Ley N° 31844. Ley que modifica la Ley 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil, para el registro balístico de armas antiguas

Fecha de publicación21 Julio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

Artículo único. Modificación de la disposición complementaria final quinta de la Ley 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil

Se modifica la disposición complementaria final quinta de la Ley 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil, en los términos siguientes:

[…]

QUINTA. Registro en el Sistema de Identificación Balística

En el caso de las armas antiguas no registradas en el Registro del Sistema de Identificación Balística, serán inscritas antes de la renovación de la licencia de uso del arma; en el caso de armas cortas nuevas, la inscripción del arma de fuego en el Registro del Sistema de Identificación Balística de la Policía Nacional del Perú, se efectúa con anterioridad a la transferencia de propiedad y constituye un requisito para su entrega física al adquirente.

La presente disposición es aplicable a partir de la implementación del mencionado registro.

[…]”.

ÚNICA. Adecuación del reglamento

El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio del Interior, adecúa el Reglamento de la Ley 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil, aprobado por el Decreto Supremo 010-2017-IN, a la modificación dispuesta por la presente ley en un plazo de treinta días calendario contados a partir de su entrada en vigor.

Comuníquese a la señora...

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