Laudo del Tribunal de Arbitraje (Proyecto especial de infraestructura de transporte descentralizado), 10-11-2010

Sentido del falloSe declaro infundada una pretension cuantificable de la demanda.
Ruc20380419247
PartesPROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO vs CONSORCIO VIAL RECUAY
Fecha10 Noviembre 2010
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Penalidades;OTROS,INEFICACIA DE RESOLUCION
CONSORCIO VIAL RECUAY
(Demandante o Contratista)
Y,
PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE
TRANSPORTE DESCENTRALIZADO (PROVIAS
DESCENTRALIZADO)
(Demandado o La Entidad)
LAUDO ARBITRAL DE DERECHO
Miembros del Tribunal Arbitral
Dr. Manuel De La Jara Gutiérrez (Presidente)
Dr. Gregario Martin Ore Guerrero (Árbitro)
Dra. Rosa Albina Ato Muñoz (Árbitro)
Secretario del Tribunal
Dr. Juan José Pérez Rosas Pons
ARBITRAJE DE DERECHO
CONSORCIO VIAL RECUAY - PROVIAS DEsCENTRALIZADO
OOl
1
o
ÍNDICE
1. CONVENIO ARBITRAL. 3
II. DESIGNACION DE ARBITRO S E INSTALACIÓN DEL TRIBUNAL
ARBITRAL 4
III. HECHOS REFERIDOS A LA CONTROVERSIA MATERIA DE
ARBITRAJE .4
IV. PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA EFECTUADA POR EL CONSORCIO
VIAL RECUAY CON FECHA 11 DE MARZO DE 2009 8
V. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA EFECTUADA POR PROVIAS
DESCENTRALIZADO DE FECHA 21 DE ABRIL DE 2009 15
VI. AUDIENCIA DE INSTALACION DEL TRIBUNAL ARBITRAL
SANEAMIENTO, Y FIJACION DE PUNTOS CONTROVERTIDOS Y
ADMISION DE MEDIOS PROBATORIOS 26
VII. PRESENTACION DE ALEGATOS ESCRITOS 28
VIII. AUDIENCIA DE DE INFORMES ORALES 28
IX. PLAZO PARA LAUDAR. 29
X. CUESTIONES PRELIMINARES 29
XI MARCO LEGAL APLICABLE '" 30
XII. ANALISIS SOBRE LA EXCEPCION DE INCOMPETENCIA DEL TRIBUNAL
ARBITRAL SOBRE LA ARBITRABILIDAD DE LA PRETENSIÓN DE
ENRIQUESIMIENTO SIN CAUSA ; 31
XIII ANALISIS DE LOS PUNTOS CONTROVERTIDOS 33
XIV. LAUDO .45
2
ARBITRAJE DE DERECHO
CONSORCIO VIAL RECUAY - PROVIAS DESCENTRALIZADO
Resolución 17
005
En Lima, a los 10 días del mes de noviembre del año dos mil diez, el
Tribunal Arbitral, integrado en la forma señalada, luego de haber
realizado las actuaciones arbitrales de conformidad con la ley y las
normas establecidas por las partes, actuada la prueba, . escuchado los
argumentos sometidos y deliberado en torno a las pretensiones
planteadas en la demanda y en la excepción de incompetencia
contenida en la contestación de la demanda, por unanimidad, dicta el
laudo siguiente:
l. EXISTENCIA DE UN CONVENIO ARBITRAL
Con fecha 20 de febrero de 2006, las partes suscribieron el Contrato
W 386-2006-MTC/22
para la elaboración del Estudio Definitivo de
Ingeniería del Proyecto:
"Rehabilitación y Mejoramiento de la
Carretera Huarmey - Aija - Recuay, Tramo: Huambo Baja - Recuay",
por un monto de
SI.
2'358,261.18 Nuevos Soles y un plazo de
ejecución de 210 días calendario.
En la Cláusula Décimo Tercera del referido contrato se estipuló que
cualquier controversia que surja desde la celebración del contrato, se
resolverá mediante arbitraje, el mismo que será NACIONALy de
DERECHO conforme a lo dispuesto en el artículo 273° del
Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 084-
2004-PCM.
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3
ARBITRAJE DE DERECHO
CONSORCIO VIAL RECUAY - PROVIAS DESCENTRALIZADO
El arbitraje será resuelto por un Tribunal Arbitral compuesto
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tres árbitros. Cada una de las partes designará a un árbitro y am~_
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