LEY Nº 31911
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN PRIORITARIA DE COBERTIZOS EN LAS ZONAS ALTOANDINAS SUPERIORES A LOS TRES MIL METROS SOBRE EL NIVEL DEL MAR
Artículo único. Declaración de interés nacional
Se declara de interés nacional la construcción prioritaria de cobertizos en las zonas altoandinas superiores a los 3 000 metros sobre el nivel del mar, en el Perú, para mitigar y prevenir los efectos climáticos que afectan a la ganadería y a los agricultores.
ÚNICA. Competencias y coordinaciones
En el marco de la declaración de interés nacional establecida en el artículo único y en caso de ejecutarse el objeto de dicha declaración, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego en coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales involucrados, en el marco de sus funciones y competencias, realizaría las coordinaciones y adoptaría las medidas necesarias para la construcción de cobertizos.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a...