Laudo del Tribunal de Arbitraje (Programa nacional de infraestructura educativa ue 108 - pronied), 02-01-2023

Sentido del falloEl sistema ruc no registra un número de ruc para el nombre o razón social programa nacional de infraestructura educativa consultado. pretensiones infundadas
ContratistaMS INGENIEROS S.L. SUCURSAL EN PERU
Tipo de procesoAD HOC
Ruc20154477374
PartesPROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA UE 108 - PRONIED vs MS INGENIEROS S.L. SUCURSAL EN PERU
Fecha02 Enero 2023
MateriaMaterias Controvertidas;Liquidación
Arbitraje:
MS Ingenieros S.L Sucursal en Perú Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED
CONTRATO N° 030-2014 MINEDU/VMGI-PRONIED
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LAUDO DE DERECHO
Laudo de Derecho de la controversia surgida entre MS Ingenieros S.L. Sucursal
en Perú con el Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED,
dicta la Árbitro Único, abogada Mag. Katia Liliana Forero Lora.
Fecha de inicio de arbitraje: 2 de agosto de 2019
Número de Expediente de Instalación: I122-2020
Fecha de instalación: 21 de enero de 2021
Demandante: MS Ingenieros S.L. Sucursal en Perú (en lo sucesivo, el Contratista
o el Demandante).
Demandado: Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED (en
lo sucesivo, la Entidad, o el Demandado).
Contrato: Contrato 030-2014 MINEDU/VMGI-PRONIED- derivado del
Concurso Público N° 0077-2014-MINEDU-108 relativo al servicio de consultoría
de obra, “Contratación del Servicio de Supervisión de Obra: Adecuación,
Mejoramiento, Sustitución de la Infraestructura Educativa de la I. E. Honorio
Delgado Espinoza-Cayma Arequipa Arequipa
Monto del Contrato: S/. 600,690.57
Cuantía de la Controversia: S/.305,301.93
Tipo y Número de Proceso de Selección: Concurso Público N° 0077-2014-
MINEDU-108
Árbitro Único: Katia Liliana Forero Lora
Secretaria Arbitral: Arbitre Soluciones Arbitrales S.R.L.
Monto de los honorarios del Árbitro Único: S/. 8,082.00
Monto de los honorarios de la Secretaría Arbitral: S/. 5,296.00
Fecha de emisión del laudo: 2 de enero de 2023
de Folios: 72
Pretensiones (controversias relacionadas a las siguientes materias):
Liquidación de contrato
Modificación de contrato (Reducción)
Arbitraje:
MS Ingenieros S.L Sucursal en Perú Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED
CONTRATO N° 030-2014 MINEDU/VMGI-PRONIED
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ÍNDICE
I. ANTECEDENTES ......................................................................................................... 3
II. LO ACTUADO EN EL PROCESO ARBITRAL .............................................................. 4
III. COSTOS DEL PROCESO............................................................................................ 9
IV. DECLARACIONES PRELIMINARES .......................................................................... 10
V. PUNTOS CONTROVERTIDOS: ................................................................................. 11
VI. ANÁLISIS DE LA MATERIA CONTROVERTIDA: ...................................................... 13
PRIMER PUNTO CONTROVERTIDO: ........................................................................... 13
SEGUNDO PUNTO CONTROVERTIDO: ...................................................................... 34
TERCERO PUNTO CONTROVERTIDO: ........................................................................ 34
CUARTO PUNTO CONTROVERTIDO: ......................................................................... 71
VII. LAUDO ..................................................................................................................... 71
Arbitraje:
MS Ingenieros S.L Sucursal en Perú Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED
CONTRATO N° 030-2014 MINEDU/VMGI-PRONIED
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Resolución N° 14
En Lima, a los 2 días del mes de enero de 2023, realizadas las actuaciones
arbitrales de conformidad con la ley y las normas establecidas por las partes,
escuchados los argumentos del demandante, la Árbitro Único dicta el
presente Laudo de Derecho.
I. ANTECEDENTES
1.1. El 6 de noviembre de 2014, las partes suscribieron el Contrato N° 030-
2014-MINEDU/VMGI-PRONIED contratación del servicio de
Consultoría de Obra: Servicio de supervisión de Obra: “Adecuación,
Mejoramiento, Sustitución de la Infraestructura Educativa de la I. E.
Honorio Delgado Espinoza-Cayma Arequipa Arequipa, por el
monto de S/.600,690.57 (en adelante, se le denominará, el
Contrato).
1.2. La Cláusula Décimo Octavo del Contrato dispone que:
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje
administrativo a fin de resolver las controversias que se
presenten durante la etapa de la ejecución contractual
dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos
184°,199°, 201°, 209°, 210° y 212° del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado o, en su defecto, el artículo 52° de
la Ley de Contrataciones del Estado.
Facultativa, cualquiera de las partes podrá someter a
conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al
arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas,
según lo señalado en el artículo 214° del Reglamento de la Ley
de Contrataciones del Estado.

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