Laudo del Tribunal de Arbitraje (Sociedad electrica del sur oeste s.A.), 05-10-2010

Sentido del falloEl laudo indica que fue el centro de arbitraje quien designó al árbitro único. No se indico en el laudo el numero del contrato.
Ruc20100188628
PartesSOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A. vs CODIMSUR S.R.L.
Fecha05 Octubre 2010
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
MateriaMaterias Controvertidas;Pago
i
CENTRO
DE
Calle
Quezada
704
Yanahuara
Il
ryy
Perœ
TelØfonos
054
253920
054
607309
Fax
054
254320
a
ARBITRAJE
Email
arbiraje
camara
aregwpa
org
pe
CAma
de
Comerooeiedusrria
de
Arqumi
WWW
CdnlarJ
areytl˝
1
rg
Je
CENTRO
DE
ARBITRAJE
DE
LA
C`MARA
DE
COMERCIO
E
INDUSTRIA
DE
AREQUIPA
TRIBUNAL ARBITRAL
LAUDO ARBITRAL
EXPEDIENTE
N
001
2010
TA
CCIA
PETICIONANTES
CODIMSUR
SR
L
SOCIEDAD
ELCTRICA
DEL
SUR
OESTE
SA
MATERIA
LAUDO
ARBITRAL
Correspnde
emitir
Laudo
Arbitral
conforme
al
artculo
32
del
Reglamento
del
Centro
de
Arbitraje
de
la
CÆmara
de
Comercio
e
Industria
de
Arequipa
estimando
gue
ls
documentos
acortados
ls
peticionantes
por
lo
que
toda
cita
en
el
Laudo
se
refiere
a
los
mismos
han
facilitado
la
formacin
de
criterio
del
Tribunal
Arbitral
para
resolver
esta
controversia
En
Arequipa
a
los
cinco
das
del
mes
de
octubre
de dos
mil
diez
sesion
el
Tribunal
Arbitral
con
la
asistencia
del
seæor
Ærbitro
œnico
doctor
CØsar
Cornejo
Samanez
1
TECEDENTES
w
Æ
El
de
febrero
de 2010
Codimsur
S
RL
formul
Peticin
de
Arbitraje
al
Centro
de
a
A
itra
de
la
CÆmara
de
Comercio
e
Industria
de
Arequipa
para
que
a
travØs
de
su
l
m
r
buna
Arbitral
proceda
a
resolver
la
controversia
surgida
con
Sociedad
ElØctrica
Del
te
SA
derivada
del
Contrato
de
Ejecucin
de
la
Obra
de
Cambio
de
Tensin
N
de P
ueæo
Sistema
ElØctrico
La
Joya
celebrado
entre
ambas
partes
el
09
de
junio
de
2En
cumplimiento
del
Reglamento
del
Centro
la
Secretara
General
mediante
c
unicacin
de 23 de
febrero
de 2010
notific
a
Sociedad
ElØctrica
del
Sur
Oeste
SA
la
Peticin
de
Arbitraje
presentada
concediØndole
el
plazo
de
cinco
05
das
para
su
contestacin
Adicionalmente
se
hace
conocer
el
costo
total
del
arbitraje
y
el
pago
que
deben
asumir
ambas partes
J
La
Secretara
General
cit
a
las
partes
a
Audiencia
de
Conciliacin
Previa
la
que
tuvo
lugar
en
primera
citacin
el
da
18 de
marzo
de
2010
con
presencia
de
representantes
de
ambas
partes
acordando
las
mismas
que
el
presente
proceso
sea
conocido
por
`rbitro
nico
cuya
designacin
deba
producirse
por
acuerdo
de
Østas
en
consideracin
el
Cuadro
de
`rbitros
del
Centro
No
habiØndose
arribado
a
acuerdo
segœn
comunicacin
de
30
de
marzo
de
2010
cursada
por
Codimsur
S
R
L
se
solicita
al
Centro
el
nombrar
al
citado
profesional
Con
fecha
07
de
mayo
de
2010
la
Secretara
del
Centro
comunica
que
el
Consejo
Ejecutivo
de
Arbitraje
del
Centro
de
Arbitraje
de
la
CÆmara
de
Comercio
e
Industria
de
Arequipa
en
sesin
de
esa
fecha
procedi
a
designar
aleatoriamente al
doctor
CØsar
Cornejo
Samanez
como
Ærbitro
de
este
proceso
Efectuada
la
comutcacin
de
12
de
mayo
de
2010
por
la
Secretara
del
Centro
al
doctor
CØsar
Cornejo
Samanez
sobre
su
designacin
como
Ærbitro
œnico
el
20
de
mayo
de
2010
puso
en
conocimiento
de
la
Secretara
yde
las
partes
la
vinculacin
laboral
mantenida
con
la
empresa
demandada
durante
el
aæo
2009
lo
que
a
su
vez
es
puesto
en
conocimiento
de
las
partes
mediante
comunicacin
de 25 de
mayo
de
2010
Codimsur
SR
L
como
Sociedad
ElØctrica del
Sur
Oeste
SA
expresan
el
O1
y02 de
Junio
de
Afil
adn
a
la
i
m
aion
Interamer
r
na
de
rbitraie
Comenial
CiAC

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