ORDENANZA N° 244-2012/GRP-CR - Aprueban Lineamientos, Políticas y Estrategias Básicas de Agua y Saneamiento en el ámbito rural y pequeñas ciudades en la región

Fecha de disposición25 Octubre 2012
Fecha de publicación25 Octubre 2012
MateriaDerecho del Medio Ambiente
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 25 de octubre de 2012
477180
de los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF)
de las ex Direcciones Regionales Sectoriales, por lo que,
resulta necesario aprobar el Reglamento de Organización
y Funciones (ROF) de la Gerencia Regional de Trabajo y
Promoción del Empleo;
Que, el D.S. Nº 043-2006-PCM aprueba los
Lineamientos para la elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte
de las entidades de la Administración Pública, requiriendo
de un informe previo favorable acompañado del proyecto
de ROF, el proyecto de ordenanza y el Informe Técnico
Sustentatorio, que obran en el expediente, debiendo estar
visados por el órgano responsable de su elaboración y
el órgano de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de
Arequipa. De otro lado, la Gerencia General Regional,
mediante Informe Nº 140-2012-GRA/GGR, menciona la
inexistencia de conf‌l ictos y de cualquier duplicidad de
funciones con otras dependencias, recomendando aprobar
la “Organización y Funciones” de la Gerencia Regional de
Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, por estas consideraciones y, siendo que
corresponde al Consejo Regional la aprobación antes
referida, al amparo de la Ley 27783 Ley de Bases
de Descentralización, la Ley 27867 Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, modif‌i cada por las Leyes 27902,
28013, 28926, 28961, 28968, 29053, con exoneración del
trámite de Comisión; y en observancia del marco legislativo
regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-
2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-
AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA.
SE ORDENA:
Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento de
Organización y Funciones
Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del
Empleo del Gobierno Regional de Arequipa, el mismo que
consta de 03 Títulos, 07 Capítulos y 22 Artículos, según el
texto que como Anexo, debidamente visado, forma parte de
la presente Ordenanza Regional.
Artículo 2º.- Vigencia de la Norma
La vigencia de la Ordenanza regional será al día
siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 3º.- De su cumplimiento y supervisión
Responsabilizar a la Gerencia Regional de Trabajo y
Promoción del Empleo del f‌i el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Artículo 4º.- Norma derogatoria
Queda derogada toda disposición regional, en tanto se
oponga a lo dispuesto por esta norma.
Artículo 5º.- Publicación Of‌i cial y Electrónica
Disponer la publicación de la presente norma regional
en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Diario Regional de
Avisos Judiciales, encargando a la Of‌i cina de Planeamiento
y Desarrollo Institucional del Órgano Ejecutivo Regional
su publicación electrónica en la página Web, según lo
preceptuado en el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Arequipa para su promulgación.
En Arequipa, a los dieciocho días del mes de setiembre
del 2012.
MARIA SOLEDAD FERNANDEZ MOGROVEJO
Presidenta del Consejo Regional de Arequipa
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de
Arequipa, a los tres días del mes de octubre del dos mil
doce.
JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES
Presidente del Gobierno Regional
Arequipa
857817-1
GOBIERNO REGIONAL
DE PIURA
Aprueban Lineamientos, Políticas
y Estrategias Básicas de Agua y
Saneamiento en el ámbito rural y
pequeñas ciudades en la región
ORDENANZA REGIONAL
Nº 244-2012/GRP-CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL
PIURA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura,
de conformidad con lo previsto en la Constitución Política
del Perú de 1993, modif‌i cada por la Ley de Reforma
Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre
Descentralización – Ley Nº 27680, Ley de Bases de
la Descentralización – Ley Nº 27783, Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y su modif‌i catoria,
Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 22 del artículo 2º, concordante con
establecen que la defensa de la persona humana y el
respeto de su dignidad son el f‌i n supremo de la sociedad y
del Estado, por lo que, toda persona tiene derecho a gozar
de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su
vida, teniendo derecho a la protección de su salud, la del
medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de
contribuir a su promoción y defensa;
modif‌i cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo
XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680,
establece que los gobiernos regionales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el artículo 58º de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales Nº 27867, modif‌i cada por Ley Nº 27902,
establece como funciones en materia de Vivienda
y Saneamiento, en el literal e) “ejecutar acciones
de promoción y asistencia técnica, capacitación,
investigación científ‌i ca y tecnológica en materia de
construcción y saneamiento”, asimismo, f) “apoyar
técnica y f‌i nancieramente a los gobiernos locales en la
prestación de los servicios de saneamiento”;
Que, el Acuerdo Regional Piura, Lineamientos de
Política 2007-2021, en el numeral 5.5 sobre Desarrollo
Social señala que para reducir la pobreza existente se
debe “Asegurar la calidad de los servicios de salud,
educación y básicos (agua, desagüe y electricidad)
promoviendo la modalidad técnica y social más
adecuada en cada caso para garantizar su operación y
mantenimiento”;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº
728-2011/GRP-CR del 26 de setiembre de 2011, se
solicitó a Gerencia General Regional la priorización de
la formulación e implementación de Lineamientos de
Políticas Regionales del Gobierno Regional Piura para
el tema de Agua y Saneamiento Rural y de Pequeñas
Ciudades, para ser aprobadas mediante Ordenanza
Regional;
Que, Gerencia Regional de Desarrollo Social con
Informe Nº 021-2012/GRP-430000-MACG de fecha 02 de
julio de 2012 alcanza la propuesta técnica del proyecto
de Ordenanza Regional que “Aprueba los Lineamientos
y Políticas Regionales en Agua y Saneamiento”; con
Informe Nº 227-2012/GRP-430040 del 06 de agosto de
2012, la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y
Saneamiento alcanza observaciones y aportes respecto
a la propuesta técnica que aprueba los Lineamientos de
Políticas Regionales en Agua y Saneamiento en ámbito
rural y de pequeñas ciudades; con Oficio Nº 438-2012/
MPS-A del 21 de agosto de 2012, la Municipalidad
Provincial de Sullana emite opinión sobre la propuesta;
Que, con Informe Nº 035-2012/GRP-200010-ACCR del
04 de setiembre de 2012, el Equipo de Apoyo a Comisiones

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