Laudo del Tribunal de Arbitraje (Superintendencia nacional de aduanas y de administracion tributaria), 14-02-2011
Sentido del fallo | No se indico en el laudo el numero del contrato. Pretension de la demanda fue declarada infundada. |
Ruc | 20131312955 |
Partes | SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA vs SOFTWARE SA |
Fecha | 14 Febrero 2011 |
Tipo de proceso | AD HOC |
Materia | Materias Controvertidas;Pago;Resolución del contrato |
0
0001
LAUDO
ARBITRAL
LAUDO
ARBITRAL
AD
HOC
DE
DERECHO
EMITIDO
POR
EL
`RBITRO
NICO
DOCTOR
JUAN
CARLOS
MORN
URBINA
EN
EL
PROCESO
ARBITRAL
SEGUIDO
POR
LA
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL
DE
ADMINISTRACIN
TRIBUTARIA
SUNAT
Y
LA EMPRESA
SOFTWARE
SA
SOFTWARE
SOBRE LA
LICITACIN
PBLICA
N
00232005
SUNAT
2G3100
Y
OTROS
Resolucin
N
38
En
la
ciudad
de
Lima
con
fecha
14
de
febrero
de
2011
en
sede
del
`rbitro
nico
sita
en
Av
Gregorio
Escobedo
cuadra
7
s
n
distrito
de
Jesœs
Mara
provincia
y
departamento
de
Lima
el
`rbitro
nico
Doctor
Juan
Carlos
Morn
Urbina
emite
el
Laudo
Arbitral
en
el
proceso
arbitral
iniciado
por
la
empresa
SOFTWARE
SA
SOFTWARE
contra
la
Superintendencia
Nacional
de
Administracin
Tributaria
SUNAT
ANTECEDENTES
1
De
la
relacin
contractual
Con
fecha
13
de
octubre
de
2005
la
Superintendencia
Nacional
de
Administracin
Tributaria
en
adelante
la
SUNAT
convoc
a
la
Licitacin
Pœb˝ica
N
00232005
SUNAT
2G3100
Primera
Convocatoria
con
el
objeto
de
seleccionar
a
œna
persona
natural
y
o
jurdica
para
lÆ
adquisicin
de
licencias
de software
y
seguimiento
del
servicio
El
valor
referencia
de
la
convocatoria
ascenda
a
US
249501
00
DOSCIENTOS
CUARENTA
Y
NUEVE
MIL
QUINIENTOS
UNO
Y
00
100
DLARES
AMERICANOS
incluido
los
impuestos
de
Ley
Con
fecha
05 de
diciembre
de
2005
la
empresa
Software
SA
en
adelante
SOFTWARE
obtuvo
la
Buena
Pro
de
la
Licitacin
Pœblica
N
00232005
SUNAT
2G3100
Primera
Convocatoria
para
la
adquisicin
de
licencias
de software
y
seguimiento
del
servicio
Con
fecha
10 de
enero
de
2006
la
SUNAT
y
SOFTWARE
celebraron
un
Contrato de
Compraventa
por
la
adquisicin
de
Licencias
de
Software
para
pruebas
de
Software
y
uimiento
de
servicio
y
un
Contrato
de
Prestacin
Acces
i
por
el
Servicio
de
Garanta
de
en
Funcionamiento
por
dos
2
aæos
El
monto
pactado
como
contraprestacin
por
la
Comp
venta
de
los
bienes
fue
US
154098
70
CIENTO
CINCUENTA
Y
CUATRO
MIL
NOVENA
Y
OCHO
Y
70
100
DLARES
AMERICANOS
y
el
monto
pactado
como
contrae
estacin
por
el
seguimiento
del
servicio
fue
US
20
552
00
VEINTE
MIL
QUINIE
TOS
CINCUENTA
Y
DOS
Y
00
100
DLARES
AMERICANOS
on
rme
consta
en
el
Acta
de
Reunin
de
fecha
19
de
mayo
de
2006
en
dicha
fecha
se
II
a
cabo
la
reunin
para
la
revisin
del
proyecto
de
Software
de
Testing
Compuware
co
la
Æ
stencia
de
SOFTWARE
y
de
miembros
de
la
Oficina
de
Investigacin
Tecnolgica
y
d
i
de
Calidad
de
la
SUNAT
En
dicha
reuæin
se
acord
que
el
proveedor
deba
leva
tar
la
tota
dad
de
b
rvaciones
que
le
haban
sido
entregadas
con
fecha
lmite
del
5
de
j
io
de
2006
Asimismo
SUNAT
aclar
a
SOFTWARE
que
la
conformidad
del
producto
625655
OC
1
000002
sera
dada
cuando
concluyan
las
pruebas
integrales
del
producto
las mismas
que
se
iniciaran
al
cerrar
el
100
de
las
observaciones
presentadas
Mediante
Carta
N
831
2006
SUNAT
2G3000
de
fecha
27 de
julio
de
2006
la
SUNAT
puso
en
conocimiento
de
SOFTWARE
las
observaciones
a
los bienes
entregados
a
fin
que
las
subsane
otorgÆndosele
un
plazo
no
mayor
a
cinco
05
das
para
subsanar
las
observaciones
formuladas
en
las actas
de
reunin
de
fecha
19 de
mayo
de
2006
y
06
de
julio
de
2006
Mediante
Carta
Notarial
N
903
2006
SUNAT
2G3000
de
fecha
15
de
agosto
de
2006
al
no
cumplir
SOFTWARE
con
subsanar
las
observaciones
formuladas
se
le
indic
que
en
caso
no
cumpla
con
ello
la
SUNAT
podrÆ
resolver
el
contrato
sin
perjuicio
de
aplicar
las
penalidades
que
correspondan
Mediante
Carta
Notarial
N
954
2006
SUNAT
2G3000
de
fecha
28 de
agosto
de
2006
la
SUNAT
comunic
a
SOFTWARE
que
al
no
haber
respuesta
alguna
a
pesar
de
las diversas
comunicaciones
cursadas
se
reitera
el
cumplimiento
de
las
obligaciones
bajo
apercibimiento
de
resolver
el
contrato
Mediante
Carta
Notarial
N
084
2006
SUNAT
2G0000
de
fecha
25 de
setiembre
de
2006
la
SUNAT
en
aplicacin
de
lo
dispuesto
en
literal
c
del
artculo
41
del
Texto
nico
Ordenado
de
la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
aprobado
por Decreto
Supremo
N
083
2004PCM
en
adelante
la
Leyyen
concordancia
con
los
artculos
225
226
y
233
de
su
Reglamento
aprobado
por
Decreto
Supremo
N
084
2004PCM
en
adelante
el
Reglamento
resolvi
el
Contrato
de
Compraventa
y
el
Contrato
de
Prestacin
Accesoria por
el
Servicio
de
Garanta
de
Buen
Funcionamiento
suscritos
en
fecha
10
de
enero
de
2006
en
el
marco
de
la
Licitacin
Pœblica
N
00232005
SUNAT
2G3100
Primera
Convocatoria
2
Del
arbitraje
Mediante
Carta
s
n
de
fecha
06 de
octubre
de
2006
SOFTWARE
present
una
solicitud
de
arbitraje
a
la
SUNAT
con
la
que
dio
respuesta
a
la
Carta
Notarial
N
084
2006
SUNAT
2G0000
de
fecha
25 de
setiembrØ
de
2006
enviada
por
la
SUNAT
Con
cha
02 de
mayo
de
2007
SOFTWARE
solicit
al CONSUCODE la
designacin
del
Ærbitr
Por
O
icio
N
18942007
CONSUCODE
OCAA
de
fecha
16
de
mayo
de
2007
el
Jefe
de
la
fici
a
de
Conciliacin
y
Arbitraje
Peruano
del
Consejo
Superior
de
Contrataciones
y
d
isiciones
del
Estado
en
adelante
CONSUCODE
Franz
Kundmller
Caminiti
urn
I
Doctor
Juan
Carlos
Morn
Urbina
que
en
cumplimiento
de
la
legislacin
vigente
e
pidi
la
Resolucin
N
267
2007
CONSUCODE
PRE
del
16
de
mayo
de
2007
por
medio
de
la
e
nado
como
`rbitro
nico
para
pronunciarse
sobre
la
controversia
surgida
n
e
SOFTW
y
la
SUNAT
62565
DOC
1
ti
000000
I
Por
carta
de
fecha
21
de
mayo
de
2007
el
suscrito
acept
la
designacin
como
`rbitro
nico
en
el
proceso
seguido
entre
SOFTWARE
y
la
SUNAT
Por
Oficio
N
21942007
CONSUCODE
OCAA
de
fecha
OS
de
junio
de
2007
se
cit
al
Doctor
Juan
Carlos
Morn
Urbina
a
la
Audiencia
de
Instalacin
del
proceso
seguido
entre
SOFTWARE
y
la
SUNAT
a
llevarse
a
cabo
el
da
11
de
junio
de
2007
Con
fecha
11
de
junio
de
2007
se
llev
a
cabo
la
Audiencia
de
Instalacin
del
`rbitro
nico
en
donde
se
otorg
a
SOFTWARE
un
plazo
de
veinte
20
das
a
fin de
que
presente
su
demanda
de conformidad
con
el
numeral
15
del
Acta
N
056
2007
CONSUCODE
Acta
de
Instalacin
de
`rbitro
nico
Por
escrito
s
n
de
fecha
10 de
julio
de
2007
SOFTWARE
present
su
escrito
de
demanda
el
mismo
que
fue
tramitado
mediante
Resolucin
N
1
de
fecha
18
de
julio
de
2007
en
donde
se
otorg
a
la
SUNAT
un
plazo
de
veinte
20
das
a
fin
de
que
exprese
lo
conveniente
a
su
derecho
A
travØs
del
referido
escrito
SOFTWARE
interpuso
demanda
de
cumplimiento
de
obligacin
pago
de
dlares
e
ineficacia
de
resolucin
de
contrato
por
abuso
de
derecho
contra
la
SUNAT
ademÆs
de
los
intereses
devengados
y
de
las costas
y
costos
procesales
en
relacinala
ejecucin
de
los
contratos
suscritos
con
la
SUNAT
de
i
Compra
venta
y
ii
Prestacin
accesoria
por
el
servicio
de
garanta
de
buen
funcionamiento
suscritos
con
fecha
10
de
enero
de
2006
Adicionalmente
SOFTWARE
al
considerar
que
los
puntos
materia
de
controversia
son
meramente
tØcnicos
solicit
que
se
sirva
designar
dos
Ingenieros
Industriales
o
de
Sistemas
como
peritos
especializados
a
efectos
de
evaluar
los
trabajos
realizados
por
SOFTWARE
y
contrastarlos
con
las
Bases
de
la
convocatoria
y
la
propuesta
tØcnica
aceptada
por
la
SUNAT
Por
escrito
N
1
de
fecha
17
de
agosto
de
2007
la
SUNAT
comunic
que
no
se
le
haba
corrido
traslado
de
la
demanda
que
deba
presentar
SOFTWARE
en
el
plazo
de
veinte
20
das
por
lo
que
solicit
se
le
informe
si
ha
sido
presentada
as
como
que
se
indique
el
do
en
que
se
encuentra
el
proceso
arbitral
Por
e
rito
N
2
de
fecha
18
de
setiembre
de
2007
la
SUNAT
cumpli
con
presentar
su
escrito
de
contestacin
de
la
demanda
A tra
Øs
del
referido
escrito
la
SUNAT
seæal
que
la
demanda
interpuesta
era
xte
porÆnea
dado
que
la
normativa
sobre
la
materia
no
haba
previsto
expresamente
la
os
ilid
de
interponerse
arbitraje
en
la
ejecucin
del
procedimiento
de
resolucin
de
ntrat
sino
cuando
Østa
ya
se
haba
efectuado
AdemÆs
seæal
que
SOFTWARE
no
c
mplio
con
precisar
la
designacin
del
Ærbitro
ni la
sucinta referencia
a
la
controversia
s
a
cuanta
conforme
dispone
el
artculo
276
del
Reglamento
toda
vez
que
los
pl
os
estable
idos
para
cada
etapa
en
el
procedimiento
arbitral
son
de
caducidad
6256
S
DOC
1
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba