Laudo del Tribunal de Arbitraje (Programa subsectorial de irrigacion - psi (ex unidad de coordinación del proyecto subsectorial de irrigación - ucpsi)), 20-03-2006
Sentido del fallo | En el laudo no se precisa qué parte designó a los árbitros. No obstante se consignaron los datos para fines de información. |
Ruc | 20381014127 |
Partes | PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACION - PSI (EX UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PROYECTO SUBSECTORIAL DE IRRIGACIÓN - UCPSI) vs JC CONTRATISTAS GENERALES E.I.R.L |
Fecha | 20 Marzo 2006 |
Tipo de proceso | AD HOC |
Materia | Materias Controvertidas;Pago |
CONTROVERS
NT
G
J
C
G
NT
gTc
w
GEN
æAL
S
E
I
R
L
Y
E
R
Gr
4MA
SUESECTORIAL
D
Ir
i
IGACIN PSI
UNIDAD
DE
COOr
INACIN
D
L
ROYECT
O
SUBSECTORIAL
D
I
RIGACIK
J
SI
LAUDO
ARBITRAL
I
LUGAR
Y
FECHA
DE
EXPEDICIN
I
present
Laudc
Arbitral
de
Derecho
se
expide
en
la
ciudad
de
Lima
a
les
20
das
del
mes
de
marzo
del
aæo
dos
mil
seis
II
PARTES
DEMANDANTE
PROGRAMA
SU3SECTORIAL
DE
IRRIGACIN
PSI
EX
UNIDAD
DE
COORDINP
CIN
DEL
PROYECTO
SUBSECTORIAL
DE
IRRIGACIN
UCPSI
En
adelante
EL
DEMANDANTE
DEMANDADO
J
C
CONTRATISTr
S
GENERALES
E
I
R
L
En
adelante
EL
DEMANDADO
III
LOS
ARtsiTROS
Dr
Horacio
CÆnepa
Torre
Presidenta
del
Tribunal
Dra
I
ara
del
Carmen
Daz
Muæoz
Arbitro
l
Dr
`ngel
SÆenz JimØnez
Arbitro
IV
ANTECEDENTES
J
1
Con
fecha
da
2 de
Noviembre
del
aæo
2004
se
instal
el
Tribunal
Arbitral
designando
para
resolver
la presente
controversia
procediØndose
a
establecer
las
reglas
del
proceso
arbitral
mediante
el
acta
de
instalacin
correspondient
el
mericionÆdo
Tribunal
Arbitral
se
encontraba
conormado
por
los
Doctores
Horacio
CÆnepa
Torre
Hildebrando
1
4achuca
Araujo
y
Maria
Del
1
rl
Carmen
JlÆ
tVltll
lOl˝i
l
Se
aa
E
˝
r
CIn
F
˝a5
PaR
con
feC
1
J
noviembre del
20
4
2
En el
punto
26
del
4cta
de
irs
alacin
s
estableci
que
el
Proceso
Arbitral
se
declarar
abierta
une
vez
que
las
partes
cumplan
con
el
pago
de
los
anticipos
de
honorarias
lo
que
deban
re
zar
dentro
del
plazo
ds
Bias
œties
contados
a
partir
de
la
notificacin
del
acta
3
Con
fecha
23 de
abril
del 2004
L
DEt
4AND
4NTE
dentro
del
plazo
establecido
present
su
demanda
sin
cumplir
con
el
pago
de
los
honorarios
que
le
correspondan
por
lo
que
me
mediante Resolucin
N
2
se
le
requiri
par
que
en
el
plazo
de
tres
das
hÆbiles
procediera
a
realizar
el
pago
suspendiØndose
el
tramite
del
proceso
4
Ante
el
incumplimiento
del
a o
qr
Darte
da
EL
DEMANDADO
el
Tribunal
A
i
r
P
9
P
rb
t
al
mediante
Resolucin
N
2
lo
requiri
nuevamente
por
el
plazo
de
cinco
das
œtiles
para
el
pago
bajo
apercibimiento
de
aplicarle
una
multa
en caso
de
incumplimiento
Ssimismo
mediante
la
Resoiucin
seæalada
se
notific
a
EL
DEMANDANTE
para
que
de
tener
interØs
en
impulsar
el
proceso
abone
los
montos
impagos
dentro
del
mismo
plazo
con
cargo
a
los
costos
que
se
fijaran
en
el
laudo
arbitral
mas
sus
respectivos
intereses
S
Radiante
Resolucin
N
3
ante
el
incumplimiento
de
EL
DEtJ
ANDADO
se
le
aplic
una
multa
equivalente
al
10
de
la
Unidad
Impositiva
Tributaria
Vigente
ascendente
a
la
suma
de
S
330
00
Nuevos
Soles
y
en
atencin
al
escrito
presentado
por
EL
DEMANDANTE
en
relacin
ala
posibilidad
de
hacerse cargo
de
los
honorarios
en
defecto
de
EL
DEMANDADO
se
le
autoriz
a
realizar
el
indicado
pago
6
R
ediante
Resolucin
N
4
del
i4
de
marzo
de
2005
el
PSI
cumpli
con
el
pago
de
los
honorarios
correspondientes
a
JC
CONTRATISTAS
E
I
R
L
por
lo
que
se
declar
abierto
el
presente
proceso
arbitral
y
se
otorg
a
la
PSI
el
plazo
de 10
das
œtiles
para
que
presente
su
demanda
D
J
0
7
Con
Techa
31
tle
mazo
de
20
Dr
˝ldabrandc
I
a
hU
c
ri
3tJ1C
n
mb
o
de
ib
1
H
Arbitral
inform
que
habla
sido
designado
como
Asesor
de
la
Alta Direccin
del
i
4inisterio
Æ
Agricultura
lo
que
podra
pone
er
duda
su
conduele
para
resoiv
por
lo
que
de
conformidad
io
establecido
en
el
artculo
29
d
la
L
e
General
de
Arbtrale
se
somete
ala
dispensa
o
recusacin
poniØndose
en
conocimiento de
las parles
tal
situacin
para
efectos de
que
emitan
su
pronunciamiento
8
Dentro
del
plazo
concedido
12
partes
se
pronunciaron
sobre
la
situacin
planteada
en
el
caso
de
el
SI
seæala
que
sin
dudar
de
la
imparcialidad
e
independencia
del
Dr
Hildebrando
Machuca
Sraujo
deja
a
la
otra
pare
para
que
se
pronuncie
sobre
la
dispensa
En
el
caso
de
JC
CONTRATISTAS
GENERALES
E
I
R
L
no
dispensa
al
Dr
i
4achuca
y
seæal
que
se
ha
generado
una
incompatibilidad
legal
por
lo
que
se
declar
fundada
la
recusacin por
causal
sobreviviente
y
se
concedi
al
PSI
el
plazo
de
cinco
das para
que
designara
un
nuevo
Ærbitro
i
9
Mediante
escrito
de
fecha
recibido
el 21
de
abril
del
presente
aæo
dentro
del
plazo
concedido
y
complementado
mediante
escrito
recibido
el
25 de
abril
el
PSI
design
como
arbitro
al
Dr
Angel
Johmy
SaØnz
JimØnez
por
io
que
se
levant
la
suspensin
del
proceso
y
se
continu
con
i
tramite
de
proceso
10
HabiØndose
levantado
la
suspensin
del
proceso
el
PSI
cumpli
con
presentar
su
demanda
admitiØndose
la
misma
y
corriØndose
traslado
a
JC
CONTRATISTAS
GENERALES
E
I
R
I
por
el
plazo
de
0
das
œtiles
U
11
IJ
ediante
Resolucin
N
9
el
Tribunal
se
pronunci
en
relacinalos
honorarios
del
Dr
Hildebrando
t
achuca
2
Dentro
del
plazo
establecido
el
JC
CONTRATISTAS
GENERALES
E
I
R
L
present la
contestacin
de
la
demanda
e
interpuso
reconvencin
la
misma
que
fue
puesto
en
conocimiento
de
la
otra
parte
1
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