08 081-99-EF/93.01 - Amplían Listado de Cuentas del Nuevo Plan Contable Gubernamental

Fecha de disposición11 Agosto 1999
Fecha de publicación11 Agosto 1999
Pág. 176728
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 11 de agosto de 1999
entidades representativas del Sector Agrario del país, como
medio de recoger las posibles propuestas y ajustes para el
enriquecimiento del mencionado anteproyecto.
Artículo 6º.- Las entidades representativas, una vez
recibido el Anteproyecto del citado Manual de Costos,
procederán a evaluarlo, analizarlo, y emitir un informe de
opinión técnica a fin de que sea perfeccionado, y la Comi-
sión elabore el Proyecto del indicado Manual. Este informe
deberá ser presentado en el término de treinta días calen-
dario, contados a partir de la recepción del citado docu-
mento.
Artículo 7º.- Solicitar a las autoridades competentes de
cada entidad representativa del Sector Agrario, su decidido
apoyo, brindando amplias facilidades a los profesionales
que conforman la Comisión, a fin de que cumplan con el
encargo precisado en la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ
Presidente del Consejo Normativo de Contabilidad
y Contador General de la Nación
10254
Amplían Listado de Cuentas del Nuevo
Plan Contable Gubernamental
RESOLUCION DE CONTADURIA
Nº 081-99-EF/93.01
Lima, 2 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el inciso b) del Artículo 7º de la Ley Nº 24680 del
Sistema Nacional de Contabilidad señala que es compe-
tencia de la Contaduría Pública de la Nación, planear,
organizar y coordinar el estudio e investigación de las
actividades económicas y financieras de los organismos de
los sectores público y privado, a efecto de establecer las
normas y los procedimientos de contabilidad apropiados;
Que, mediante Resolución del Consejo Normativo de
Contabilidad Nº 010-97-EF/93.01 se aprobó el Nuevo Plan
Contable Gubernamental, para usuarios del Sistema de
Contabilidad Gubernamental, que rige a partir del 1 de
enero de 1998;
Que, habiéndose presentado en las diversas entidades
usuarias del mencionado Sistema Contable, nuevas y diver-
sas operaciones, lo que ha originado consultas respecto a la
apertura de una Cuenta, Divisionarias, Subdivisionarias y
otros niveles de desagregación en el Nuevo Plan Contable
Gubernamental;
Que, estando a lo propuesto por la Dirección General de
Investigación de la Contabilidad de la Contaduría Pública
de la Nación, es conveniente autorizar la apertura de la
Cuenta 32 Inversión Social y sus respectivas Divisionarias,
así como las Divisionarias, Subdivisionarias y otros niveles
de desagregación de las Cuentas 21 Suministros de Funcio-
namiento, 33 Inmuebles, Maquinaria y Equipo, y 38 Cargas
Diferidas;
Con la aprobación de la Alta Dirección y la visación de
la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las facultades conferidas por los Artículos 2º,
6º y 7º de la Ley Nº 24680;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- INCLUIR en el Listado de Cuentas
del Nuevo Plan Contable Gubernamental, la Cuenta 32
Inversión Social y sus respectivas Divisionarias, así como
las Divisionarias, Subdivisionarias y otros niveles de des-
agregación de las Cuentas 21 Suministros de Funciona-
miento, 33 Inmuebles, Maquinaria y Equipo y 38 Cargas
Diferidas; conforme el detalle siguiente:
CUENTA DIVISIONARIA, SUBDIVISIONARIA
Y OTROS NIVELES
32 INVERSION SOCIAL 321 Inversión
322 Gasto Social
21 SUMINISTROS DE FUNCIONAMIENTO 219 Otros
33 INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO 332.01.01 Para Uso de la Entidad
332.01.02 Inversión Social
332.02.01 Para Uso de la Entidad
332.02.02 Inversión Social
332.03.01 Para uso de la Entidad
332.03.02 Inversión Social
333.01.01 Para Uso de la Entidad
333.01.02 Inversión Social
333.02.01 Para Uso de la Entidad
333.02.02 Inversión Social
333.03.01 Para Uso de la Entidad
333.03.02 Inversión Social
334.01.01 Para Uso de la Entidad
334.01.02 Inversión Social
334.02.01 Para Uso de la Entidad
334.02.02 Inversión Social
334.03.01 Para Uso de la Entidad
334.03.02 Inversión Social
336.09 Otros
336.09.01 Para Uso de la Entidad
336.09.02 Para Otras Entidades
38 CARGAS DIFERIDAS 384.01 Contratista
384.02 Proveedores
385.01 Encargos Generales
385.02 Inversión Social
385.03 Gasto Social
385.04 Encargos Internos
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ
Contador General de la Nación
10253
I N E I
Crean oficinas departamentales del
Censo
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 232-99-INEI
Lima, 10 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-99-PCM, se ha
dispuesto la ejecución de los Censos Nacionales: X de
Población y V de Vivienda en el año 2000;
Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática,
INEI, como organismo central y rector de los Sistemas
Nacionales de Estadística e Informática, es responsable de
la conducción y ejecución de los Censos Nacionales, a cuyo
efecto está autorizado a emitir las normas técnicas por los
que se rigen los Censos Nacionales de Población y Vivienda;
Que, para la ejecución de los Censos Nacionales: X de
Población y V de Vivienda es conveniente descentralizar a
nivel departamental la organización, conducción y ejecu-
ción de actividades operativas bajo una normatividad técni-
ca centralizada, propiciando la participación y apoyo de los
Consejos Transitorios de Administración Regional, de los
Gobiernos Locales, de las Instituciones Públicas y Privadas
y de la población en general, en su ámbito jurisdiccional;
Que, el INEI para el desarrollo de sus actividades
cuenta con Oficinas Departamentales de Estadística e
Informática las que constituirán la base de la descentra-
lización de las actividades censales;
Que, en consecuencia, es conveniente crear la Oficina
Departamental del Censo, en cada departamento del país;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º
del Decreto Legislativo Nº 604 y el Decreto Supremo Nº 028-
99-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Crear funcionalmente la Oficina Depar-
tamental del Censo dentro de la estructura orgánica de cada
Oficina Departamental de Estadística e Informática del
INEI.
Artículo 2º.- La Oficina Departamental del Censo, en
el ámbito de su jurisdicción, tendrá la responsabilidad de la
organización, conducción, ejecución y control de las tareas
operativas que comprenden las Actividades Preparatorias
del Censo, el Empadronamiento Nacional y las Actividades

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