1094 848-2005-MTC/02 - Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra funcionario por presunta comisión de delito de usurpación de funciones

Fecha de disposición24 Noviembre 2005
Fecha de publicación24 Noviembre 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 24 de noviembre de 2005
contar con la autorización otorgada por autoridad
competente, en la ruta Tacna - Ilo de ámbito nacional,
infracción calificada como muy grave, acarreando una
multa de cinco (5) UIT;
Que, mediante Oficio Nº 045-2005-SUTTYC, de fecha
19 de agosto de 2005 dirigido al Director General de
Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, el Sindicato de Trabajadores
Nombrados de la Dirección Regional de Transportes y
Comunicaciones de Tacna denunció que mediante
Memorándums Nº 535, 534 y 562 DRTC.T/GR.TACNA
de fechas 5 y 17 de agosto de 2005, el Director Regional
de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional
de Tacna, Ingeniero Edilberto Montalván Saavedra,
ordenó la libertad de los vehículos con placas de rodaje
Nºs. SK-9576, BK5406 y BK-3592, usurpando funciones
que no le corresponden;
Que, asimismo, denuncian que la multa imputada a
dichos vehículos ascendían a (05) UIT debido a que
habrían incurrido en la comisión de la infracción tipificada
con el código 0.2 del Anexo I del Reglamento Nacional
de Administración de Transportes, aprobado por Decreto
Supremo Nº 009-2004-MTC y sus modificatorias, sin
embargo el mencionado funcionario público dispuso que
los propietarios de los vehículos paguen sólo la suma de
S/.330.00 nuevos soles;
Que, mediante Memorándum Nº 2259-2005-MTC/15,
el Director General de la Dirección General de Circulación
Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
pone a conocimiento del Procurador Público encargado
de los asuntos judiciales de este Ministerio, la denuncia
efectuada por el Sindicato de Trabajadores Nombrados
de la Dirección Regional del Gobierno Regional de Tacna,
así como un análisis de los antecedentes adjuntados a
dicha denuncia, concluyendo que es necesario que el
Procurador Público formalice la denuncia correspondiente
contra el Ingeniero Edilberto Montalván Saavedra ante el
Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de
usurpación de funciones;
Que, el Reglamento Nacional de Administración de
Transportes, en su artículo 13º, en concordancia con la
Primera Disposición Transitoria, establece que el
organismo competente para ejercer las funciones de
supervisión, detección, imposición y ejecución de
sanciones por incumplimiento de las normas o
disposiciones que regulan el servicio de transporte
interprovincial de personas de ámbito nacional y del
transporte de mercaderías, es la Dirección General de
Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, a través de la Dirección de Fiscalización
y Control de Servicios;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 1677-2005-
MTC/15 de fecha 4 de abril de 2005, la Dirección General
de Circulación Terrestre, en ejercicio de sus
competencias, designó para la fiscalización de los
servicios de transporte terrestre interprovincial de
personas de ámbito nacional en el Gobierno Regional de
Tacna a 7 inspectores, los cuales se encargarían de
realizar acciones de control y de ser el caso de la
detección de infracciones, pudiendo levantar Actas de
Verificación, mas no se les delegó la facultad de imponer
sanciones ni la ejecución de las mismas, funciones que
son exclusivas de la Dirección General de Circulación
Terrestre;
Que, en virtud a lo expuesto en el considerando
anterior, las Actas de Verificación debieron ser remitidas
a la Dirección General de Circulación Terrestre para la
tramitación del procedimiento administrativo sancionador
y liberación de los vehículos internados, no debiendo
ninguna autoridad administrativa del Gobierno Regional
de Tacna avocarse a conocer dicho procedimiento;
Que, de lo expuesto, ha quedado demostrado que el
Director Regional de Transportes y Comunicaciones del
Gobierno Regional de Tacna, Ingeniero Edilberto
Montalbán Saavedra ha ejecutado actos administrativos
para los cuales no tenía competencia, toda vez que le
correspondía a la Dirección General de Circulación
Terrestre pronunciarse sobre los pedidos efectuados
por las empresas de transporte respecto a la liberación
de los vehículos usados para el transporte regular de
pasajeros en el ámbito nacional;
Que, el accionar de este funcionario público, constituye
indicio razonable de la comisión del Tipo Penal de Usurpación
de Funciones, regulado en el artículo 361º del Código Penal
demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado,
es necesaria la expedición previa de la Resolución
Ministerial autoritativa;
Que, en consecuencia, estando a lo informado por el
Director de Remuneraciones y Pensiones, mediante
Memorando Nº 1679-2005-MTC/11.03, en el cual señala
que la Administración no ha recepcionado pago alguno
por parte de don CÉSAR FRANCISCO RODRÍGUEZ
YRIGOYEN, conforme a lo señalado en el Memorando
Nº 1369-2005-MTC/10.04 de la Dirección de Tesorería
de la Oficina General de Administración, corresponde
autorizar al Procurador Público del Sector, para que en
representación y defensa de los intereses del Estado,
inicie y culmine las acciones legales que correspondan
contra don CÉSAR FRANCISCO RODRÍGUEZ
YRIGOYEN;
Que, con Informe Nº 1341-2005-MTC/11.AL la
Asesora Legal de la Oficina General de Recursos
Humanos opina que es necesario que se autorice al
Procurador Público del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, para que en representación y defensa
de los intereses del Estado interponga las acciones
judiciales correspondientes, a fin de recuperar lo
adeudado;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de
Nºs. 17537 y 17667, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo
Nº 041-2002-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo
de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, para que en representación y defensa
de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones
legales que correspondan contra don CÉSAR
FRANCISCO RODRÍGUEZ YRIGOYEN y los que
resulten responsables, por los hechos descritos en la
parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución
Ministerial, así como los antecedentes del caso al
mencionado Procurador Público, para los fines
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
19887
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales contra funcionario por presunta
comisión de delito de usurpación de
funciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 848-2005-MTC/02
Lima, 21 de noviembre de 2005
VISTO:
El Memorándum Nº 2259-2005-MTC/15 de fecha 15
de setiembre de 2005, emitido por la Dirección General
de Circulación Terrestre y el Informe Nº 2301-2005-MTC/
08 emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sobre
la procedencia de iniciar acciones legales por presunto
delito de usurpación de funciones en que habría incurrido
el Director Regional de Transportes y Comunicaciones
del Gobierno Regional de Tacna;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las Actas de Verificación Nºs. 000004-
05-DGCT-MTC, 000005-05-DGCT-MTC y 000003-05-
DGCT-MTC, la Dirección Regional de Transportes de
Tacna, impone a las unidades vehiculares con placas de
rodaje Nºs. SK-9576, BK-5406 y BK-3592, respec-
tivamente, la infracción Nº 02 al ser encontradas
prestando el servicio de transporte de personas sin

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