Laudo del Tribunal de Arbitraje (Provias departamental), 20-10-2005

Sentido del falloInformacion solo del laudo laudo no indica proceso de seleccion
Ruc20380419247
PartesPROVIAS DEPARTAMENTAL vs CONSORCIO ACRUTA Y TAPIA INGENIEROS SAC
Fecha20 Octubre 2005
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Pago;OTROS,INCOMPETENCIA
O
r
O
oS
21
L
LAUDO
ARBITRAL DE
DERECHO
RESOLUCIN
N
12
CASO
No
005
2005
CONSUCODE
SNCA
Se
expide
el
presente
laudo
por
unanimidad
a
los
20
das
del
mes
de octubre
del
2005
en
la
sede
del
Tribunal
Arbitral
ubicado
en
CONSUCODE
Av
Gregorio
Escobedo
cuadra
7
sn
distrito
de
Jesœs
Mara
`RBITROS
DR
CARLOS
PAITAN
CONTRERAS
Presidente
Tribunal
Arbitral
DR
HOOVER
OLIVAS
VALVERDE
`rbitro
DR
LUIS
FERNANDO
PEBE
ROMERO
`rbitro
Q
DEMANDANTE
CONSORCIO
ACRUTA
TAP
IA
INGENIEROS
SAC
HIDROINGENIERIA
SRL
JORGE
SILVA
URBINA
INGENIEROS
SRL
A
Qœien
en adelantØ
se
le
denominarÆ
indistintamente
Consorcio
g
demandante
o
recurrente
DEMANDADO
PROVIAS
DEPARTAMENTAL
A
quien
en
adelante
se
le
denominarÆ
indistintamente
la
Entidad
Demanda
o
contratante
Lima
20 de
Octubre
del
2005
1
I
ANTECEDENTES
11
Existencia
de
Convenio
Arbitral
Por
documento
de
fecha
05 de
diciembre
de
2002
el
Consorcio
Demandante
y
la
Entidad
Contratante
suscribieron
el
Contrato
de
Supervisin
de
Obra
cuyos
tØrminos
y
condiciones
se
encuentran
detallados
en
el
contrato
No
343
2002
MTC
22
en
cuya
clÆusula DØcimo
Tercera
se
estableci
expresamente
el
sometimiento
de
las
partes
a
la
jurisdiccin
arbitral
a
efectos
de resolver
cualquier
controversia
desavenencia
o
reclamacin
resultante
como
consecuencia de
la
celebracin
del
contrato
en
mencin
12
Designacin
de
`rbitros
e
Instalacin
del
Tribunal
Arbitral
De
acuerdo
a
lo
previsto
por
la
clÆusula
arbitral
en
mencin
y
al
haberse
suscitado
una
controversia
entre
las
partes
con
relacin
al
contrato
celebrado
el
Consorcio
Demandante
formul
peticin
de
arbitraje
designando
como
Ærbitro
al
doctor
Luis
Fernando
Pebe
Romero
Dicha
peticin
fue
aceptada
por
la
Entidad
Contratante
nombrando
como
Ærbitro
al
doctor
Hoover
Olivas
Valverde
Posteriormente
y
debido
a
que
los
Ærbitros
elegidos
por
las
partes
no
llegaron
a
un
acuerdo
respØcto
Æl
PrØsidØætØ
dØl
Ti
ibuæal
ArbitrÆl
Consorci
Demandante
solicit
la
designacin
del
mismo
al
Consejo
Superior
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
CONSUCODE
la
cual
recay
en
el
doctor
Carlos
PaitÆn
Contreras
Una
vez
constituido
el
rgano
colegiado
con
fecha
02 de
febrero
de
2005
se
llev
acabo
la
Audiencia
de
Instalacin
del
Tribunal
Arbitral
en
la
cual
se
estableci
que
el
arbitraje
sera
regulado
conforme
a
las
reglas
establecidas
en
dicha
audiencia
y
2
en
su
defecto
de
acuerdo
a
lo
dispuesto
por
el
Texto
nico
Ordenado
de
la
Ley
No
26850
DS
012
2001PCM
y
su
Reglamento
DS
013
2001PCM
Es
preciso
resaltar
que
el
Acta
de
Instalacin
del
Tribunal
Arbitral
fue
suscrita
por
todas
las
partes
en
seæal
de
conformidad
con
las
reglas
all
dispuestas
13
Sobre
la
Demanda
1
Con
fecha
17
de
febrero
de
2005
el
Consorcio
Demandante
interpuso
demanda
de
indemnizacin
por
enriquecimiento
indebido
a
efectos
que
la
Entidad
Contratante
cumpla
con
pagarle
la
suma
total
de
S
235929
00
Doscientos
treinta
y
cinco
mil
y
novecientos
veintinueve
y
00
100
Nuevos
Soles
incluido
IGV
con
precios
referidos
al
mes
de
febrero
de
2002
por
concepto
de
la
ampliacin
de
Plazo
No
5
por
sesenta
y
nueve
69
das
calendario
y
mayorØs
costos
de
supervisin
aprobado
por
Resolucin
Directoral
No
391
2004
MTC
22
correspondientes
alos
servicios
prestados
en
el
perodo
comprendido
del
13
de
junio
al
20 de
agosto
de
2004
Asimismo
hace
extensivo
su
pedido
al
pago
de
las
costas
y
costos
respectivos
2
Basa
su
pedido
en
el
hecho
que
con
fecha
05
de
diciembre
de
2002
las
partes
suscribieron
el
contrat
No
342
2002
MTC722
dstinÆd
aal
desarroll
dØl
servicio
de
supervisin
y
control
de
la
obra
Rehabilitacin
yReconstruccin
de
la
Carretera
Cajamarca
San
Marcos
Cajabamba
Tramo
Cajamarca
San
Marcos
El
Consorcio
Demandante
alega
que
las
primeras
cuatro
4
ampliaciones
de
plazo
brindadas
a
la
supervisin
sumaron
en
total
ciento
diecisiete
117
das
calendario
3

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