Ley N° 31527. Ley que establece un nuevo plazo para el Artículo 14 de la Ley 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, modificado por la Ley 31436

Fecha25 Julio 2022
Fecha de publicación25 Julio 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

Artículo 1. Objeto de la Ley

La presente ley tiene por objeto fijar nuevo plazo para las transferencias de recursos a los que se refiere el numeral 14.1 del artículo 14 de la Ley 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, modificado por la disposición complementaria final tercera de la Ley 31436, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, y dicta otras medidas.

Artículo 2. Nuevo plazo para las transferencias de recursos del Gobierno Nacional para el financiamiento de inversiones

Se dispone que los plazos a los que se refiere el numeral 14.1 del artículo 14 de la Ley 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, modificados por la disposición complementaria final tercera de la Ley 31436, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, y dicta otras medidas, se fijan conforme a lo siguiente:

a) Las propuestas de decreto supremo correspondientes solo pueden ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas hasta el 27 de julio de 2022.

b) Los decretos supremos que aprueban las transferencias de recursos en el marco del presente artículo se publican hasta el 15 de agosto de 2022.

Artículo 3. Financiamiento

Lo establecido en la presente ley se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

Artículo 4. Suspensión de normas

Se dejan sin efecto las disposiciones legales que se opongan a lo establecido por la presente ley o limiten su aplicación.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los...

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