Laudo del Tribunal de Arbitraje (Programa nacional de infraestructura educativa ue 108 - pronied), 06-07-2018

Sentido del falloNo se especifican gastos del proceso fundado excepcion de caducidad planteada por la entidad
Ruc20514347221
PartesPROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA UE 108 - PRONIED vs Ingeniería y Estudios de Andalucia S.L
Fecha06 Julio 2018
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
MateriaMaterias Controvertidas;Ampliación del plazo contractual;Conformidades;Pago;OTROS,PAGO GASTOS GENERALES; INTERESES LEGALES; CUMPLIMIENTO DE PRESTACIONES CONTRACTUALES; LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES; COSTOS Y COSTAS DEL PROCESO
LAUDO ARBITRAL DE DERECHO
laudo de derecho expedido por el Árbitro Único. abogado Mauricia Arturo Vizcarra
Bianchi. en lo controversia surgido entre INGENIERíA Y ESTUDIOSDE ANDA lUCIA S.l -
INGESA (en adelante se le puede denominar también como El CONTRATISTA)Y
PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURAEDUCATlVA - PRONIED (en adelante se
le puede denominar también como LA ENTIDAD).
Resolución 9
Limo. 6 de julio de 20t8
1. ANTECEDENTES.-
1.1
DESARROLLO DEL PROCESO ARBITRAL..
1.1.1 Que. con fecho 22 de febrero de 2016. INGENIERíA Y ESTUDIOSDE
ANDAlUCIA S.l - INGESA. en adelante lambién se le puede denominar
el "Contratista" interpone demando arbitral contra el PROGRAMA
NACIONAL DE INFRAESTRUCTURAEDUCATIVA - PRONIED o quien en
adelante también se le podrá denominar como la "Entidad", en relación
01
Contrato N" tOO-2015-MINEDU/YMGI.PRONIED. suscrito paro el servicio
de consultorio paro lo "ELABORACiÓN DEL ESTUDIODE PREINVERSiÓN A
NIVEL DE PERFilY EXPEDIENTETÉCNICO A NIVELDE EJECUCiÓN DE OBRA
DEL PROYECTO DE INVERSiÓN PÚBLICA: MEJORAMIENTO DE lA
PRESENTACIÓNDEL SERVICIO EDUCATIVO DE lA LE 2038, DISTRITODE
COMAS, PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTODE LIMA", en adelante "El
Contrato".
1.1.2 Que, mediante cedula 1779-2016, notificado o INGENIERíAY ESTUDIOS
.,
DE ANDA lUCIA S.l - INGESA con fecho tO de marzo de 20t6, lo
Dirección de Arbitraje Administrativo comunica que se ha puesto en
conocimiento de lo Procuraduría Publica del Ministerio de Educación,
quien represento y ejerce lo defensa jurídico del PROGRAMA NACIONAL
DE INFRAESTRUCTURAEDUCATIVA- PRONIEDel escrito de demando y sus
respectivos anexos. presentados con lecha 22 de lebrero de 2016.
otorgándole a la parte demandada un plazo de diez (10) dias hábiles a
fin que procesa con contestar lo demanda.
1.1.3 Que. mediante Cédula W 1780. notificada a PROGRAMA NACIONAL DE
INFRAESTRUCTURAEDUCATIVA - PRONIED con fecha 10 de marzo de
2016. la Dirección de Arbitraje Administrativo comunica que la Secretaria
del SNA-OSCE ha remitido a la Procuraduria Publica del Ministerio de
Educación el escrito de demanda y susrespectivos anexos mediante
Cédula 178l (notificada con la misma fecha) olorgándose a la
Procuraduria el plazo de diez
(101
dias hábiles de notificado poro que
contesle la demanda.
1.1.4 Que. con fecha 28 de marzo de 2016. la parte demandada PROGRAMA
NACIONAL DE INFRAESTRUCTURAEDUCATIVA - PRONIED a corgo del
Ministerio de Educación, cumple con contestar la demanda yen el
mismo acto deduce excepción de caducidad contra la primera
pretensión principal. segunda pretensión principal, pretensión accesorio
a la primera
y
segunda pretensiones principales
y
contra la tercera
pretensión principal.
1.1.5 Que. con fecha 26 de abril de 2016. INGENIERíA Y ESTUDIOS DE
ANDALUCIA S.L- INGESA presenta escrito denominado "absolución de
excepciones de caducidad".
1.1.6 Que. mediante Cédulas 592 dirigida INGENIERíA Y ESTUDIOSDE
ANDALUCIA S.L - INGESA y 593 dirigida a Procuraduria Publica del
,
Minislerio de Educación. notificadas ambas con lecha 05 de mayo de
2016. la Dirección de Arbitraje comunica que la Secretaria del SNA-OSCE
ha puesto en conocimiento de LA ENTIDAD, el escrito con
sumilla
"absolución de excepciones de caducidad" presentado con fecha 26
de abril de 2016, para los fines pertinentes.
1.1.7 Con fecha 20 de julio de 2016. INGENIERíAY ESTUDIOSDE ANDALUCIA S.L
,
.
- INGESA, modifico lo tercero pretensión principal de lo demanda, en
referencia al soldo correspondiente o la factura 00331.
31
1.1.8 Que, con fecha 05 de septiembre de 2016, la Dirección de Arbitraje
Administrativo del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado
¡OSCE) remite Oficia Na 992-2016-0SCE/DAR comunicando la
designación del abogado Mauricio Arturo Vizcarro Bianchi como Árbitro
Único o fin de resolver la controversia surgida entre INGENIERíA Y
ESTUDIOSDE ANDALUCIA S,L - INGESA y PROGRAMA NACIONAL DE
INFRAESTRUCTURAEDUCATIVA - PRONIED, adjuntando los siguientes
documentos: Reseña de la materia controvertida, liquidación de gastos
arbitrales, formato de declaración jurada yun ejemplar de los escritos
presentados por la partes.
1,1,9 Que, mediante escrito remitido a OSCE con fecha 06 de septiembre de
2016, se acepta la designación como Árbitro Único de parte del
abogado Mouricio Arturo Vizcarra Bionchi. en el proceso seguido entre
INGENIERíA y ESTUDIOSDE ANDALUClA S,L - INGESA y PROGRAMA
NACIONAL DE INFRAESTRUCTURAEDUCATIVA - PRONIED recaido en el
Expediente S72-2016/SNA-OSCE,
>
1.1.10
1.1.11
1.1.12
Que, mediante Cédulos W 3936 dirigida a Procuraduria Publica del
Ministerio de Educación y W 3937 dirigida a INGENIERíAY ESTUDIOSDE
ANDALUCIA S.L - INGESA, notificados ambas con fecho 15 de
septiembre de 2016, la Dirección de Arbitraje comunica que el OSCE
designó al Abogado Mauricio Arturo Vizcarra Bianchi como Árbitro Único
encargado de resolver los controversias entre ambas partes.
Que, a través del Oficio t361-2016-0SCE/DAR, notificado el 17 de
octubre de 2016, la Dirección de Arbitraje Administrativo, cita al Árbitro
Único a Audiencia de Instalación para el 08 de noviembre de 2016.
Que, mediante Cédulas, 4796 dirigida a INGENIERíAY ESTUDIOSDE
ANDALUCIA S,L- INGESA
y
4797 dirigida o Procuroduria Publica del
Ministerio de Educación, notificadas ambos con fecho 17 de octubre de
2016, Jo Dirección de Arbitraje cita o los portes a lo Audiencia de
Instalación a realizarse con fecho 08 de noviembre de 2016, informando

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