Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública

Fecha de publicación20 Febrero 2008
Fecha de disposición20 Febrero 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 20 de febrero de 2008
366962
que el citado servicio sólo puede ser contratado de
manera directa con la empresa Sistemas Oracle del
Perú S.A., que es la única que brinda este tipo de
servicios, debido a que el sistema y las licencias con
que cuenta la Contraloría General de la República
son de su creación, de lo que se desprende que
es dicha empresa y no otra la que pueda brindar la
actualización de nuevas versiones de la Base de
Datos Oracle, no admitiendo sustitutos en los servicios
ofrecidos; asimismo, para dicho servicio se cuenta con
la disponibilidad presupuestal, con cargo a la Fuente
de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, conforme
al Memorando N° 162-2008-CG/FI de la Gerencia de
Finanzas;
Que, conforme a lo señalado por la Gerencia de
Logística y el Informe Legal emitido por la Gerencia
de Asesoría Técnico Legal, mediante los documentos
de Vistos, el supuesto referido en el considerando
precedente, se enmarca en los términos del inciso e)
del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado;
Que, el artículo 20° del Texto Único Ordenado de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
concordado con el artículo 148° de su Reglamento,
establecen que las adquisiciones y contrataciones
exoneradas se realizan mediante acciones inmediatas,
desarrolladas por la dependencia encargada de las
contrataciones y adquisiciones de la Entidad o el
órgano designado para tal efecto;
Que, en consecuencia, resulta procedente
exonerar del proceso de selección que corresponda,
a la contratación del Servicio de Soporte Técnico y
Actualización de Versión del Gestor de Base de Datos
Oracle, por tratarse de servicios que no admiten
sustitutos y existe proveedor único, autorizando su
contratación mediante acciones inmediatas, por
el período comprendido desde el 21 de febrero de
2008 hasta el 20 de febrero de 2009, y por un valor
referencial de S/. 64 906,97 (SESENTA Y CUATRO MIL
NOVECIENTOS SEIS Y 97/100 NUEVOS SOLES),
incluido IGV, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 20° del citado Texto Único Ordenado,
y conforme a lo indicado en el artículo 148° de su
Reglamento;
Que, mediante Resolución de Contraloría N°
447-2007-CG, se delegó en el Gerente General,
durante el año f‌i scal 2008, las facultades relativas
a las adquisiciones y contrataciones que realice la
Contraloría General de la República, como son las
de aprobar el expediente o expediente técnico, según
corresponda y las Bases; así como, suscribir en
representacion de la entidad, los contratos derivados de
los procesos de selección de las Licitaciones Públicas,
Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas; por lo
que corresponde autorizar a dicha unidad orgánica
para la realización de la contratación exonerada;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y de la Contraloría General de la República y la
Resolución de Contraloría N° 053-2008-CG; así como,
de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-
2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N° 084-2004-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la exoneración de
la contratación del Servicio de Soporte Técnico y
Actualización de Versión del Gestor de Base de Datos
Oracle, por tratarse de servicios que no admiten sustitutos
y existe proveedor único.
Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia General
para que realice dicha contratación mediante acciones
inmediatas, por el período comprendido desde el 21 de
febrero de 2008 hasta el 20 de febrero de 2009, y por un
valor referencial de S/. 64 906,97 (SESENTA Y CUATRO
MIL NOVECIENTOS SEIS Y 97/100 NUEVOS SOLES),
incluido IGV.
Artículo Tercero.- La contratación que se efectúe
en virtud de la autorización otorgada por la presente
Resolución se regulará por las disposiciones del
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto
Supremo N° 083-2004-PCM, su Reglamento, aprobado
por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y normas
complementarias.
Artículo Cuarto.- El egreso que irrogue la contratación
objeto de la exoneración a que se ref‌i eren los artículos
precedentes será con cargo a los recursos de la Fuente
de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios del Pliego 019
Contraloría General.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA URBINA MANCILLA
Vicecontralora General de la República
Contralora General (e)
165856-1
REGISTRO NACIONAL
DE IDENTIFICACION
Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales a presuntos responsables de la
comisión de delito contra la fe pública
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 073-2008-JNAC/RENIEC
Lima, 14 de febrero de 2008
VISTOS: El Of‌i cio Nº 0074-2008/GP/RENIEC, de la
Gerencia de Procesos y el Informe Nº 0048-2008-GAJ/
RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, a través de los Informes AFIS Nºs. 014, 059,
041, 125, 061, 023, 026 y 086-2007/INVDEP/SGDI/
GPDR/RENIEC, elaborados por la Sub Gerencia de
Depuración de Identif‌i cación, se detectó que ocho
ciudadanos plenamente identif‌i cados, hicieron insertar
en el Registro Único de Identif‌i cación de Personas
Naturales, declaraciones falsas, obteniendo una segunda
inscripción fraudulenta; dichas inscripciones son las
siguientes:
Informe de
Homologación
Monodactilar
Inscripción
Cancelada
Resolución de
Cancelación de
Inscripción
Nombres y Apellidos
de los presuntos
responsables
Inscripción
Vigente
062/AFIS/2007/DDG/
GPDR/RENIEC 43526270 063-2007/SGDI Nadia Elena Guzmán
Guerrero 00419592
437/AFIS/2007/DDG/
GPDR/RENIEC 43317769 153-2007/SGDI Julio Erwuin Carbajal
Medianero 42094434
300/AFIS/2007/DDG/
GPDR/RENIEC 42926051 148-2007/SGDI Jherly Anita Ramírez
Dahua 43977108
1105/AFIS/2007/DDG/
GPDR/RENIEC 43721599 344-2007/SGDI Janie Esnier Zárate
Abanto 18144937
578/AFIS/2007/DDG/
GPDR/RENIEC 44124869 155-2007/SGDI Elena Ticona Ticona 00504605
136/AFIS/2007/DDG/
GPDR/RENIEC 43547798 105-2007/SGDI Arnaldo Araya
Espinoza 08002143
181/AFIS/2007/DDG/
GPDR/RENIEC 43419802 083-2007/SGDI José Carlos Quiñones
Fernandini 09387330
567/AFIS/2007/DDG/
GPDR/RENIEC 43214029 194-2007/SGDI Percy Javier
Saldarriaga Díaz 25569171
Que, si bien las resoluciones administrativas antes
señaladas, excluyeron def‌i nitivamente la segunda
inscripción, del Registro Único de Identif‌i cación de las
Personas Naturales, los ciudadanos cuyos nombres
aparecen en la relación, se presume, habrían cometido
el delito contra la Fe Pública, en la modalidad de
falsedad ideológica, tipif‌i cado en el artículo 428° del

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