Laudo del Tribunal de Arbitraje (Proyecto especial de infraestructura de transporte descentralizado), 24-01-2014

Sentido del falloEn el laudo no se indico el proceso de seleccion, monto del contrato y del valor referencial, asi como la designacion que realizo cada parte para la conformacion del tribunal arbitral.
Ruc20380419247
PartesPROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO vs CONSORCIO VIAL LA LIBERTAD
Fecha24 Enero 2014
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Ejecución de garantías;Pago;Resolución del contrato
CAII, R'M6N Rlb'r"" 672
01'<1" 305,
Mi"lIo"" T,II.'
(511)
242.mO / 241.09H
\1,"WW,MARcpnW.COM, C(IN'A(:TE~05@MA,I/<:P[ RU.COM
Tribvnol Albi'rol-PROVIAS
OESCENTRAlJIADO
con
el
CONSORCIO
VIAL
lA
LISERTAD
Marco
A/llonlo Motlin"z lom%
tuis Felipo
1¡011
Coyo
Lucio
Otcáh .•"ul JoimeoJ
LAUDO ARBITRAL
LAUDO ARBITRALDE DERECHODICTADO EN ELPROCESOSEGUIDO POR EL MINISTERIODE
TRANSPORTESY COMUNICACIONES - PROVIAS DESCENTRALIZADO CONTRA EL
CONSORCIO VIAL LA LIBERTAD,ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CONFORMADO POR LOS
ABOGADOS MARCO ANTONIO MARTlNEZ ZAMORA (PRESIDENTE),LUIS FELIPEISASI CAYO
(ARBITRO)Y LUCIO OSCATEGUI JAIMES(ARBITRO)
RESOLUCiÓNN' 23
Lima, 24 de enero del año 2014
LASPARTES,ELCONTRATO Y LA EXISTENCIADE CONVENIO ARBITRAL
El dio 4 de diciembre de 2009, el MINISTERIODE TRANSPORTESY COMUNICACIONES-
PROVI S- DESCENTRALIZADO. PTRD len adelante, MINISTERIO o DEMANDANTE) y el
CONSORCIO VIAL LA LIBERTAD (en adelante, CONSORCIO o DEMANDADO),
suscritJieron el Contrato de Ejecución de Obra No, 456-2009-MTC/21, "Contrato de
Ejecución de Obra de Rehabilitación del Camino Vecinal: OTUZCO - TAR~JIHUAL_
PANGO - LA LIBERTAD - TAMBILLO - SURUPAMPA - LLAUGUEDA - DV, SURUPAMPA
(LONG 41.15 KM). departamento de La Libertad" len adelante, CONTRATO)
En lo cláusula Trigésima Sexla del CONTRATO, se estipuló que cualquiera de las partes
tenía derecho a iniciar un arbitraje, con el propósito de resolver las controversias que
se presenten durante la ejecución contractual.
11. INSTALACiÓN DEL ARBITRAJE
~ El dio de enero de 2012 se realizó la audiencia de instalación del Tribunal Arbitral,
oportunidad en la que los árbitros declararon haber sido debidamente designados de
acuerdo a ley y
01
convenio arbitral celebrado, ratificando su aceptación al cargo y
señalando que no tenían ninguno incompatibilidad ni compromiso alguno con las
partes, obligándose a desempeñar con imparcialidad y probidad la labor
encomendado.
Se dejo constancia que ninguno de las portes impugnó o reclamó contra el contenido
de la referida Acta de Instalación, por el contrario, fue suscrita en señal de
conformidad.
Expedienle OO¡-2012fMARCPERU/ADM/MSCV
::t
Coso Arbitrol
MINISTERIODE lRANSPORTE$'f COMUNICACIONES - PROYIAS DESCENTRALIZADO _ PTRD & El CONSORCIO Y'Al1UBERTA
Pagino I oe 33
El
SOpORTE idEAl PARA
SU
ARbiTRAjE '\
-¡L,/;
'j,
/-
:'~
/
-_
..
__
._------_._-
Tribl,ll'Kll
Albilraf-I'RQVIAS DESCENrRAHZADO con
el
CONSORCIO VIAL lA UBER1AO
Marco An'ollio Morlinltl
Zomora
Luis Fffllpo
(JOJi
Coyo
Lvc;io OJcóloQlIl Joim&l
111. DEMANDA PRESENTADAPOREl MINISTERIO
Mediante escrito ingresado el día 11 de junio de 2012, el MINISTERIOinterpuso
demanda arbitral contra el CONSORCIO. en la que solicita lo siguiente:
111.1.PRETENSIONESPRINCIPALES
PRIMERA:Se declare ineficaz la resolución del CONTRATO efectuada por el
CONSORCIO mediante Carta 040-2010-CVLL de fecha 15 de octubre de
2010 Y en consecuencia se declare la validez de la Resolución Directoral
1180-201G-MTC/21 que resolvió el CONTRATOpor parte de la MINISTERIO.
- SEGUNDA: Se disponga la ejecución de la carta fianza emitida como
garantía de fiel cumplimiento, al haber el contratista incumplido sus
obligaciones contractuales.
T RCERA:Se declare la resolución del CONTRATO por causas imputables al
C NSORCIO.
CUARTA:Se ordene el pago al CONSORCIO por concepto de resarcimiento
de los daños
y
perjuicios ocasionados al MINISTERIOpor el monto de
S/.2'667,059.83 (Dos millones Seiscientos Sesenta
y
Siete mil Cincuenta
y
Nueve con 83/1001 nuevos soles
y
los intereses que genere hasta la fecha
efectiva del pago.
QUINTA: Se le condene al CONSORCIO con los costos
y
costas relacionados
al presente proceso arbitral.
111.2.ANTECEDENTES:
1. Mediante Addenda 01 al CONTRATO,el acto de entrega se realizó el día 31 de
marzo de 2010, iniciándose legalmente el 01 de abril de 2010, siendo su fecha de
término contractual programado para el día 27 de setiembre de 2010, de
conformidad al plazo de ejecución establecido en 180 días calendario.
2. Con fecha 11 de enero de 2010, se suscribió el Contrato 009-201Q-MTC/21 entre
PROVIASDESCENTRALIZADO
y
la empresa SERVIDIVINO SACo representado por la
Ing. Martha Judith Paredes Vignola. encargándosele la Supervisión de la obra por
un monto de SI. 199,121.57por un plazo de 195 días calendario a partir de la fecha
de la entrega de terreno
y
hasla la liquidación de la Obra
y
de la Supervisión.
Expediente N" 001-2012/MARCPERU/ADM/MSCV
:=r
Caso ArbilroJ
MINISTERIODE TRANSPORTESY COMUNICACIONES - PROVIAS DESCENTRALIZADO. PTRD & El CONSORCIO
VI.
Al lA LIBE
P69;002 de 33
El
SOPORTE idEAl PARA SU ARbiTRAJE
I
"
tt.
C~lll RAM6"1j
RibEYIlO
bn
Of¡ci~",
m~.
MIRAHoREs
ldl.:
()tI) 242~3UO
1241-09~}
\l,'\A'IJo'.MAlKpERU.COI'tt,
COI\TAClElI/m@MARcp£RU.COM '.
-----_/-<. "
-'--.-/
____________ "' ••__ ~~•• 4 __ ••_ ••__ ._ •••_ ••__
T,ibuna!
Arbltral-
PROVIAS
DESCENTRAlnAOO
con
01 CONSORCIO VIAL LA U8ERTAD
Morco AntoniO'
Morfin.:
lamorO'
tuiJ
Folip"
',oJI
Cayo
Lucio
OJcótogll{ Jojml;tJ
plasmados en un ocIa de compromiso para reverlir el atraso de obra. Endicha
acta. el representante legal del CONSORCIO reconoce el atraso de obra
y
se
compromete o adoptar una serie de medidas para reverlirlo. Dichos acuerdos
fueron incumplidos por el CONSORCIO.
La Oficina de Coordinación Zonal La Libertad. luego de evaluar el informe
especial
y
analizar la información remifida por la Supervisión Externa. determinó
que el CONSORCIO evidenciaba una falta de capacidad financiera además
de incapacidad técnica debido a la ausencia del Ingeniero residente. El
incumplimiento de los plazos asícomo la paralización de obra en la que incurrió
el CONSORCIO son causales de resolución del CONTRATO. por lo que
recomendaron apercibir a esfa última parte. para que asuma su
responsabilidad ante el incumplimiento presentado
y
se proceda a intervenir
económicamente la obra o resolverla.
Dentro de las causales de resolución del contrato incurridas por el CONSORCIO,
se mencionan las siguientes:
a) Incumplimiento injustificado de los plazos de ejecución de obra: El
avance acumulado ejecutado al mes de julio del 2010 era de 18%,
siendo que el avance acumulado reprogramado a esa fecha debería
serde 29.51%.
Paralización injustificada de obra: El CONSORCIO paralizó
injustificadamente sus actividades lo cual motivó una comunicación de
la Supervisión Externa, el día 08 de junio [Carta W 051-2010-SDNSAC).El
Ingeniero residente no se encontraba en obra para efectuar
coordinaciones.
c) Incapacidad económica
y
técnica para
la
normal continuación de los
trabajos: Esto debido a la ausencia del Ingeniero Residente en obra,
situación que se fue dando de manera consecutiva
y
periódica. Esta
situación fue puesta de manifiesto al CONSORCIO mediante carta
N°05J-2010-SDNSACdel 08 de junio del 2010. emitida por la Supervisión
Externa. Ademós se cuenta con dos actas de constatación suscritaspor
el Teniente Gobernador del Cercado de Otuzco que certifica que los
días 28 de junio
y
09 de julio del 2010 el Ingeniero Residente no se
encontraba en obra. Asimismo. la incapacidad económica se ve
reflejada en la falta de materiales para la ejecución de las obras de
arte, situación que fuera advertida en el cuaderno de obra.
d) El equipo ofertado no se encuentra operalivo: Esto se acredita con las
anotaciones del cuaderno de obra, en las que la Supervisión Externa
manifiesta el deficiente abastecimiento de combustible que perjudica el
Expediente N"OOl.2012/MARCPERUJADM/MSCV
?r"
Coso Arotlrol
M;NISTERIO DE TRAN$?ORTES
y
COMUNICA.CI.9f'lES - PROVIASP,ESq:NTRAlIZADO ~
PT,Rl?
&
E~ CONSORCIO VIAVlA lIBERT
P09'no 4 de 33
ti
SOPORTE IdEAl PARA SU ARbITRAJE ( .
------------------------+---
(2/
("IIE
RAMÓI';
RILEYRO
bn
GliCINA
}05. Mhl:MIOJlES
ldf.:
(511)242.}lm /241.09':
L
\\'\\/\\i.M.\IKPflW.COM,
CO~TACTE~O!>@MAR(PERU.COM '; ~
-----¡-=-r- ",
'-
''-----
_ •••_,¡ ,.••.,,'__ '__
n_ ""'.,~_""',._~,.,_,__~_, ._.._. _

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR