RESOLUCION JEFATURAL Nº 207-2008-JNAC/RENIEC - Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública

Fecha de disposición02 Mayo 2008
Fecha de publicación02 Mayo 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 2 de mayo de 2008 371679
Humberto Velásquez Arroyo por el segundo y tercer
cargo imputado, por su actuación como Juez del Segundo
Juzgado Mixto de Pasco.
Artículo Segundo.- Absolver al citado magistrado del
primer cargo imputado, debiéndose archivar el proceso
en este extremo.
Artículo Tercero.- Disponer la inscripción de
la medida a que se contrae el artículo primero de
la presente resolución en el registro personal del
magistrado destituido, debiéndose asimismo cursar of‌i cio
al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la
República y a la señora Fiscal de la Nación, y publicarse
la presente resolución, una vez que quede consentida o
ejecutoriada.
Regístrese y comuníquese.
MAXIMILIANO CARDENAS DIAZ
CARLOS MANSILLA GARDELLA
FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR
EDWIN VEGAS GALLO
ANIBAL TORRES VÁSQUEZ
EFRAIN ANAYA CARDENAS
EDMUNDO PELAEZ BARDALES
195576-1
REGISTRO NACIONAL
DE IDENTIFICACION
Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales contra presuntos responsables
de la comisión de delito contra la fe
pública
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 207-2008-JNAC/RENIEC
Lima, 10 de abril del 2008.
VISTOS: Los Of‌i cios Nºs. 5588, 5297, 5294-2007/
GOR/RENIEC de la Gerencia de Operaciones Registrales
y Nº 0395-2005-GP/RENIEC de la Gerencia de Procesos
y el Informe Nº 0226-2008-GAJ/RENIEC, de la Gerencia
de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Informes Nºs. 1900, 1884, 1904 y 1887 -2007/
SGREC/GOR/RENIEC de la entonces Sub Gerencia de
Registros de Estado Civil, permitieron verif‌i car que cuatro
ciudadanos debidamente identif‌i cados, inscribieron
extemporáneamente un hecho vital – nacimiento – con
la f‌i nalidad de obtener en los tres primeros casos, una
nueva inscripción en el Registro Único de Identif‌i cación
de las Personas Naturales, RUIPN, insertándose de
esta manera, declaraciones falsas en el registro, siendo
dichas inscripciones las siguientes:
OREC donde se registró
inscripción extemporánea
irregular
Partida o Acta
de Nacimiento
Inscrita
Extemporá-
neamente
Identidad del ciudadano
que realizó inscripción
extemporánea irregular
DNI de
presunto
responsable
C.N. Alto Yurinaki –Perené/
Chanchamayo / Junín 62854518 – 2004 Héctor Vicente Laura Llacza 40070140
OREC donde se registró
inscripción extemporánea
irregular
Partida o Acta
de Nacimiento
Inscrita
Extemporá-
neamente
Identidad del ciudadano
que realizó inscripción
extemporánea irregular
DNI de
presunto
responsable
Ate – Lima 64303915 - 2005 Elena Flores Meza de Cutti 09842188
CP Villa Yanapata–
Yunguyo– Puno 62814578 - 2004 Felipa Apaza Polloqueri 45657937
Iquitos – Maynas – Loreto 436 – 1990 Manuel Rojas Reynel 05331510
Que, realizada la verif‌i cación documental corres-
pondiente, se tiene que los datos proporcionados son
inexactos o inexistentes; presumiéndose por tanto
que los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la
relación, habrían cometido en agravio del RENIEC el
delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad
ideológica, tipif‌i cado en el artículo 428º del Código
Penal, dado que la inscripción del nacimiento de
una persona, constituye una individualidad que debe
corresponder a la unicidad del asiento en los Registros
del Estado Civil, toda vez que la persona nace solo
una vez;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17537 y la Ley Nº 26497; y en atención al Informe de
la Gerencia de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público
encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para
que interponga las acciones legales que correspondan
por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública,
en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del
Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, contra
los siguientes ciudadanos: Héctor Vicente Laura Llacza,
Elena Flores Meza de Cutti, Felipa Apaza Polloqueri y
Manuel Rojas Reynel.
Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador
Público del RENIEC, para los f‌i nes a que se contrae la
presente Resolución.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
195665-3
Autorizan delegación de funciones
registrales a la Oficina de Registros
del Estado Civil que funciona en la
Municipalidad del Centro Poblado
Nuevo Mocupe
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 237-2008-JNAC/RENIEC
Lima, 25 de abril de 2008.
VISTOS: el Informe Nº 00285-2008/SGGTRC/GRC/
RENIEC de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de
Registros Civiles y el Informe Nº 000104-2008-GRC/
RENIEC de la Gerencia de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, norma que
precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto
de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo
la ejecución de los procedimientos administrativos de
inscripción y que las Of‌i cinas Registrales se encuentran
encargadas del procesamiento registral y demás funciones
inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la
Jefatura Nacional la creación y autorización de las que
fueren necesarias;

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