Laudo del Tribunal de Arbitraje (Provias nacional - mtc), 23-10-2020

Sentido del falloEl laudo arbitral no menciona valor referencial del contrato. el tribunal arbitral declara infundadas todas las pretensiones del demandante, condenándolo a cubrir los costos y costas del proceso arbitral.
Ruc20503503639
PartesPROVIAS NACIONAL - MTC vs JJC CONTRATISTAS GENERALES SA
Fecha23 Octubre 2020
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
MateriaMaterias Controvertidas;Adicionales;Liquidación;OTROS,RESTITUCION DE MONTO LIQUIDADO
Exp. N° 402-81-13
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CENTRO DE ARBITRAJE DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD
CATÓLICA DEL PERÚ
Expediente N° 402-81-13
____________________________________________________________
JJC Contratistas Generales
Vs.
Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -
PROVIAS NACIONAL
____________________________________________________________
LAUDO ARBITRAL DE DERECHO
___________________________________________________________
Miembros del Tribunal Arbitral
Abogado, Sergio Alberto Tafur Sánchez (Presidente)
Abogado, Patrick Hurtado Tueros
Abogado, Ernesto Valverde Vilela
Secretaría Arbitral
Karín Roman Palomino
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Exp. N° 402-81-13
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Lima, 23 de octubre de 2020
I. DATOS GENERALES
Demandante, JJC o Contratista: JJC CONTRATISTAS GENERALES S.A.
Demandado, PROVIAS NACIONAL o Entidad: Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, a través del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte
Nacional PROVIAS NACIONAL.
Contrato: Contrato de Ejecución de Obra N° 069-2010-MTC/20 cuyo objeto es la
ejecución de la Obra: “Rehabilitación y mejoramiento de la carretera
Ayacucho Abancay, Tramo Km. 210+000 Km. 256+500”.
Monto del contrato: S/. 186 002 651,37 (Ciento ochenta y seis millones dos mil
seiscientos cincuenta y uno con 37/100 Nuevos Soles).
RLCE: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado en su texto aprobado
por Decreto Supremo N° 184-2008-EF
Reglamento del Centro: Reglamento de Arbitraje del Centro de Arbitraje PUCP
2012.
Cuantía de la Controversia: S/ 14’ 284,866.72
1
Proceso de Selección: Licitación Pública N° 0020-2009-MTC/20.
Fecha de Convocatoria: 15 de octubre de 2009
Centro: Centro de Arbitraje PUCP.
Fecha de inicio del arbitraje: 28 de noviembre de 2013
Tipo de arbitraje: Institucional, nacional y de derecho.
Resolución N° 77
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Inicialmente en el Acta de Instalación el monto que se señaló fue de S/ 8’ 778,303.53; sin
embargo, de la revisión de las pretensiones de la demanda se pudo observar que la cuantía
señalada en el Acta difiere de los montos solicitados en las pretensiones de la demanda. Motivo
por el cual, mediante Resolución N° 11 se efectuó un reajuste de los costos arbitrales.
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Exp. N° 402-81-13
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LAUDO ARBITRAL DE DERECHO
II. MARCO INTRODUCTORIO
II.1. LUGAR Y FECHA DE EMISIÓN
En la ciudad de Lima a los 23 días del mes de octubre del año dos mil
veinte (2020), EL TRIBUNAL ARBITRAL, luego de haber realizado las
actuaciones arbitrales en respeto riguroso del debido proceso y la
igualdad de las partes, de conformidad con la ley y las normas
establecidas por las partes y, asimismo, habiendo escuchado sus
argumentos sobre las pretensiones planteadas en la demanda y los
puntos controvertidos fijados en este arbitraje, y finalmente realizado un
minucioso análisis sobre todo lo debatido y los medios probatorios
aportados, dicta el presente Laudo Arbitral de Derecho.
II.2. NOMBRE DE LAS PARTES
II.2.1. Demandante
JJC CONTRATISTAS GENERALES S.A con RUC N° 20100163471, inscrita en la
Partida Electrónica N° 11013380 del Registro de Personas Jurídicas de
Lima, representada por su representante legal Dr. Juan Pedro Vicente
Portaro Camet, identificado con DNI N° 08236569, con domicilio para
todos los efectos en Av. República de Chile 388 Piso 9, distrito de Jesús
María, Lima y con domicilio legal en Av. Boulevard 954 (frente a
Pentagonito), San Borja, Lima.
II.2.2. Demandado
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través del Proyecto
Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL
con domicilio en Jr. Zorritos N° 1203, 3er Piso, Lima.
II.3. CONVENIO ARBITRAL
El presente arbitraje se sustenta en el convenio arbitral contenido en la
Cláusula Complementaria Décimo Novena del Contrato, que
expresamente señala:
CLÁUSULA COMPLEMENTARIA DÉCIMO NOVENA: CONVENIO
ARBITRAL. -
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