Ley Nº 28369 - Ley de Trabajo del Psicólogo

AutorElmer Guillermo Arce Ortiz - Javier Neves Mujica
Páginas593-597
REGÍMENES LABORALES ESPECIALES DEL EMPLEO PÚBLICO POR SECTOR
593
8.1.7. Régimen de trabajo del psicólogo
Ley Nº 28369
Ley del trabajo del psicólogo
(ElPeruano:29-10-2004)
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
HadadolaLeysiguiente:
Ley del trabajo del psicólogo
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1.- Objeto de la Ley
Lapresente Leyregula eltrabajo ycarrera delpsicólogo
queprestaserviciosenelsectorpúblicoyprivado,cualquiera
seasurégimenlaboral.
Artículo 2.- Profesión del psicólogo
Elpsicólogoeselprofesionaldela conductahumana,con
competenciaenla promoción,prevención,diagnóstico, trata-
mientoyrecuperacióndelasaludmentaldelapersonahumana,
lafamiliaylacomunidad,enelámbitopsico-social.

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