LEY, Nº 30354, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que modifica la Ley 26887, Ley General de Sociedades, sobre el cargo de director y las actas del directorio

Fecha de disposición04 Noviembre 2015
Fecha de publicación04 Noviembre 2015

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

Artículo único Incorporación del artículo 152-A y modificación del artículo 170 de la Ley 26887, Ley General de Sociedades

Incorpórase el artículo 152-A y modifícase el artículo 170 de la Ley 26887, Ley General de Sociedades, en los siguientes términos:

Artículo 152-A.- Cargo de director

La persona que sea elegida como director de la sociedad acepta el cargo de director de manera expresa por escrito y legaliza su firma ante notario público o ante juez, de ser el caso. Este documento es anexado a la constitución de la sociedad, o en cuanto acto jurídico se requiera, para su inscripción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.

Esta disposición rige para directores titulares, alternos, suplentes y reemplazantes según el caso, establecidos en los artículos 156 y 157, respectivamente.

Artículo 170.- Actas

(...)

El plazo para pedir que se consignen las observaciones o que se incluya la oposición vence a los veinte días útiles de realizada la sesión.

Por solicitud del gerente general o de cualquiera de los integrantes del directorio, durante la sesión puede estar presente un notario público designado por los solicitantes para certificar la autenticidad de los acuerdos adoptados, los cuales pueden ejecutarse de inmediato por mérito de la certificación. Dicha certificación, como también aquella a la que se refiere el artículo 138, da mérito a la inscripción de los acuerdos adoptados en el registro correspondiente

.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los quince días del mes de octubre de dos mil quince.

LUIS IBERICO NÚÑEZ

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