1067 180-2006-MIMDES - Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos contra la administración pública y la fe pública

Fecha de disposición21 Marzo 2006
Fecha de publicación21 Marzo 2006
Pág. 315147
NORMAS LEGALES
Lima, martes 21 de marzo de 2006
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793,
en el Decreto Supremo Nº 009-2005-MIMDES, en el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES aprobado por Decreto
Supremo Nº 011-2004-MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar, como Representantes Titular y
Alterno del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -
MIMDES, ante la Comisión Multisectorial encargada del
seguimiento del Plan Nacional de Igualdad de
Oportunidades para Mujeres y Varones 2006 - 2010,
constituida por Resolución Ministerial Nº 022-2006-PCM, a
los funcionarios que se detallan a continuación:
- El(la) Viceministro(a) de la Mujer, como Representante
Titular; y,
- El(la) Director(a) General de la Dirección General de la
Mujer, como Representante Alterno.
Artículo 2º.- Notificar la presente Resolución a la
Comisión Multisectorial constituida mediante Resolución
Ministerial Nº 022-2006-PCM, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L.
Ministra de la Mujer y
Desarrollo Social
05158
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales contra ex Jefe de la Oficina de
Administración y ex Director Ejecutivo
del PRONAA por presunto perjuicio
económico
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 179-2006-MIMDES
Lima, 20 de marzo de 2006
Vistos, el Memorando Nº 757-2005-MIMDES/SG de la
Secretaria General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social y el Oficio Nº 1230-2005-PRONAA/DE de la Directora
Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria
- PRONAA;
CONSIDERANDO:
Que, en la Observación Nº 18 del Informe Nº 208-2003-
CG/SSO "Examen Especial al Programa Nacional de
Asistencia Alimentaria - PRONAA" (Período 1999 - Setiembre
2002) emitido por la Contraloría General de la República, se
determinó la responsabilidad administrativa con implicancia
económica del ex Director Ejecutivo y ex Jefe de la Oficina de
Administración del PRONAA respectivamente, por no haber
dispuesto las medidas correctivas correspondientes que
hubieran profundizado la revisión de los hechos relacionados
a la carencia de título profesional de la señora Gladys Pacheco
Huamán, y así evitar su contratación posterior en el cargo de
"Coordinadora en Programas Alimenticios" del PRONAA, lo
cual ocasionó un perjuicio económico a dicha Institución, por
los pagos realizados a la citada ex trabajadora por conceptos
de remuneraciones y viáticos durante el período comprendido
entre febrero a diciembre del año 2002, por un monto de
S/. 35,818.83 (Treinta y Cinco Mil Ochocientos Dieciocho y
83/100 Nuevos Soles);
Que, asimismo en la Recomendación Nº 05 del citado
Informe Nº 208-2003-CG/SSO, se estableció, disponer las
acciones inmediatas orientadas a la recuperación económica
del monto ascendente a S/. 35, 818.83 (Treinta y Cinco Mil
Ochocientos Dieciocho y 83/100 Nuevos Soles), por los
pagos de remuneraciones y viáticos efectuados a la
mencionada señora Pacheco, conceptos que no
correspondían desembolsar teniendo en cuenta que no
contaba con título profesional para acceder al cargo de
"Coordinadora en Programas Alimenticios", requisito exigido
por el Manual de Organización y Funciones del PRONAA;
Que, mediante Cartas Notariales de fecha 19 de febrero
de 2004, notificadas al ex Jefe de la Oficina de
Administración y ex Director Ejecutivo del PRONAA, con
fechas 26 de febrero y 25 de marzo del 2004,
respectivamente, se les puso en conocimiento el Informe
Nº 208-2003-CG/SSO, requiriéndoles que en el plazo de
diez (10) días hábiles, procedan a la devolución del importe
de S/. 35,818.83 (Treinta y Cinco Mil Ochocientos Dieciocho
y 83/100 Nuevos Soles), bajo apercibimiento de iniciar las
acciones legales correspondientes;
Que, los ex funcionarios mencionados en el considerando
precedente, hasta la fecha no han cumplido con restituir el
monto de S/. 35,818.83 (Treinta y Cinco Mil Ochocientos
Dieciocho y 83/100 Nuevos Soles), pese a los requerimientos
efectuados mediante Carta Notarial, por lo que para efectos
de conseguir el resarcimiento del perjuicio económico
ocasionado al PRONAA, con arreglo a lo dispuesto por el
artículo 1321º del Código Civil, es necesario autorizar al
Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para
que en representación de los intereses del Estado, inicie e
impulse las acciones judiciales que correspondan contra los
ex funcionarios señalados en los considerandos precedentes
y contra los que resulten responsables;
Con la opinión favorable de la Oficina General de
Asesoría Jurídica del MIMDES, contenida en el Informe
Nº 344-2006-MIMDES/OGAJ;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la
Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social, el Reglamento de Organización y
Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo
Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de
Representación y Defensa del Estado en asuntos judiciales,
modificado por el Decreto Ley Nº 17667;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de
los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social - MIMDES, para que en representación y defensa de
los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales
correspondientes contra el ex Jefe de la Oficina de
Administración y el ex Director Ejecutivo del PRONAA,
comprendidos en la observación Nº 18 del Informe Nº 208-
2003-CG/SSO "Examen Especial al Programa Nacional de
Asistencia Alimentaria - PRONAA" (Período 1999 - Set. 2002)
de la Contraloría General de la República y contra aquellos
que resulten responsables, conforme a los fundamentos
expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución,
así como los antecedentes del caso, al Procurador Público
encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la
Mujer y Desarrollo Social para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L.
Ministra de la Mujer y Desarrollo Social
05159
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales contra presuntos responsables
de la comisión de delitos contra la
administración pública y la fe pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 180-2006-MIMDES
Lima, 20 de marzo de 2006
Vistos, el Memorándum Nº 024-2006-MIMDES-DM de la
Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y el Memorando
Nº 058-2006-MIMDES/SG de la Secretaria General del
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Especial Nº 014-2005-2-3901-
MIMDES/ OCI "Examen Especial a las Subvenciones Sociales
Otorgadas por la Gerencia de Gestión Administrativa del ex
Ministerio de Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano -
PROMUDEH - Durante el período 2001 y 2002", emitido por
la Oficina de Control Institucional del Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social - MIMDES, se constató que en los períodos
2001 y 2002 se otorgaron subvenciones sociales a 50
beneficiarios (personas en riesgos, enfermas y/o de pobreza

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