Laudo del Tribunal de Arbitraje (Programa nacional de infraestructura educativa ue 108 - pronied), 02-01-2023
Sentido del fallo | El sistema ruc no registra un número de ruc para el nombre o razón social programa nacional de infraestructura educativa consultado. pretensiones infundadas |
Contratista | MS INGENIEROS S.L. SUCURSAL EN PERU |
Tipo de proceso | AD HOC |
Ruc | 20154477374 |
Partes | PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA UE 108 - PRONIED vs MS INGENIEROS S.L. SUCURSAL EN PERU |
Fecha | 02 Enero 2023 |
Materia | Materias Controvertidas;Liquidación |
Arbitraje:
MS Ingenieros S.L Sucursal en Perú – Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED
CONTRATO N° 030-2014 MINEDU/VMGI-PRONIED
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LAUDO DE DERECHO
Laudo de Derecho de la controversia surgida entre MS Ingenieros S.L. Sucursal
en Perú con el Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED,
dicta la Árbitro Único, abogada Mag. Katia Liliana Forero Lora.
Fecha de inicio de arbitraje: 2 de agosto de 2019
Número de Expediente de Instalación: I122-2020
Fecha de instalación: 21 de enero de 2021
Demandante: MS Ingenieros S.L. Sucursal en Perú (en lo sucesivo, el Contratista
o el Demandante).
Demandado: Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED (en
lo sucesivo, la Entidad, o el Demandado).
Contrato: Contrato N° 030-2014 MINEDU/VMGI-PRONIED- derivado del
Concurso Público N° 0077-2014-MINEDU-108 relativo al servicio de consultoría
de obra, “Contratación del Servicio de Supervisión de Obra”: Adecuación,
Mejoramiento, Sustitución de la Infraestructura Educativa de la I. E. Honorio
Delgado Espinoza-Cayma – Arequipa – Arequipa”
Monto del Contrato: S/. 600,690.57
Cuantía de la Controversia: S/.305,301.93
Tipo y Número de Proceso de Selección: Concurso Público N° 0077-2014-
MINEDU-108
Árbitro Único: Katia Liliana Forero Lora
Secretaria Arbitral: Arbitre Soluciones Arbitrales S.R.L.
Monto de los honorarios del Árbitro Único: S/. 8,082.00
Monto de los honorarios de la Secretaría Arbitral: S/. 5,296.00
Fecha de emisión del laudo: 2 de enero de 2023
N° de Folios: 72
Pretensiones (controversias relacionadas a las siguientes materias):
☐ Liquidación de contrato
☐ Modificación de contrato (Reducción)
Arbitraje:
MS Ingenieros S.L Sucursal en Perú – Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED
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ÍNDICE
I. ANTECEDENTES ......................................................................................................... 3
II. LO ACTUADO EN EL PROCESO ARBITRAL .............................................................. 4
III. COSTOS DEL PROCESO............................................................................................ 9
IV. DECLARACIONES PRELIMINARES .......................................................................... 10
V. PUNTOS CONTROVERTIDOS: ................................................................................. 11
VI. ANÁLISIS DE LA MATERIA CONTROVERTIDA: ...................................................... 13
PRIMER PUNTO CONTROVERTIDO: ........................................................................... 13
SEGUNDO PUNTO CONTROVERTIDO: ...................................................................... 34
TERCERO PUNTO CONTROVERTIDO: ........................................................................ 34
CUARTO PUNTO CONTROVERTIDO: ......................................................................... 71
VII. LAUDO ..................................................................................................................... 71
Arbitraje:
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CONTRATO N° 030-2014 MINEDU/VMGI-PRONIED
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Resolución N° 14
En Lima, a los 2 días del mes de enero de 2023, realizadas las actuaciones
arbitrales de conformidad con la ley y las normas establecidas por las partes,
escuchados los argumentos del demandante, la Árbitro Único dicta el
presente Laudo de Derecho.
I. ANTECEDENTES
1.1. El 6 de noviembre de 2014, las partes suscribieron el Contrato N° 030-
2014-MINEDU/VMGI-PRONIED contratación del servicio de
Consultoría de Obra: Servicio de supervisión de Obra: “Adecuación,
Mejoramiento, Sustitución de la Infraestructura Educativa de la I. E.
Honorio Delgado Espinoza-Cayma – Arequipa – Arequipa”, por el
monto de S/.600,690.57 (en adelante, se le denominará, el
Contrato).
1.2. La Cláusula Décimo Octavo del Contrato dispone que:
“Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje
administrativo a fin de resolver las controversias que se
presenten durante la etapa de la ejecución contractual
dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos
184°,199°, 201°, 209°, 210° y 212° del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado o, en su defecto, el artículo 52° de
la Ley de Contrataciones del Estado.
Facultativa, cualquiera de las partes podrá someter a
conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al
arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas,
según lo señalado en el artículo 214° del Reglamento de la Ley
de Contrataciones del Estado.
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