerdo a lo dispuesto en la indicada Ley, es
conveniente dictar las orientaciones y lineamientos
pertinentes, a fin de propiciar su mejor aplicación,
teniendo en cuenta que la incorporación de las Direc-
ciones Regionales y Subregionales de Salud a este
Ministerio, contribuirá a la mejor aplicación del proce-
so de reforma y modernización que se viene desarro-
llando en el Sector; y,
Con la opinión favorable del Viceministro de Salud;
SE RESUELVE:
1º.- Constituir en el Ministerio de Salud una Comi-
sión, dependiente del Despacho Ministerial, encargada
de conducir el proceso de incorporación del personal,
acervo documentario, bienes patrimoniales y recursos
financieros de las Direcciones Regionales y Subregiona-
les de Salud a este Ministerio, así como de las transferen-
cias de partidas entre los organismos del Sector Público
involucrados, por efectos de la integración dispuesta por
la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº
26922.
Corresponde a esta Comisión diseñar las estrategias y
acciones para el mejor desarrollo del proceso de transfe-
rencia, teniendo en consideración los estudios y aplicacio-
nes que se vienen realizando, en el marco del proceso de
reforma y modernización del Sector.
2º.- La Comisión que se constituye está conformada
por los siguientes funcionarios:
- La Directora General de Planificación, quien la pre-
sidirá;
- El Director General de Administración;
- El Director General de Asesoría Jurídica;
- Un representante del Despacho Ministerial;
- Un representante del Despacho Viceministerial; y,
- El Inspector General de Salud, quien participará
como observador.
Para el mejor desarrollo de su labor, la Comisión podrá
constituir Subcomisiones de Trabajo. Asimismo podrá
contar con el apoyo directo de los Directores Ejecutivos de
las Oficinas Generales de Planificación y de Administra-
ción, así como convocar a funcionarios de otras Dependen-
cias, que por su idoneidad y capacidad sean necesarios.
3º.- La Comisión, para el cumplimiento de su misión,
dispone del plazo establecido en el numeral 3.1 de la
Tercera Disposición Complementaria de Ley Nº 26922.
4º.- La Comisión, deberá mantener coordinaciones
permanentes con los Ministerios de la Presidencia y de
Economía y Finanzas, a efectos de realizar acciones con-
juntas para el cumplimiento de la transferencia de parti-
das por efectos de la incorporación de las Regiones y
Subregiones de Salud a este Ministerio, que se realizará
mediante Decreto Supremo, de acuerdo a lo dispuesto por
la Segunda Disposición Complementaria de la citada Ley.
5º.- Los Organos y Dependencias del Ministerio de
Salud, están obligados a brindar a la Comisión, el apoyo
necesario requerido para el mejor cumplimiento de su
misión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARINO COSTA BAUER
Ministro de Salud
3253
Aprueban Listado de Plantas Medici-
nales de Uso Restringido
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 097-98-SA/DM
Lima, 20 de marzo de 1998
Visto el Oficio Nº 139-98-DG-DIGEMID
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Supremo Nº 010-97-SA, se ha
aprobado el Reglamento para el Registro, Control y
Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos y
Afines, en el marco de la Ley General de Salud, Ley
Nº 26842;
Que en la Primera Disposición Complementaria, Tran-
sitoria y Final del mencionado Reglamento, se establece
que por resolución del Ministro de Salud se aprobará el
listado de plantas medicinales de uso restringido y prohi-
bido;
De conformidad con lo previsto en la Primera Disposi-
ción Complementaria, Transitoria y Final del Reglamen-
to, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-97-SA;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de
Medicamentos, Insumos y Drogas; y,
Con la opinión favorable del Viceministro de Salud;

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