106 123-2006-CG - Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de diversos delitos en agravio de la Municipalidad Provincial de Lampa

Fecha de disposición28 Abril 2006
Fecha de publicación28 Abril 2006
Pág. 317565
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 28 de abril de 2006
al Magistrado Coordinador, por parte de la Oficina de
Administración de la sede y de la Jefatura de
Administración Distrital de esta Corte Superior.
Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en
conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,
Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General
del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación y la Oficina de
Administración Distrital.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
MARÍA ZAVALA VALLADARES
Presidenta de la Corte Superior
de Justicia de Lima
07538
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 152-2006-P-CSJL/PJ
Mediante Oficio Nº 465-2006-RA-P-CSJL(FVS), la
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima
solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución
Administrativa Nº 152-2006-P-CSJL/PJ, publicada en la
edición del 27 de abril de 2006.
DICE:
Artículo Segundo.- DISPONER la REINCORPO-
RACIÓN del doctor JAIME AMADO ALVAREZ GUILLEN
como Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de
Lima, debiendo integrar la Quinta Sala Especializada en
lo Civil de Lima, quedando conformada la misma de la
siguiente manera:
Quinta Sala Especializada en lo Civil:
Jaime Amado Alvarez Guillen (T) Presidente
María Elena Palomino Thompson (T)
Rosa María Ubillus Fortini (T)
DEBE DECIR:
Artículo Segundo.- DISPONER la REINCORPO-
RACIÓN del doctor JAIME AMADO ALVAREZ GUILLEN
como Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de
Lima, debiendo integrar la Quinta Sala Especializada en
lo Civil de Lima, quedando conformada la misma de la
siguiente manera:
Quinta Sala Especializada en lo Civil:
María Elena Palomino Thompson (T) Presidenta
Jaime Amado Alvarez Guillen (T)
Rosa María Ubillus Fortini (T)
07505
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
CONTRALORÍA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales contra presuntos responsables
de diversos delitos en agravio de la
Municipalidad Provincial de Lampa
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 123-2006-CG
Lima, 26 de abril de 2006
VISTO, el Informe Especial Nº 042-2006-CG/ORPU,
resultante del Examen Especial efectuado a la
Municipalidad Provincial de Lampa, Región Puno, por el
período comprendido del 1.ENE.2003 al 31.DIC.2004,
incluyendo operaciones anteriores y posteriores al
período citado; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Contraloría General de la República, dispuso
la ejecución de una acción de control no programada a la
Municipalidad Provincial de Lampa, a fin de determinar si
la entidad ha dado cumplimiento a los objetivos y metas
institucionales en observancia a la normatividad legal
aplicable, referente a la adquisición de bienes,
contratación de servicios y el correcto uso de los
recursos del Estado; incidiendo en la verificación de las
presuntas irregularidades denunciadas;
Que, como resultado de la acción de control, la
Comisión Auditora ha evidenciado que se emitieron
cheques sin que exista la documentación que sustente
la conformidad y recepción de los bienes y/o servicios,
habiéndose generado un perjuicio económico a la
municipalidad ascendente a S/. 13 000,00; hechos que
hacen presumir la existencia de indicios razonables de
la comisión de los delitos de Abuso de Autoridad, Omisión,
rehusamiento o demora de actos funcionales y Peculado,
previstos y penados en los artículos 376º, 377º y 387º
Que, por otro lado se ha evidenciado un pago irregular
de S/. 5 600,00 por la elaboración de un expediente
técnico, sin que se haya prestado el servicio respectivo;
para dichos efectos, se emitió el comprobante de pago,
la orden de servicio, la conformidad del mismo y el cheque
respectivo, consignando en los mismos el nombre de un
supuesto locador; hechos que hacen presumir la
existencia de indicios razonables de la comisión de los
delitos de Peculado y Contra la Fe Pública, en las
modalidades de Falsedad Ideológica y Genérica,
previstos y penados en los artículos 387º, 428º y 438º
Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del
Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y de la Contraloría General de la República,
constituye atribución de este Organismo Superior de
Control, disponer el inicio de las acciones legales
pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador
Público, en los casos en que la ejecución directa de una
acción de control se encuentre daño económico o
presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al
Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de
la Contraloría General de la República, el inicio de las
acciones legales respectivas contra los presuntos
responsables comprendidos en el Informe de Visto;
De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley
Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control
y de la Contraloría General de la República, y el Decreto
Ley Nº 17537 y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador
Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría
General de la República, para que en nombre y
representación del Estado, inicie las acciones legales
correspondientes por los fundamentos expuestos en la
parte considerativa de la presente resolución, contra los
presuntos responsables comprendidos en el Informe de
Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del
caso.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO MATUTE MEJÍA
Contralor General de la República
07453
J N E
Declaran improcedentes e infundada
impugnaciones interpuestas contra
resoluciones emitidas por el Jurado
Electoral Especial de Ica
RESOLUCIÓN Nº 428-2006-JNE
Expediente Nº 315-2006
Lima, 22 de abril de 2006

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR