Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delito contra la administración pública

Fecha de publicación09 Enero 2005
Fecha de disposición09 Enero 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 9 de enero de 2005
de depuración inherente al procedimiento administrati-
vo, ha detectado que los ciudadanos no identificados
que registran foto, firma e impresión digital en las Parti-
das de Inscripción Nºs. 19873101, 18181702, 22062138,
Formularios de Identidad Nºs. 13882822, 12205374,
11906617, 11409250, 14854355, quienes dicen llamar-
se HAYDEE GREGORIA MORENO CONDOR, ELIA
MARIA CONTRERAS ESCOBEDO, ANDRES DAMIÁN
BENAVIDES, ESTENIA JIMÉNEZ SOLIS, EPIFANIO
CUELLAR SANTILLÁN, VICTORIA VASQUEZ MEJIA,
CESAR FLORES VIERA y ANTONIA TORRES CORNE-
JO respectivamente, los mismos que, en atención al
principio de veracidad para el procedimiento registral,
solicitaron ante el Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, trámites de rectificación y duplicado, utili-
zando para tal fin sustentos que no les pertenecen con
la intención de usurpar la identidad de terceros, hacien-
do introducir de esta forma datos falsos en el Sistema
del Archivo Nacional de Identificación, cuya organiza-
ción y mantenimiento es encargada al RENIEC;
Que, aun cuando si bien, se ha procedido adminis-
trativamente, esto es, la exclusión del registro de las
inscripciones que fueron materia de suplantación, en
salvaguarda del derecho a la identidad de los ciudada-
nos afectados y en estricto cumplimiento del artículo 67º
incisos 7) y 9) del Decreto Ley Nº 14207 y de la Ley Nº
26497, los hechos antes descritos constituyen indicio
razonable de la comisión de presunto delito Contra la Fe
Pública en las modalidades de Falsedad Ideológica y
Genérica, previstos y sancionados en los artículos 428º
y 438º respectivamente, del Código Penal vigente;
Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría
Jurídica y en atención al considerando precedente, re-
sulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo
de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Iden-
tificación y Estado Civil, para que interponga las accio-
nes legales que correspondan en defensa de los intere-
ses del Estado y del Registro Nacional de Identificación
y Estado Civil, contra los ciudadanos que registran foto,
firma e impresión digital en las Partidas de Inscripción
Nºs. 19873101, 18181702, 22062138, Formularios de
Identidad Nºs. 13882822, 12205374, 11906617,
11409250, 14854355 y los que resulten responsables;
y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17537 y la Ley Nº 26497;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar-
gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re-
presentación de los intereses del Estado interponga
las acciones legales que correspondan, contra los ciu-
dadanos no identificados que registran foto, firma e
impresión digital en las Partidas de Inscripción Nºs.
19873101, 18181702, 22062138, Formularios de Iden-
tidad Nºs. 13882822, 12205374, 11906617, 11409250,
14854355, quienes dicen llamarse HAYDEE GREGO-
RIA MORENO CONDOR, ELIA MARIA CONTRERAS
ESCOBEDO, ANDRES DAMIÁN BENAVIDES, ESTE-
NIA JIMÉNEZ SOLIS, EPIFANIO CUELLAR SANTI-
LLÁN, VICTORIA VASQUEZ MEJIA, CESAR FLORES
VIERA y ANTONIA TORRES CORNEJO
respectivamente; y los que resulten responsables, por
la comisión de presunto delito Contra la Fe Pública en
las modalidades de Falsedad Ideológica y Genérica; en
agravio del Estado y del Registro Nacional de Identifi-
cación y Estado Civil.
Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador
Público encargado de los asuntos judiciales del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a
que se contrae la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
00141
Autorizan a procurador iniciar accio-
nes legales a presuntos responsables
de la comisión de delito contra la
administración pública
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 790-2004-JEF/RENIEC
Lima, 24 de noviembre de 2004
Visto, los Oficios Nº 1297-2004/GAD/RENIEC, Nº
251-2004/GAD/CGP, Nº 1706-2004/GAD/RENIEC, los
Informes Nºs. 039, 053-2004/GAD/CGP y el Informe Nº
1269-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de
Asesoría Jurídica, de fecha de noviembre del 2004.
CONSIDERANDO:
Que, el Comité de Gestión Patrimonial, mediante los
Informes del visto y de las Actas de Toma de Inventario
correspondientes a los años fiscales 2001 y 2002, ha
determinado que los bienes asignados a los funciona-
rios CESAR GAMARRA MALCA y FELIX JIMÉNEZ CHU-
QUE: Computador Portátil COMPAQ ARMADA 112, s/
7645HYC34213 con Código Nº 740805000-0008, Car-
gadores de Batería en General COMPAQ negro y SCH-
210 negro, con Códigos Patrimonial Nº 46221341-0015
y 46221341-0017; y Tarjeta Kofax Adrenaline 1700 SCSI,
serie KB37275 con Código Patrimonial Nº 74080005-
0001, respectivamente, se encuentran en la condición
de faltantes;
Que, los citados ex funcionarios no han demostrado
con precisión donde se encuentran dichos bienes, lo que
hace presumir que los mismos se encuentran en poder de
cada uno, por lo que, de la evaluación de los documentos
del visto se concluye que existe la presunción razonada
que los señores CESAR GAMARRA MALCA y FELIX JIMÉ-
NEZ CHUQUE habrían incurrido en presunto delito contra
la Administración Pública, en la modalidad de Peculado,
conducta descrita en al artículo 387º del Código Penal vi-
gente, dado que el tipo penal describe la conducta de aquel
funcionario o servidor público que se apropia o utiliza, en
cualquier forma, para sí o para otro, caudales o efectos
cuya percepción, administración o custodia le estén con-
fiados por razón de su cargo;
Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría
Jurídica y en atención al considerando precedente, re-
sulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo
de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Iden-
tificación y Estado Civil, para que interponga las accio-
nes legales que correspondan, en defensa de los intere-
ses del Estado y del Registro Nacional de Identificación
y Estado Civil contra CESAR GAMARRA MALCA, FELIX
JIMÉNEZ CHUQUE y los que resulten responsables; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17537 y la Ley Nº 26497;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar-
gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re-
presentación de los intereses del Estado, interponga las
acciones legales que correspondan contra CESAR GA-
MARRA MALCA, FELIX JIMÉNEZ CHUQUE y los que
resulten responsables, por la comisión de presunto de-
lito contra la Administración Pública, en la modalidad de
peculado, en agravio del Estado y del Registro Nacional
de Identificación y Estado Civil.
Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú-
blico encargado de los asuntos judiciales del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a
que se contrae la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
00142

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