06 Nª 140-2006-PRE/CONADIS - Aprueban "Lineamientos de la Política de Acción de las Oficinas Regionales de Atención a las Personas con Discapacidad"

Fecha de publicación31 Diciembre 2006
Fecha de disposición31 Diciembre 2006
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 31 de diciembre de 2006
336716
Energía y Minas del Perú y el Viceministro de Electricidad
y Energías Alternativas del Ministerio de Obras Públicas,
Servicios y Vivienda de Bolivia, el 16 de noviembre de
2006, con la f‌i nalidad de avanzar hacia un proceso de
integración en el ámbito energético;
Que, para que surta efectos la Carta de Intención a
que se ref‌i ere el considerando anterior, es necesario que
el Ministro del Sector Energía y Minas apruebe el texto
del mismo;
De conformidad, con lo dispuesto por la Ley del Poder
Ejecutivo, D.Leg. N° 560 y la Ley Orgánica del Sector
Energía y Minas, D. Ley N° 25962;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el texto de la “Carta de
Intenciones entre el Ministerio de Energía y Minas
de Perú y el Ministerio de Obras Públicas, Servicios
y Vivienda de Bolivia para la Interconexión Eléctrica”
suscrita por el Viceministro de Energía del Ministerio de
Energía y Minas de Perú y el Viceministro de Electricidad
y Energías Alternativas del Ministerio de Obras Públicas,
Servicios y Vivienda de Bolicia, de fecha 16 de noviembre
de 2006.
Artículo 2°.- Encargar al Viceministro de Energía
realizar las coordinaciones necesarias y disponer las
medidas que resulten convenientes para consolidar la
interconexión eléctrica con Bolivia, de acuerdo a las
políticas y normas legales del Subsector Energía.
Dentro de las medidas que deberá disponer el
Viceministro de Energía se incluirá el establecimiento
del Grupo Binacional de Trabajo, para lo cual deberá
designarse a los funcionarios que se constituirán en sus
miembros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
11405-1
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Aprueban “Lineamientos de la Política
de Acción de las Oficinas Regionales
de Atención a las Personas con
Discapacidad”
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 140-2006- PRE/CONADIS
Lima, 19 de diciembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 27050, Ley General de la Persona
con Discapacidad, se creó el Consejo Nacional para la
Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS,
como Organismo Público Descentralizado del Ministerio
de Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano -
PROMUDEH, hoy Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social – MIMDES;
Que, los incisos a) y h) del artículo 8° de la Ley
N° 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad,
establecen como función del CONADIS la formulación y
aprobación de las políticas para la prevención, atención
e integración social de las personas con discapacidad,
así como la supervisión del funcionamiento de todos los
organismos que tienen que ver con las personas con
discapacidad;
Que, el artículo 10° de la Ley N° 27050, modif‌i cado
por Ley N° 28164, dispone que los Gobiernos Regionales,
a través de las Of‌i cinas Regionales de Atención a las
Personas con Discapacidad, apoyan a las instituciones
públicas y privadas en el desarrollo, ejecución y evaluación
de programas, proyectos y servicios que promuevan la
igualdad y equidad de oportunidades y el desarrollo de las
personas con discapacidad;
Que, el artículo 13-A del Reglamento de la Ley General
de la Persona con Discapacidad, aprobado con Decreto
Supremo N° 003-2000-PROMUDEH e incorporado con
Decreto Supremo N° 003-2006-MIMDES, establece
que el CONADIS, para la contribución y obligaciones
previstas en el artículo 10° de la Ley N° 27050 a cargo
de los Gobiernos Regionales y Locales, debe expedir los
lineamientos de la política de acción para dicho f‌i n.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2005-
MIMDES se aprobó el Reglamento de Organización
y Funciones del CONADIS, regulando la estructura
orgánica de la institución y disponiendo las funciones de
las unidades orgánicas de la entidad;
Que, resulta necesario la unif‌i cación de criterios
y líneas de acción para la promoción de creación,
implementación y acciones que deben seguir las Of‌i cinas
Regionales de Atención a las Personas con Discapacidad,
teniendo en consideración lo previsto en el artículo 13-
A del Reglamento de la Ley General de la Persona con
Discapacidad, así como la condición del CONADIS como
ente rector en la formulación de políticas públicas materia
de discapacidad a nivel nacional;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
6º de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona
con Discapacidad, modificado por el artículo 1º de la
Ley Nº 28164, concordante con lo establecido por el
artículo 13-A, el numeral 12.6 y 12.11 del artículo 12º del
Reglamento de la Ley Nº 27050, aprobado por Decreto
Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH y modif‌i cado con
Decreto Supremo N° 003-2006-MIMDES, el inciso
l) del artículo 18º del Reglamento de Organización
y Funciones de CONADIS, aprobado con Decreto
Supremo Nº 014-2005-MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébese los “Lineamientos de la
Política de Acción de las Of‌i cinas Regionales de Atención
a las Personas con Discapacidad” que obra en anexo
adjunto a la presente Resolución y forma parte integrante
de la misma.
Artículo 2º.- Encárguese a la Dirección de Promoción
y Desarrollo Social la implementación y monitoreo de
la presente Resolución de Presidencia, informando
mensualmente a la Secretaría Ejecutiva el cumplimiento y
avances de lo previsto en las disposiciones contenidas en
los lineamientos aprobados en el artículo precedente.
Artículo 3º.- Dispóngase que la presente Resolución
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO CASTAÑEDA
Presidente (e)
Consejo Nacional para la Integración de la
Persona con Discapacidad
LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA DE ACCIÓN DE LAS
OFICINAS REGIONALES DE ATENCIÓN
A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
I. OBJETIVO:
Establecer los lineamientos de la política de acción
de las Of‌i cinas Regionales de Atención a las Personas
con Discapacidad - OREDIS para desarrollar, ejecutar
y evaluar los programas, proyectos y servicios de los
Gobiernos Regionales que promuevan la igualdad de
oportunidades de las personas con discapacidad a nivel
nacional.
II. FINALIDAD:
- Articular el accionar del CONADIS y los Gobiernos
Regionales en benef‌i cio de las personas con
discapacidad.

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