Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la falsificación de documentos

Fecha de disposición13 Noviembre 2004
Fecha de publicación13 Noviembre 2004
Pág. 280255
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 13 de noviembre de 2004
documento que la legislación aplicable a estas instituciones
establezca, para mejorar y acondicionar los ambientes físi-
cos destinados al funcionamiento de los Juzgados de Paz
Letrados; asumir los gastos de telefonía fija, radios o celula-
res para los Magistrados; brindar equipo informático, mobi-
liario, útiles de oficina y otros bienes y servicios que se
requieran para el óptimo funcionamiento de los referidos
órganos jurisdiccionales y asegurar una mejor atención al
público; en el marco de la delegación otorgada y que resul-
ten necesarios para el cabal cumplimiento del encargo.
Asimismo, el Presidente del Poder Judicial podrá partici-
par y suscribir los referidos Convenios, Acuerdos, Actas de
colaboración o Entendimiento de considerarlo pertinente.
La instalación de los referidos Juzgados de Paz Letra-
dos deberá realizarse dentro de los 30 días siguientes a la
publicación de la presente Resolución. Debiendo, el Presi-
dente de la Corte Superior de Justicia de Lima remitirá al
Consejo Ejecutivo el informe respectivo”.
Artículo Segundo.- Modifíquese el artículo quinto de la
Resolución Administrativa Nº 190-2004-CE-PJ, su fecha
18 de octubre del año en curso, el mismo que tendrá el
siguiente texto:
“Artículo Quinto.- Autorizar a los Presidentes de las
Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco y La
Libertad para que adopten todas las medidas y acciones
que sean necesarias para la implementación y adecuado
cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Encontrándose facultados, principalmente, para lo si-
guiente:
- Seleccionar, en coordinación con el Ministerio del Inte-
rior la Comisaría y los ambientes en los que funcionará el
Juzgado de Paz Letrado, y de acuerdo a ello, determinar la
o las Comisarías PNP que, para las denuncias o procesos
por faltas penales, serán atendidas por el referido Juzgado.
- Ampliar o reducir la competencia territorial de los Juzga-
dos de Paz Letrados recientemente creados, y de acuerdo a
ello, variar la o las Comisarías PNP que, para las denuncias o
procesos por faltas penales, serán atendidas por el Juzgado
de Paz Letrado, previo análisis y estudio respectivo.
- Declarar como Sedes Judiciales los ambientes de las
Comisarías que se destinen para la instalación de los Juz-
gados de Paz Letrados, objeto de la presente resolución.
- Suscribir con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Lo-
cales: Provinciales o Distritales, u otras instituciones públicas
o privadas y/o los representantes de las otras partes intervi-
nientes, Convenios, Acuerdos, Actas de Colaboración o de
Entendimiento u otro documento que la legislación aplicable
a estas instituciones establezca, para mejorar y acondicionar
los ambientes físicos destinados al funcionamiento de los
Juzgados de Paz Letrados; asumir los gastos de telefonía
fija, radios o celulares para los magistrados; brindar equipo
informático, mobiliario, útiles de oficina y otros bienes y servi-
cios que se requieran para el óptimo funcionamiento de los
referidos órganos jurisdiccionales y asegurar una mejor aten-
ción al público; en el marco de la delegación otorgada y que
resulten necesarios para el cabal cumplimiento del encargo.
Asimismo, el Presidente del Poder Judicial podrá partici-
par y suscribir los referidos Convenios, Acuerdos, Actas de
colaboración o Entendimiento de considerarlo pertinente.
La instalación de los referidos Juzgados de Paz Letrados
deberá realizarse dentro de los 30 días siguientes a la publi-
cación de la presente Resolución. Debiendo los Presidentes
de las mencionadas Cortes Superiores de Justicia remitir al
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el respectivo informe”.
Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución
a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio del Interior,
Ministerio de Justicia, Cortes Superiores de Justicia de Lima,
Arequipa, Cusco y La Libertad, y la Gerencia del Poder
Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
HUGO SIVINA HURTADO
WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO
ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉN
EDGARDO AMEZ HERRERA
LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ
20489
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Autorizan a procurador iniciar accio-
nes legales a presuntos responsables
de la falsificación de documentos
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA
PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL
Nº 131-2004-P-PJ
Lima, 8 de noviembre de 2004
VISTO:
El Memorándum Nº 459-2004-RNC-GSJR-GG/PJ, del
Jefe del Registro Nacional de Condenas; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante OF. RE(SCP-DAL-ASN) Nº 4/078 C/A,
de fecha 26 de julio del 2004, la Directora de Protección al
Nacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita al
Jefe del Registro Nacional de Condenas, que se informe si
el Certificado Judicial de Antecedentes Penales corres-
pondiente a Gloria Susana Campodonico Quinto ha sido
emitido por dicha entidad;
Que, a través del Oficio Nº 673-2004-RNC-GSJR-GG/
PJ, de fecha 12 de agosto del 2004, el Jefe del Registro
Nacional de Condenas comunica que el mencionado certi-
ficado de antecedentes penales es falso;
Que, los hechos antes expuestos constituyen presuntos
ilícitos penales los cuales deben ser debidamente investi-
gados por las autoridades correspondientes a fin de de-
terminar las responsabilidades del caso, en consecuencia
resulta necesario autorizar a la Procuradora Pública del
Poder Judicial, a fin de que inicie las acciones legales
pertinentes ante las autoridades respectivas;
Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial D.S.
Nº 017-93-JUS; y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537
sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio mo-
dificado por Decreto Ley Nº 17667;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la Procuraduría Pública
a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para
que inicie las acciones legales pertinentes contra Gloria
Susana Campodonico Quinto, por los hechos expuestos
en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Remitir copia de esta Resolución,
así como los antecedentes del caso a la mencionada
Procuradora Pública, para los fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO SIVINA HURTADO
Presidente
20564
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA
PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL
Nº 132-2004-P-PJ
Lima, 8 de noviembre de 2004
VISTO:
El Memorándum Nº 437-2004-RNC-GSJR-GG/PJ, del
Jefe del Registro Nacional de Condenas; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Memorándum Nº 437-2004-RNC-GSJR-
GG/PJ, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, comu-
nica que el día 21 de setiembre del 2004, se acercó a la
ventanilla del Registro Nacional de Condenas la Sra. Ana
Elvira Campos Nacarino de Espinoza portando una Carta
Poder legalizada por el señor Notario Dr. Cesar Francisco
Torres Kruger, con la cual pretendía realizar el trámite para
obtener el Certificado Judicial de Antecedentes Penales a
nombre de la Srta. Gabriela Espinoza Campos;

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