Laudo del Tribunal de Arbitraje (Provias nacional), 05-08-2005

Sentido del falloEl laudo declara infundadas las pretensiones principales primera, cuarta y quinta las mismas que eran cuantificadas el laudo declara infundadas las pretensiones subordinada primera a la primera principal y subordinada primera a la cuarta principal las mismas que eran cuantificadas
Ruc20503503639
PartesPROVIAS NACIONAL vs VICTORIO AMERICO GUALTIERI - BARTOS ASOCIADOS
Fecha05 Agosto 2005
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
MateriaMaterias Controvertidas;Enriquecimiento sin causa;Formulación, aprobación o valorización de metrados;Indemnización por daños y perjuicios;Liquidación;Pago;OTROS,incompetencia del tribunal por materia no arbitrable; mayores labores de mantenimiento de tránsito; mayores trabajos; mayores metrados; reajustes;
o
2
LAUDO
ARBITRAL
LAUDO
ARBITRAL
DE
CONCIENCIA
DICTADO
EN
EL
ARBITRAJE
SEGUIDO
POR
VICTORIO
AMRICO
GUALTIERI
BARTOS
ASOCIADOS
CONTRA
EL
PROYECTO
ESPECIAL
DE
INFRAESTRUCTURA
DE
TRANSPORTE NACIONAL
PROV˝AS
NACIONAL
ANTE
EL
TRIBUNAL
ARBITRAL
INTEGRADO
POR
LOS
DOCTORES
FERNANDO
CANTURRIAS
SALAVERRY
ERNESTO
C`CERES
MERCADO
y
JOS
TALAVERA
HERRERA
CASO
ARBITRAL
N
892
32
2004
RESOLUCION
N
25
Lima
5
de
agosto
de
2005
VISTOS
I
ANTECEDENTES
11
EXISTENCIA
DE
UN
CONVENIO
ARBITRAL
Con
fecha
9
de
agosto
de
1996
el
PROYECTO
ESPECIAL
DE
INFRAESTRUCTURA
DE TRANSPORTE
NACIONAL
PROVEAS
NACIONAL
en
adelante
PROV˝AS
y
VICTORIO
AMRICO
GUALTIERI
BARTOS
ASOCIADOS
en
adelante
ASOCIADOS
celebran
el
Contrato
de
Obra
No
127
96
MTC
1503
PERT
02
Obras
de
Rehabilitacin
a
nivel
de
asfaltado
de
la
Carretera
La
Merced
Satipo
Tramo
2
Shankivironi
Satipo
en
adelante
EL CONTRATO
En
las
clÆusulas
67
3
de
las
Condiciones Generales
y
67
3
de
las
Condiciones
Particulares
de
EL
CONTRATO
se
estipul expresamente
el
sometimiento
al
arbitraje
administrado
por
el
Centro
de
Conciliacin
y
Arbitraje
Naci
fR
o
CiAIRO
DE
CONCILFIlCICN
K
4
dp BFTRNf
N
CIQ
AL
E
IMTE
N4CI0
J
88g
Internacional
de
la
CÆmara
de
Comercio
de
Lima
en
adelante
el
CENTRO
de
conformidad
con
sus
Reglamentos
vigentes
12
DESIGNACIN
DE
`RBITROS
E
INSTALACIN
DEL TRIBUNAL
ARBITRAL
AI
haberse
suscitado
una
controversia
entre
las
partes
en
relacin
a
EL
CONTRATO
ASOCIADOS
design
como
Ærbitro
al
Dr
Ernesto
CÆceres
Mercado
Por
su
parte
PROVEAS
design
como
Ærbitro
al
Dr
Richard
Martin
Tirado
Por
su
parte
ambos
Ærbitros
designados
se
pusieron
de
acuerdo
respecto
al
nombramiento
del
tercer
miembro
y
Presidente
del
Tribunal
Arbitral
en
el
Dr
Fernando
Cantuarias
Salaverry
Cabe
resaltar
que
las
partes
han
aceptado
plenamente
la
designacin
de
este
Tribunal
Arbitral
al
no
haber
recusado
a
los
Ærbitros
ni
manifestado
razn
alguna
para
dudar
de
su
independencia
e
imparcialidad
Con
fecha
13
de
agosto
de
2004
se
instal
el
Tribunal
Arbitral
En
el
Acta
de
Instalacin
se
estableci
que
al
proceso arbitral
le
seran
de
aplicacin
el
Reglamento
Procesal
de
Arbitraje
en
adelante
el
REGLAMENTO
del
CENTRO
y
la
Ley
General
de
Arbitraje
Ley
No
26572
en
adelante
LGA
segœn
corresponda
y
adicionalmente
las
reglas
que
constan
en
dicha
Acta
o
las
que
el
Tribunal
Arbitral
determine
posteriormente
Asimismo
se
dispuso
que
en caso
de
discrepancias
de
interpretacin
o
de
insuficiencia
de
las
reglas
antes
indicadas
el
Tribunal
Arbitral
resolverÆ
en
forma
definitiva
del
modo
que
considere
apropiado
Cabe
resaltar
que
el
Acta
de
Instalacin
del
Tribunal
Arbitral
fue
suscrito
por
todas
las
partes
en
seæal
de
plena
conformidad
con
las
reglas
all
dispuestas
Por
œltimo cabe
aclarar
que
ninguna
de
las
partes
ha
impugnado
o
r
E
oa
contra
el
contenido
del
Acta
de
Instalacin
CE41
E
COhC1UFClON
T
T
4A8kRME
NfC10
IIITE
WCIONNI
J
2
i
888
13
DE
LA
CUESTIN
PREVIA
ACERCA
DEL
TIPO
DE
ARBITRAJE
Tal
y
como
consta
del
Acta de
Instalacin
de
este
Tribunal
Arbitral
al
momento
de
la
instalacin
las
partes
sometieron
a
consideracin
de
este
colegiado
una
controversia
acerca
del
tipo
de
arbitraje
de
derecho
o
de
conciencia
conflicto
que
el
Tribunal
Arbitral
dispuso
que
fuera
resuelto
antes
de
que
se
declarara
abierta la
etapa
postulatoria
para
lo
cual ambas
partes
y
el
Tribunal
Arbitral
acordaron
un
procedimiento
a
seguir
Observado
escrupulosamente
el
procedimiento
acordado
mediante
Resolucin
No
02 de 25
de
agosto
de
2004
el
Tribunal Arbitral
dispuso
que
el
presente
arbitraje
es
uno
de
CONCIENCIA
Seguidamente
se
otorg
a
ASOCIADOS
el
plazo
de
diez
10
das
para
que
presente
su
demanda
14
RENUNCIA
DE
UNO
DE LOS
`RBITROS
Y
DESIGNACIN
DE
SU
SUSTITUTO
Mediante
comunicacin
de
fecha
2 de
septiembre
de
2004
el
doctor
Richard
Martin
Tirado
presenta
renuncia
a
su
calidad
de
Ærbitro
por
motivos
de
ndole
profesional
la
que
es
puesta
en
conocimiento
de
las
partes
al
da
siguiente
PROVEAS
mediante
escrito
de
fecha
6
de
septiembre
de
2004
acepta
la
renuncia
y
procede
a
designar
como
Ærbitro
al
doctor
JosØ
Talavera
Herrera
quien
acepta
el
encargo
correspondiente
Conforme
a
lo
dispuesto
en
el
œltimo
pÆrrafo
del
artculo
35
del
REGLAMENTO
los
plazos
de
este
proceso
arbitral
estuvieron
suspendidos
hasta
que
se
confirm
al
nuevo
Ærbitro
O
G
RC
O
C
TRO
Dl
COxG
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T
Q
AABkR
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3
JJ
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s

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