ORDENANZA Nº 013-2008-CDB - Establecen lineamientos de política municipal para los jóvenes del distrito

Fecha de disposición04 Noviembre 2008
Fecha de publicación04 Noviembre 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 4 de noviembre de 2008 382841
al distrito, siendo derivada este informe a la Gerencia
Municipal mediante Informe Nº.686-2008-GA/MVMT de
fecha 14 de Octubre del 2008.
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR el DESABASTE-
CIMIENTO INMINENTE por MAYORIA para la reparación
de 02 unidades pertenecientes a la Gerencia de Servicios
a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad
de Villa María del Triunfo, hasta la culminación de la
reparación.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia
de Logística la ejecución del proceso de selección por
exoneración, por el periodo que dure la situación de
desabastecimiento inminente declarada, de conformidad
a la normatividad vigente, de acuerdo a los siguientes
criterios:
SERVICIO : Reparación de Camión Cisterna Marca Isuzu
FVR y Camión Tracto marca Volvo White.
UNIDAD : Unidad
CANTIDAD : 2
MONTO : Hasta S/. 125,322.00
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO : 18 Donaciones
09 Recursos Directamente recaudados
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Asesoría Jurídica realice las acciones pertinentes que
correspondan para determinar las responsabilidades
derivadas de tal situación desabastecimiento inminente,
de conformidad con lo señalado por el Artículo 47º del
TUO De la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, en concordancia con el Artículo 21º del dispositivo
en mención.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, la publicación del presente Acuerdo en el
Diario Of‌i cial El Peruano dentro de los diez (10) días
hábiles de adoptado el presente acuerdo, así como
remitir a la Contraloría General de la República y al
CONSUCODE, copia del acuerdo y del informe técnico
– legal, que dieron origen al presente documento,
dentro del plazo de Ley.
Artículo Sexto.- DISPENSAR del trámite de la lectura
del acta correspondiente para su inmediata ejecución.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUAN JOSÉ CASTILLO ANGELES
Alcalde
272896-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE
BELLAVISTA
Amplían vigencia de la Campaña
Gratuita de Registro y Extensión de
Licencias Caninas
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 012-2008-CDB
Bellavista, 10 de octubre de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE BELLAVISTA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en
Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de
sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley
Orgánica de Municipalidades le conf‌i ere y con dispensa
del trámite de lectura y aprobación de actas; aprobó la
siguiente
ORDENANZA MUNICIPAL
Artículo 1°.- Ampliar hasta el 15 de noviembre de
2008 la vigencia de la Campaña Gratuita de Registro y
Extensión de Licencias Caninas, aprobada mediante
Ordenanza Municipal Nº 006-2008-CDB.
Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal y
Dirección de Servicios Comunales y Protección Ambiental,
el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza
Municipal, así como a la Unidad de Imagen Institucional
su adecuada difusión.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
JUAN SOTOMAYOR GARCÍA
Alcalde
273045-1
Establecen lineamientos de política
municipal para los jóvenes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 013-2008-CDB
Bellavista, 10 de octubre de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE BELLAVISTA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en
Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de sus
integrantes, en ejercicio de las facultades establecidas
aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS
LINEAMIENTOS DE POLITICA MUNICIPAL PARA LOS
JÓVENES DEL DISTRITO DE BELLAVISTA
Artículo 1º.- Aprobar los LINEAMIENTOS DE
POLÍTICA MUNICIPAL PARA LOS JÓVENES DEL
DISTRITO DE BELLAVISTA, de acuerdo al documento
adjunto que forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Artículo 2º.- Disponer la publicación del texto completo
de los Lineamientos aprobados en el artículo anterior,
en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de
Bellavista (www.munibellavista.gob.pe) y en el Portal del
Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Artículo 3º.- Encárguese a la Gerencia Municipal,
Dirección de Servicios Sociales, Dirección de
Participación Vecinal y Unidades Orgánicas competentes
el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
JUAN SOTOMAYOR GARCÍA
Alcalde
273046-1
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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