Autorizan libre venta de lotes de habilitación urbana para uso de vivienda de terreno ubicado en el distrito

Fecha de publicación31 Mayo 2000
Fecha de disposición31 Mayo 2000
Pág. 187298
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 31 de mayo de 2000
por las cuales fueron cometidas fue en el ejercicio de sus
funciones realizándose de manera sistemática cada uno
de los procesados de acuerdo a los expedientes que tuvie-
ron a su cargo, concurriendo diversas faltas de carácter
administrativo trayendo consigo en muchos casos perjui-
cio de índole económico al no recuperarse oportunamente
los cobros puestos en la vía coactiva y no ejecutándose
Resoluciones de Alcaldía, cuyo cumplimiento correspon-
día a vecinos y infractores de Ordenanzas Municipales,
siendo reincidentes y reiterantes en su actuar, y teniendo
en cuenta el nivel jerárquico y la alta especialización en la
materia que debían tener cada uno de los procesados, de
acuerdo a la Ley Nº 26979;
Que, estando al hecho que el procesado Fidencio Ñaupa
Ramos mediante Resolución de Alcaldía Nº 1596-99-RASS
del 15 de setiembre de 1999, fue sancionado con destitución
deviene en Improcedente pronunciarse respecto a la nueva
sanción a aplicársele por la comisión de las faltas disciplina-
rias de índole administrativo detectadas;
Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo
170º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa,
aprobada mediante D.S. Nº 002-90-PCM y en uso de las
atribuciones conferidas en el Artículo 47º incisos 6) y 13) de
la Ley Orgánica de Municipalidades;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Imponer la sanción de Destitución
a los señores María Luisa del Pilar García Morales, Marina
Ysabel Ramírez García y Julia María del Rosario Luna
Victoria Rosas, por faltas administrativas disciplinarias
contempladas en el Artículo 28º incisos a), d) y h) conforme
a los análisis y conclusiones precedentes
Artículo Segundo.- Disponer se notifique la presente
resolución a las personas indicadas en el artículo precedente
de manera personal y mediante publicación en el Diario
Oficial El Peruano, ejecutándose lo resuelto conforme a lo
dispuesto en el Artículo 104º del Texto Unico Ordenado de la
Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrati-
vos.
Artículo Tercero.- Encargar a la Unidad de Servicios
Generales y Mantenimiento la constatación de los bienes
encargados a la Oficina de Ejecución Coactiva, recepcio-
nando los mismos y a la Unidad de Trámite Documentario
el levantar un inventario del acervo documentario y expe-
dientes en trámite de la citada Oficina de Ejecución Coacti-
va, con presencia de un observador de la Oficina de Auditoría
Interna, levantándose el acta de entrega y recepción de
cargo de las señoras María Luisa del Pilar García Morales,
Marina Ysabel Ramírez García y Julia María del Rosario
Luna Victoria Rosas.
Artículo Cuarto.- Comunicar la presente resolución a
la Contraloría General de la República y a los demás orga-
nismos llamados por ley.
Regístrese, comuníquese, y cúmplase.
CARLOS DARGENT CHAMOT
Alcalde
6080
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SANTA
EULALIA
Autorizan libre venta de lotes de habi-
litación urbana para uso de vivienda
de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA
Nº 075-2000-MDSE
Santa Eulalia, 4 de abril del 2000
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SANTA EULALIA - PROVINCIA
DE HUAROCHIRI
VISTO:
El Expediente Nº 998-99, seguido la Asociación Pueblo
Nuevo Buenos Aires del distrito de Santa Eulalia de Acopa-
ya, solicitando la aprobación de los planos de Habilitación
Urbana de la referida Asociación; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante escritura pública ante Notario Sr. Luis
Ernesto del Portal Toledo, de fecha 1-10-92 el Tercer Juzga-
do de Tierras de Lima otorga escritura pública a favor de la
Asociación Pueblo Nuevo Buenos Aires, como resultado de
Proceso Judicial sobre prescripción de Adquisitiva de domi-
nios contra Enrique Deacon Mujica de los predios denomina-
dos Trinchera y Pomaticla, con una extensión superficial 36
Has. con 2.500 M2 ubicados en el distrito de Santa Eulalia;
Que la Asociación Pueblo Nuevo Buenos Aires está
registrada como propietaria de dicho terreno e inscrita en la
ficha Nº 141 - H del Registro de la propiedad inmueble,
Oficina Registral de Lima figurando dicho terreno con un
área de 36 Has. y 2.500 M2 (treinta seis Hectáreas, y dos mil
quinientos cuatro cuadrados);
Que las áreas de la habilitación se encuentran repartidas
de la siguiente manera: Area total según escritura pública
36 Has. 2,500 M2. (100%) Area útil de lotes 176,219.23 M2
(31.87%)Area de vías 52,014.80 M2 (14.35%),siendo el área
de regularización (déficits del aporte reglamentario) de la
Habilitación de 9,227.78 M2 (2.55%) que están distribuidos
en reacción pública 4,084.00 (1.13%) educación 2,063.00 M2
(0.57%), Comercio 767.00 M2 (0.21%), Salud 352.92 M2
(0.10%), Area de servicios Públicos complementarios, Local
Comunal 431.98 (0.12%), Parroquia 841.20 (0.23%), Come-
dor 5.77 89 M2 (0.16%) I.P.D. 109.31 M2 (0.03%);
Que, de acuerdo a los Informes Nºs. 057-DDN-MPH-M y
66-DDU-MPH-M de la Dirección de Desarrollo Urbano que
corren a fojas 25 y 29 respectivamente se aprobó y visó el
plano Perimétrico con su Memoria Descriptiva se incluyen
en los planos de Desarrollo Urbano de la provincia de
Huarochirí;
Que de acuerdo a la información Nº 073-2000 AT/CVH,
de la Dirección de Desarrollo Urbano que conforme a la
documentación adjuntada por los recurrentes se verifica que
el área es de 362.500.00 M2 se encuentran ubicados dentro
del distrito de Santa Eulalia, provincia de Huarochirí,
departamento de Lima, debiéndose aprobar los documentos
y planos correspondientes respecto a los lotes de esta jurisdic-
ción tal como se indica en el Proyecto de Habilitación Urbana
Ley Nº 26878 de conformidad con el Area Técnica con las
atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Munici-
palidades en sus Arts. 3º, 11º, Inc. 1) Art. 65º Inc. 7) Art. 70
Inc. 1) y Normas Legales afines y en cumplimiento de la Ley
de Habilitación Urbana.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por cumplida la etapa de aprobación de
habilitación urbana para uso de vivienda del terreno de
362,500.00 M2 que corresponde al predio Nº Prop- 5, inscrito
el Registro de Propiedad de Inmueble con un área de
362,500.00 M2 de propiedad de la Asociación Pueblo Nuevo
Buenos Aires, distrito de Santa Eulalia provincia de Huaro-
chirí, departamento Lima.
Artículo 2º.- DECLARESE cumplidas las obras de habi-
litación urbana de terreno referido en el artículo precedente
de acuerdo al plano signado con el Nº 001-200-DDU/MDSE
no presentando moficaciones que requieran una revisión de
los planos del Desarrollo Urbano, dándose por aprobados la
recepción de la Asociación Pueblo Nuevo Buenos Aires.
Artículo 3º.- AUTORICESE, la libre venta de lotes de la
presente habilitación urbana recepcionado de conformidad
con el plano Nº 001-2000-DDU/MDSE.
Artículo 4º.- DISPONGASE, la publicación de la pre-
sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano estará a
cargo de la parte interesada.
Artículo 5º.- Transcríbase esta Resolución al Registro
Predios Urbano, para su inscripción debiéndose incorporar
a la habilitación recepcionada al casco urbano del distrito de
Santa Eulalia.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
ELIAS TOLEDO ESPINOZA
Alcalde
6025

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR