Ley N° 31967. Ley que modifica el Código Procesal Civil para establecer el auxilio judicial para el demandante de prescripción adquisitiva

Fecha de publicación24 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Determinan la Protección Provisional del Sitio arqueológico Sortilegio, ubicado en el distrito de Hermilio Valdizan, provincia de Leoncio Prado y departamento de Huánuco

LEY Nº 31967


LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA


POR CUANTO:


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;


Ha dado la Ley siguiente:


LEY QUE MODIFICA EL


CÓDIGO PROCESAL CIVIL PARA


ESTABLECER AUXILIO JUDICIAL


PARA EL DEMANDANTE DE


PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA


Artículo único. Incorporación del artículo 506-A al Código Procesal Civil


Se incorpora el artículo 506-A al Código Procesal Civil, en los siguientes términos:


Artículo 506-A. Emplazamiento excepcional


Respecto de la propiedad que tenga más de veinte copropietarios con derechos y acciones debidamente inscritos, el demandante puede acogerse a la figura dispuesta en el literal a) del artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Decreto Supremo 017-93-JUS. La exoneración de tasas judiciales es para un número mayor de veinte demandados en los procesos de prescripción adquisitiva”.


Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.


En Lima, a los doce días del mes de diciembre de dos mil veintitrés.


ALEJANDRO SOTO REYES


Presidente del Congreso de la República


ARTURO ALEGRÍA GARCÍA


Primer Vicepresidente del Congreso de la República


A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA


POR TANTO:


Mando se publique y cumpla.


Dado en la Casa de Gobierno, en...

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