Laudo del Tribunal de Arbitraje (Proyecto especial infraestructura de transporte nacional - provias nacional), 07-04-2014

Sentido del falloEn el laudo no se indico el monto del valor referencial,monto del contrato y el nº de contrato.
Ruc20503503639
PartesPROYECTO ESPECIAL INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL - PROVIAS NACIONAL vs PESAJE Y CONTROL EIRL
Fecha07 Abril 2014
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
MateriaMaterias Controvertidas;Conformidades;Indemnización por daños y perjuicios;Pago;Recepción;Resolución del contrato
..
CENTRO DE
ARBITRAJE
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laudo Arbitral Exp. N" 87-2009
PúSAJE yCONTROL - PRO VíAS NACIONAL
Exp. W 87-2009
PESAJE Y CONTROL - Provías Nacional
LAUDO ARBITRAL DE DERECHO
DEMANDANTE: PESAJE Y CONTROL E.I.R.L. (en adelante,
PESACON
o
el DEMANDANTE)
DEMANDADO: PROYECTO ESPECIAL INFRAESTRUCTURA
DE TRANSPORTE NACIONAL - PROVIAS
NACIONAl: DEI: MINIS"FERIO--DE--
~~~~~~~~~~~~~~~~~TRANSPORTES~Y--COMUNICACIONES~(en
adelante, PRovíAS NACIONAL
o
el
DEMANDADO)
TIPO DE ARBITRAJE:
TRIBUNAL ARBITRAL:
SECRETARIA ARBITRAL:
De Derecho
Carlos Ruska Maguiña (Presidente)
Luz Monge Talavera
Juan Valdivieso Cabada
Silvia Rodriguez Vásquez
Se etaria General de Conciliación
y
Arbitraje
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CENTRO DE
ARBITRAJE
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PONTIFICIA
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~ CATOLICA
~ DEL PERU
laudo Arbitral Exp. 87-2009
PESAJE
Y CONTROl-
PRovíAS NACIONAL
,
Resolución W 86
En Lima, a los 07 días del mes de abril del año 2014, el Tribunal Arbitral, luego de
haber realizado las actuaciones arbitrales de conformidad con la ley y con las
normas establecidas por las partes, escuchados los argumentos sometidos a su
consideración y deliberado en torno a las pretensiones planteadas en la demanda y
contestación de la demanda, dicta el siguiente laudo para poner fin, por decisión de
las partes, a la controversia planteada.
1.
Existencia del Convenio Arbitral e Instalación del Tribunal Arbitral
1.1 El Convenio Arbitral
1.2 Instalación del Tribunal
Está contenido en la Cláusula Décimo Sétima del Contrato de Adquisición de
Bienes 223-2008-MTC/20 (en adelante, CONTRATO) celebrado en fecha
31 de octubre de 2008, en el cual las partes acordaron que las controversias
~ que_surjal1_s-,~]Jle_la_ejecución, interpretación, resolución, inexistencia,
~.~~~~~~ineficacia,_Dulidad o invalidez del CONTRATO, se resolverán mediant-e---
conciliación y/o arbitraje, bajo la organización dei-C-entro deAnálisisy---.--
Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (en
adelante, el CENTRO).
I
i
I
El 19 de octubre de 2009, se llevó a cabo la Audiencia de Instalación de
Tribunal Arbitral, donde se declaró instalado al Tribunal y abierto el proceso
arbitral. Cabe mencionar y dejar constancia que ninguna de las partes ha
impugnado o reclamado contra el contenido del Acta de Instalación, cuyas
reglas aceptaron.
11.
Normatividad aplicable al Proceso Arbitral
2
Conforme a lo establecido en el Acta de Instalación, son de aplicación al
presente proceso arbitral, el Reglamento de Arbitraje del CENTRO, el Decreto
Legislativo 1071, Decreto Legislativo que norma el Arbitraje. Asimismo, se
estableció e discrepancias de interpretación o de insuficien .
de I reglas que antecede, I Tribunal Arbitral resolverá en forma de itiva
del oda que considere apropi do.
CENTRO
DE
ARBITRAJE
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PONTIfiCIA
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~ CATOLICA
~ DEL PERU
Laudo Arbitral Exp. N° 87-2009
P"SAJE y CONTROl- PRO VíAS NACIONAL
111. De la Demanda Arbitral presentada por PESAJE Y CONTROL E.I.R.L.:
3.1. Mediante escrito de fecha 9 de noviembre de 2009, PESAJE Y CONTROL
E.I.R.l interpone su demanda arbitral contra PRovíAS NACIONAL, en virtud
de la controversia suscitada por la resolución del CONTRATO celebrado con
fecha 31 de octubre de 2008.
3.2. Como primera pretensión principal, PESACON solicita que el Tribunal Arbitral
declare válida y eficaz la resolución de CONTRATO efectuada por PESACON
mediante Carta Notarial de fecha 23 de junio de 2009, por incumplimiento de
las obligaciones esenciales contractuales del CONTRATO, yen consecuencia
ordene a PRovlAS NACIONAL el pago que corresponde a la suma de SI. 1,
200,000.00 Nuevos Soles.
3.3. Como segunda pretensión principal, el DEMANDANTE solicita que el Tribunal
Arbitral ordene que PROVIAS NACIONAL cumpla con emitir el Acta de
Conformidad de Recepción de Bien conforme a la Cláusula Décima del
CONTRATO.
3.4. ~olllO-!erc;erª-PLetElnsLó'lprincipql,~eLDEMANDANTE solicLta~que~se~o[dene
--ª~~~~
PROVIAS NACIONAL para que cumpla con pagar a PESACON una
Indemnización por daños
y
perjuicios por responsabilidad contractual
equivalente a la suma de SI. 1, 200,000.00 Nuevos Soles, el cual ha sido
disgregado de la siguiente manera:
3
1) Pago objeto del Contrato ascendente al monto de SI. 524,310.00
(Quinientos veinticuatro mil trescientos diez y 00/100) Nuevos Soles todo
costo incluido el IGV;
2) Pago por Daño Emergente: SI. 160,293.00 (Ciento sesenta mil doscientos
noventa y tres y 100/00) Nuevos Soles;
3) Pago por lucro cesante equivalente a SI. 320, 586.00 (Trescientos veinte mil
quinientos
y
00/100) Nuevos Soles;
4) Interés y gastos administrativos sobre el capital por la suma de S/
176,958.00 (Ciento setenta y seis mil novecientos cincuenta y ocho
y
00/100) Nuevos Soles; y
5) Interés, gastos administrativos y gastos bancarios sobre Carta Fianza, por
el monto de S/.19,488.60 (Diecinueve mil cuatrocientos ochenta y ocho
y
60/10 uevos Soles.

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