Laudo del Tribunal de Arbitraje (Provias departamental), 04-10-2005

Sentido del falloEl laudo fue expedido en mayoria y se adjunta el voto singular del arbitro luis alfonso de la torre odar
Ruc20509438014
PartesPROVIAS DEPARTAMENTAL vs CONSORCIO COSAPI - TRANSLEI
Fecha04 Octubre 2005
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
MateriaMaterias Controvertidas;Pago;OTROS,mayor costo de obra; incremento de petroleo; gastos arbitrales
Expediente
N
058
2005
CONSUCODE
LAUDO
ARBITRAL
Laudo
Arbitral
de
Derecho
emitido
por
mayora
de
los
miembros
del
Tribunal
Arbitral
doctores
Elvira
Victoria
MØndez
Chang
Presidenta
y
HemÆn
Marcelino
Icochea
Ricse
en
el
proceso
seguido
por
el
Consorcio
COSAPI
TRANSLEI
y
el
Proyecto
Especial
de
Infraestructura
de
Transporte Departamental
PROVIAS
DEPARTAMENTAL
i
Resolucin
No
23
Lima
04 de
octubre
de
2005
I
ANTECEDENTES
1
Que el
Proyecto
Especial
de
Infraestructura
de
Transporte
DepÆrtamental
PROV˝AS
DEPARTAMENTAL
en
adelante
LA
ENTIDAD
convoc
a
Licitacin
Pœblica
Nacional
LPN
N
00212002
MTC
1502
publicada
en
el
Diario
Oficial
El
Peruano
el
16
de
agosto
de
2002
para
la
ejecucin
de
las
obras
de
Rehabilitacin
y
Reconstruccin
de
la
Carretera
Catc
Chavn
San
Marcos
Tramo
Tœnel
Kahuish
San
Marcos
ubicado
en
el
departamento
de
Ancash
provincias
de
Recuay
y
Huari
de acuerdo
a
los
tØrminos
especificados
en
las
Bases
de
la
Licitacin
correspondiente
2
Que
como
resultado
de
esta
Licitacin
Pœblica
Nacional
LA
ENTIDAD
adjudic
la
Buena
Pro
para
la
ejecucin
de
esta
obra
mediante
la
Resolucin
Directoral
N
243
2002
MTC
22
de
fecha
31
de
diciembre
de
2002
al
Consorcio
COSAPI
TR`NSLEI
en
adelante
LA
CONTRATISTA
3
Que
LA
CONTRATISTA
y
LA
ENTIDAD
suscribieron
el
Contrato de
Ejecucin
de
Obra
N
182
2003
MTC
22
cuyo
objeto
era
la
ejecucin
de
las
Obras
de
la
Rehabilitacin
y
Mejoramiento
de
la
Carretera
Catc
Chavn
San
Marcos
Tramo
Tœnel
Kahuish
San
Marcos
ubicado
en
el
departamento
de
Ancash
provincias
de
Recuay
y
Huari
celebrado
el
16 de
enero
de
2003
en
adelante
EL
CONTRATO
por
el
monto
contractual
de
S
57
605010
43
Cincuenta
y
Siete
Millones
Seiscientos
Cinco
Mil
Diez
y
43
100
Nuevos
Soles
incluido
el
Impuesto
GØneral
a
las
Ventas
4
Que
LA
CONTRATISTA
mediante
Carta
N
2809
03
OT574
de
fecha
8 de
enero
de
2004
dirigida
a
LA
ENTIDAD
solicit
el
reconocimiento
de mayores
costos
en
la
obra
que
vena
ejecutando
por
el
incremento
del
precio
del
petrleo
Diesel
2
5
Que
LA
ENTIDAD
mediante
Oficio
N
095
2004
MTC
2207
de
fecha
12
de
febrero
de
2004
comunic
a
LA
CONTRATISTA
la
improcedencia
de
reconocer
mayores
gastos
por
el
aumento
del
precio
del
petrleo
6
Que
de
conformidad
con
lo
dispuesto
por
la
ClÆusula
DØcimo
Cuarta
del
CONTRATO
LA
CONTRATISTA
y
LA
ENTIDAD
pactaron
que
cualquier
controversia
que
surja
desde
la
celebracin
del
contrato
serÆ
resuelta
mediante
arbitraje
conforme
a
las
disposiciones
de
la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
y
su
Reglamento
3
i
7
Que
del
mismo
modo
de
conformidad
con
lo
previsto
por
el Artculo
53
del
Texto
nico
Ordenado
de
la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
aprobado
por
Decreto
Supremo
N
012
2001
PCM
vigente
al
momento
de
suscripcin
del
CONTRATO
las
controversias
que
surjan
sobre
la
ejecucin
o
interpretacin
del
mismo
se
resolverÆn
obligatoriamente
mediante
los
procedimientos
conciliacin
o
arbitraje
8
Que
LA
CONTRATISTA
mediante
Carta
Notarial
de
fecha
06 de
abril
de
2004
design
como
Ærbitro
al
doctor
HernÆn
Marcelino
IcochØa
Ricse
y
LA ENTIDAD
mediante
Carta
N
025
2004
MTC
22
de
fecha
19 de
abril
de
2004
design
al
doctor
Luis
Alfonso
de
la
Torre
Odar
Del
mismo
modo
los
Ærbitros
previamente
designados
por
las
partes
designaron
de
comœn
acuerdo
a
la
doctora
Elvira
Victoria
MØndez
Chang
como
Presidenta
del
Tribunal
Arbitral
mediante
comunicacin
de
fecha
14 de
mayo
de
2004
habiendo
aceptado
ambas
partes
la
designacin
de
la
referida
profesional
mediante
Acta
de
Instalacin
de
fecha
27
de
mayo
de
2004
se
dictaron
las
reglas
de
procedimiento
a
las
que
deba
sujetarse
el
proceso
y
se
design
al
seæor
Sandro
Valdivia
Luyo
como
Secretario
Arbitral
9
Que
mediante
Resolucin
N
02 de
fecha
21 de
junio
de
2004
notificada
a
las
partes
con
fecha
25 de
junio
de
2004
se
declar
abierto
el
proceso
arbitral
y
se
otorg
a
LA
CONTRATISTA
un
plazo
de diez
10
das
hÆbiles
para
que
cumpla
con
presentar
su
escrito
de
demanda
10
Que
mediante
escrito
de
fecha
12
de
julio
de 2004
LA
CONTRATISTA
present
su
escrito
de
demanda
sustentando
su
petitorio
en
los
fundameætos
que
expone
y
en
los
medios
probÆtorios
ofrecidos
solicitando
Como
Pretensin
Principal
que
el
Tribunal
Arbitral
declare
el
derecho
de LA
CONTRATISTA
a
que
se
le
reconozca
el
mayor
costo
en
la
obra
producido
por
el
incremento
del
precio
del
petrleo
restituyendo
el
equilibrio
econmico
Como
Pretensin
Accesoria
que
el
Tribunal
Arbitral
ordene
a
LA
ENTIDAD
quØ
cumpla
con
realizar
el
pago
de
S
644321
00
Seiscientos
Cuarenta
y
Cuatro
Mil
Trescientos
Veintiœn
y
00
100
Nuevos
Soles
sin
incluir
el
Impuesto
General
a
las
Ventas
mÆs
los
intereses
correspondientes
derivads del mayor
desembolso
realizado
por
LA
CONTRATISTA
para
la
compra
de
combustible
desde
el
inicio
de
la
obra
y
hasta
el
21 de
junio
de
2004
fecha
de
interposicin
de
la
demanda
producto
del
extraordinario
e
imprevisible
incremento
de
los
precios
del
petrleo
en
el
Æmbito
nacional
e
internacional
por
causas
no
imputables
a
LA
CONTRATISTA
Asimismo
LA
CONTRATISTA
se
reserv
el
derecho
de
ampliar
el
monto de
la
presente
demanda
arbitral
debido
a
que
a
la
fecha
de
su
interposicin
los
hechos
que
generaron
el
incremento
del
precio
del
petrleo
no
haban
cesado
11
Que
mediante
Resolucin
N
03 de
fecha
05 de
agosto
de
2004
notificada
a
las
partes
con
fecha
09 de
agosto
de
2004
se
admiti
a
trÆmite
la
demanda
interpuesta
por
LA
CONTRATISTA
y
se
corri
traslado
de
la
misma
a
LA
ENTIDAD
a
fin de
que
dentro
del
plazo
de
diez
10
das
hÆbiles
manifieste
lo
cnveniente
a
su
derecho
2
12
Que
mediante escrito
de
fecha
23 de
agosto
de
2004
LA
ENTIDAD
contest
la
demanda
arbitral
solicitando
se
declare
infundada
la
misma
negÆndola
y
contradiciØndola
en
todos
sus
extremos
13
Que
mediante
Resolucin
N
04
de
fecha
26 de
agosto
de
2004
notificada
a
las
partes
con
fecha
31 de
agosto
de
2004
se
cit
a
las
partes
a
la
Reunin
de
Acuerdo
Pre
Arbitral
para
el
10 de
setiembre
de
2004
14
Que
con
fecha
10
de
setiembre
de
2004
se
realiz
la
Audiencia
de
Acuerdo
Pre
Arbitral
el
Tribunal
Arbitral
ante
la
existencia
de
una
relacin
jurdica
procesal
vÆlida
declar
saneado
el
presente
proceso
arbitral
Del
mismo
modo
inst
a
las
partes
a
fin de
que
lleguen
a
un
Acuerdo
Conciliatorio
el
mismo
que
no
se
lleg
a
dar
tras
lo cual
fij
como
puntos
controvertidos
de
LA
DEMANDA
y
LA
CONTESTACIN
los
siguientes
a
Primera
Pretensin
Determinar
si
procede
o no
se
le
reconozca
a
LA
CONTRATISTA
el
mayor
csto
en
la
obra
producido
por
e
incremento
del
precio
del
petrleo
b
Pretensin
Accesoria
Si
es
procedente
el
reconocimiento
por
el
mayor
costo
en
la
obra
producido
por
el
incremento
del
precio
del
petrleo
determinar
si
es
procedente
ordenar
a
LA
ENTIDAD
el
pago
de
la
suma
de
S
644321
00
SeisciØntos
Cuarenta
y
Cuatro
Mil
Trescientos
Veintiœn
y
00
100
Nuevos Soles
mÆs
los
intereses
correspondientes
derivados
del
mayor
desembolso
por
LA
CONTRATISTA
para
la
compra
del
combustible
reservÆndose LA
CONTRATISTA
el
derecho
de
ampliar
esta
pretensin
ÆccesoriÆ
c
Segunda
Pretensin
Determinar
cuÆl
de
las
partes
debe
rembolsar
a
la
otra
en
todo
o
en
parte
las
costas
y
los
costos
que
se
generen
en
el
presente
proceso
Finalmente
se
admitieron
los
medios
probatorios
ofrØcidos
por
las
partes
en
sus
escritos
de
demanda
y
contestacin
a
la
misma
respectivamente
Del
mismo
modo
se
admiti
fa
Pericia
ofrecida
por
LA
CONTRATISTA
para
establecer
el
mayor
costo
de
la
obra
producida
por
el
incremento
del
petrleo
para
lo cual el
Tribunal
Arbitral
orden
al
Secretario
que
cumpla
con
oficiar
al
Colegio
de
Ingenieros
de
Lima
a
fin de
que
el
Centro
de
Peritaje
remita
un
listado
de cinco
5
ingenieros
civiles
con
sus
hojas
de vida
y
tarifa
correspondiente
alas
Facultades
de
Ingeniera
de
la
Pontificia
Universidad
Catlica
del
Perœ
y
de
la
Universidad
Nacional
de
Ingeniera
a
fin de
que
remitan
un
listado
de
tres
ingenieros
civiles
con
sus
hojas
de vida
y
tarifa
correspondientes
todos
con
conocimiento
y
experiencia
en
obras
pœblicas
carreteras
y
en
la
elaboracin
de
presupuestos
de
Østas
15
Que
mediante
Resolucin
N
05 de
fecha
11
de
octubre
de
2004
notificada
a
las
partes
con
fecha
14 de
octubre
de 2004
se
ampli
el
plazo
probatorio
en
cuarenta
40
das
hÆbiles
16
Que
mediante
Resolucin
N
06
de
fecha
13 de
octubre
de
2004
notificada
a
las
partes
con
fecha
14 de
octubre
de 2004
luego
de
evaluar
a
los
profesionales
3

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