RESOLUCION MINISTERIAL Nº 61-2011-PCM - Aprueban Lineamientos que establecen el contenido mínimo de los Planes Estratégicos de Gobierno Electrónico

Fecha de publicación18 Febrero 2011
Fecha de disposición18 Febrero 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 18 de febrero de 2011 436419
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Aprueban Lineamientos que establecen
el contenido mínimo de los Planes
Estratégicos de Gobierno Electrónico
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 61-2011-PCM
Lima, 17 de febrero de 2011
Vistos, el Informe Núm. 01-2010-PCM/ONGEI-
MCF de la Of‌i cina Nacional de Gobierno Electrónico e
Informática, y el Informe Núm. 005-2011-PCM-SGP/LYL
de la Secretaría de Gestión Pública;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Núm. 27658, Ley Marco de
Modernización de la Gestión del Estado, se declara
al Estado Peruano en proceso de modernización en
sus diferentes instancias, dependencias, entidades,
organizaciones y procedimientos, con la f‌i nalidad de
mejorar la gestión pública y contribuir en el fortalecimiento
de un Estado moderno, descentralizado y con mayor
participación del ciudadano;
Que, la Ley Núm. 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo, recoge entre sus principios el del servicio al
ciudadano, asegurando que sus actividades se realizarán
con ef‌i cacia, ef‌i ciencia, simplicidad de la gestión, inclusión
y equidad, así como la participación y transparencia
de manera que los ciudadanos tengan acceso a la
información;
Que, la Of‌i cina Nacional de Gobierno Electrónico
e Informática - ONGEI es el órgano especializado que
depende jerárquicamente del Presidente del Consejo
de Ministros, encargado de dirigir como ente rector el
Sistema Nacional de Informática y de implementar la
Política Nacional de Gobierno Electrónico;
Que, mediante Resolución Ministerial Núm. 274-
2006-PCM se aprobó la Estrategia Nacional de Gobierno
Electrónico, la cual establece en su artículo 2° que la
Of‌i cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática -
ONGEI deberá coordinar y supervisar la implementación
de la Estrategia Nacional de Gobierno Electrónico. Para
tal efecto, las entidades de la Administración Pública,
integrantes del Sistema Nacional de Informática,
deberán proporcionarle cualquier información que, al
respecto, les sea requerida y adoptarán las acciones
necesarias para el cumplimiento y ejecución de lo
establecido en la Estrategia Nacional de Gobierno
Electrónico;
Que, el Estado Peruano ha logrado avances
signif‌i cativos para el desarrollo del gobierno electrónico,
los que deberán ser articulados al interior de los diferentes
sectores y poderes del Estado, gobiernos regionales,
gobiernos locales y organismos autónomos, para efectos
de maximizar los resultados de las distintas instancias
comprometidas en dicho esfuerzo; mejorar su gestión,
aumentar la ef‌i ciencia, productividad, oportunidad,
transparencia de la gestión pública y optimizar la atención
al ciudadano;
Que, las Tecnologías de la Información y la
Comunicación (TIC), y especialmente el Internet, viene
transformando las relaciones entre las personas y las
organizaciones públicas y privadas, habiéndose convertido
en el instrumento que mayormente facilita el acceso a la
información y a los servicios del Estado, integrando las
instituciones de la Administración Pública, dotando de
transparencia a la gestión del Estado, permitiendo el
intercambio f‌l uido de información entre el Estado y el
sector privado, sociedad civil y la ciudadanía;
Que, es necesario def‌i nir las estrategias de Gobierno
Electrónico en los distintos niveles del Estado: Poderes,
Ministerios, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales,
Gobiernos Locales, Organismos Autónomos, que faciliten
un seguimiento de aquéllas, acortando los tiempos de
su implementación en benef‌i cio de los ciudadanos y
empresas;
Que, mediante Decreto Supremo Núm. 048-2008-
PCM, se aprobó la Reestructuración de la Comisión
Multisectorial para el Seguimiento y Evaluación del “Plan
de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú
- la Agenda Digital Peruana”, del cual es parte el Grupo
de Trabajo de Gobierno Electrónico, coordinado por la
Of‌i cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática -
ONGEI, siendo una de las funciones de la citada Comisión
efectuar las acciones para implementar el indicado Plan,
así como alcanzar los objetivos estratégicos establecidos
en el mismo;
Que, en este marco, resulta necesario implementar la
Estrategia de Gobierno Electrónico en los tres Poderes
del Estado, Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales,
Gobiernos Locales y Organismos Autónomos, todos
integrantes del Sistema Nacional de Informática,
promoviendo el empleo ef‌i ciente y coordinado de los
recursos de las Tecnologías de la Información y la
Comunicación (TIC) para la creación de nuevos y mejores
vínculos entre el Estado y los ciudadanos, así como para
una mejor gestión de la información en el Sector Público;
Que, para hacer uso ef‌i ciente y ef‌i caz de las
Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC),
a f‌i n de potenciar la gestión del Estado, se requiere una
acción coordinada que involucre a todas las Entidades
para implementar las Estrategias de Gobierno Electrónico
de los Poderes del Estado, Gobierno Nacional, Gobiernos
Regionales, Gobiernos Locales y Organismos Autónomos,
alineados a la Estrategia Nacional de Gobierno
Electrónico, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 50.2
del artículo 50° del Reglamento de Organización y
Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros,
aprobado por Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM, y
sus modif‌i catorias;
De conformidad con el inciso 8 del artículo 118° de la
Constitución Política del Perú, la Ley Núm. 27658 - Ley
Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la
Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia
del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo
Núm. 063-2007-PCM, y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobación de los Lineamientos
Aprobar los Lineamientos que establecen el contenido
mínimo del Plan Estratégico de Gobierno Electrónico
de cada Entidad que conforma el Sistema Nacional de
Informática, que como Anexo forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Alcances de los Lineamientos
Los Lineamientos que se aprueban son de obligatorio
cumplimiento para todas aquellas entidades que
conforman el Sistema Nacional de Informática.
Artículo 3°.- Plazo
Las Entidades que conforman el Sistema Nacional de
Informática deberán remitir sus Planes Estratégicos de
Gobierno Electrónico, debidamente aprobados, dentro de
los ciento veinte (120) días hábiles siguientes a la entrada
en vigencia de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Publicación
La presente Resolución se publicará en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Los Lineamientos serán publicados en el Portal de
Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal de la
Of‌i cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática -
ONGEI de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.
ongei.gob.pe), así como en el Portal Institucional de la
Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe)
el mismo día de la publicación de la presente Resolución
en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 5°.- Asesoramiento
La Of‌i cina Nacional de Gobierno Electrónico e
Informática - ONGEI brindará asesoramiento metodológico
a las entidades comprendidas en el alcance de los
Lineamientos que se aprueban mediante la presente
Resolución. El asesoramiento deberá ser solicitado al
correo electrónico ongei@pcm.gob.pe o mcamara@pcm.
gob.pe.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR