Laudo del Tribunal de Arbitraje (Seguro social de salud), 03-06-2019

Sentido del falloNo se ubico proceso en el seace no se ubico ruc del contratista
Ruc20131257750
PartesSEGURO SOCIAL DE SALUD vs Consorcio Siemens
Fecha03 Junio 2019
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Devolución de garantías;OTROS,COSTOS Y COSTAS DEL PROCESO
'.
Árbitro Único
Ricardo Gandolfo Cortés
Caso arbitral:
Consorcio Siemens - ESSALUD
Arbitraje seguido entre
CONSORCIO SJEMENS
(Demandante)
y
SEGURO SOCIAL DE SALUD
(Demandada)
~.
LAUDO
'11
~
Árbitro Único
."
"
Ricardo Gandolfo Cortés
,
I
Secretaría Arbitra!
l:"
Tatiana Meza Loarte
l
C'\
I
I
l'
i
/1
.\\/--
\
,
Página 1 de
21 \
Caso arbitral:
Consorcio Siemens - ESSAlUD
Árbitro Único
RicMdo Gandolfo Corte,
CARÁTULA DE LAUDO ARBITRAL
Número de Expedie,nte de Instalación: 1473.2018.
Demandante: Consorcio Siemens.
Demandado: Seguro Social de Salud.
Contrato (Número y Objeto): Contrato N° 4600026231 para la Adquisición de equipos de
alta tecnologías (Cámaras Gamma).
Monto del Contrato: Dos millones trescientos siete mil seiscientos cuarenta
y
ocho
y
aa/lOO
Soles (5/2'307,648.00).
Cuantía de la Controversia: Doscientos treinta mil setecientos sesenta
y
cuatro y 80/100
Soles (5/230,764.80).
Tipo
y
Número de proceso de selección: Licitación Pública por PSA
N° 006-2007.
E55ALUD/GCL.
Monto de los honorarios del Árbitro Único: Siete mil cuatrocientos ochenta y seis y 12/100
501es) (5/),486.12).
Monto de los honorarios de la Secretaría Arbitral: Cuatro mil setecientos sesenta
y
siete
y
43/100 501es) 5/4,767.43.
Arbitro Único: Ricardo Gandolfo Cortés.
Secretaría Arbitral: Tatiana Meza loarte.
Fecha de emisión del laudo: 03 de junio de 2019
Número de folios: 21
Pretensiones (controversias relacionadas a las siguientes materias):
[7JNulidad, invalidez, inexistencia y/o ineficacia del contrato
[7JResolución de contrato
IZIAmpliación del plazo contractual
rn
Defectos o vicios ocultos
i1lFormulación, aprobación o valorización de metra dos
[l]Recepción y conformidad
Elliquidación y pago
rnMayores gastos generales
rnIndemnización por daños y perjuicios
1?JEnriquecimiento sin causa
rnAdicionales
y
reducciones
rnAdelantos
rnPenalidades
[1j
Ejecución de garantías
X Devolución de garantías
Botros( especificar) .
Página 2 de Z1
"
Caso arbitr~l:
Consorcio Sieme'ls -
ESSAlUD
Árbitro Único
Ricardo Gandolfo Cortés
En lima, a los 03 días del mes de junio del año dos mil diecinueve, el Árbitro Único, luego de
haber realizado las actuaciones arbitrales de conformidad con la ley y las normas
establecidas por las partes, actuados los medios probatorios, escuchado los argumentos
sometidos a su análisis
y
examinado las pretensiones planteadas en la demanda,
y
contestación, dicta el laudo siguiente:
1. INSTALACiÓN DEL ÁRBITRO ÚNICO
1. Con fecha 22 de octubre de 2018, se realizó la audiencia de instalación en los términos
que se consigna en el acta respectiva, contándose con la asistencia de ambas partes.
11. NORMATIVA APLICABLE AL PRESENTE ARBITRAJE
2. La norma aplicable al presente caso es la Ley de Contrataciones del Estado - aprobada
por Decreto Supremo N
Q
o83-2004-PCM, en adelante "la Ley", y el Reglamento de la Ley-
aprobado por Decreto Supremo W o84-2004-PCM, en adelante "el Reglamento" o
"RLCE".
111.DE LA DEMANDA
). El Consorcio Siemens (en adelante el Demªod.anJ;e o el Consorcio o el C.9..nir.ª-tista.)con
fecha 09 de noviembre de 2018, presentó su demanda arbitral contra el Seguro Social
de Salud (en adelante la Deman.dad.a o la Entidad o
ESSALJlD),
estableciendo como
pretensiones:
Primera Pretensión Principal: Se declare que las obligaciones derivadas del
Contrato N
Q
4600026231, en adelante el Contrato, se han cumplido en su
totalidad.
Pretensión Accesoria a la Primera Pretensión Principal: Como consecuencia de
amparar la Primera Pretensión Principal, se ordene a la Entidad la devolución
de la carta fianza que mantiene en su poder como garantía de fiel
cumplimiento de/ Contrato.
Pretensión Subordinada
Q
la Primera Pretensión Principal: En el supuesto de
que no se ampare la Pretensión Principal, el Árbitro Único señale
específicamente cuáles son/as obligaciones derivadas del Contrato pendientes
de
cumplimiento.
Pretensión Accesoria a la Pretensión Subordinada de la Primera Pretensión
Principal: Consecuencia de amparar la Pretensión Subordinada a la Primera
Pretensión Principal, el Árbitro Único declare si dichas obligaciones pendientes
de cumplimiento son física y/o jurídicamente posibles de cumplir.
Primera Pretensión Accesoria a la Pretensión Accesoria a la Pretensión
I
Subordinada a la Primera Pretensión Principal: Consecuencia de amparar la'
Pretensión Accesoria a la Pretensión Subordinada a la Primera Pretensión
Principal, el Árbitro Único ordene que aquellas obligaciones pendientes
d~
¡ .
Página 3 de 21\
<._/

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR