Laudo del Tribunal de Arbitraje (Programa subsectorial de irrigacion - psi (ex unidad de coordinación del proyecto subsectorial de irrigación - ucpsi)), 20-03-2006

Sentido del falloEn el laudo no se precisa qué parte designó a los árbitros. No obstante se consignaron los datos para fines de información.
Ruc20381014127
PartesPROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACION - PSI (EX UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PROYECTO SUBSECTORIAL DE IRRIGACIÓN - UCPSI) vs JC CONTRATISTAS GENERALES E.I.R.L
Fecha20 Marzo 2006
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Pago
CONTROVERS
NT
G
J
C
G
NT
gTc
w
GEN
æAL
S
E
I
R
L
Y
E
R
Gr
4MA
SUESECTORIAL
D
Ir
i
IGACIN PSI
UNIDAD
DE
COOr
INACIN
D
L
ROYECT
O
SUBSECTORIAL
D
I
RIGACIK
J
SI
LAUDO
ARBITRAL
I
LUGAR
Y
FECHA
DE
EXPEDICIN
I
present
Laudc
Arbitral
de
Derecho
se
expide
en
la
ciudad
de
Lima
a
les
20
das
del
mes
de
marzo
del
aæo
dos
mil
seis
II
PARTES
DEMANDANTE
PROGRAMA
SU3SECTORIAL
DE
IRRIGACIN
PSI
EX
UNIDAD
DE
COORDINP
CIN
DEL
PROYECTO
SUBSECTORIAL
DE
IRRIGACIN
UCPSI
En
adelante
EL
DEMANDANTE
DEMANDADO
J
C
CONTRATISTr
S
GENERALES
E
I
R
L
En
adelante
EL
DEMANDADO
III
LOS
ARtsiTROS
Dr
Horacio
CÆnepa
Torre
Presidenta
del
Tribunal
Dra
I
ara
del
Carmen
Daz
Muæoz
Arbitro
l
Dr
`ngel
SÆenz JimØnez
Arbitro
IV
ANTECEDENTES
J
1
Con
fecha
da
2 de
Noviembre
del
aæo
2004
se
instal
el
Tribunal
Arbitral
designando
para
resolver
la presente
controversia
procediØndose
a
establecer
las
reglas
del
proceso
arbitral
mediante
el
acta
de
instalacin
correspondient
el
mericionÆdo
Tribunal
Arbitral
se
encontraba
conormado
por
los
Doctores
Horacio
CÆnepa
Torre
Hildebrando
1
4achuca
Araujo
y
Maria
Del
1
rl
Carmen
JlÆ
tVltll
lOl˝i
l
Se
aa
E
˝
r
CIn
F
˝a5
PaR
con
feC
1
J
noviembre del
20
4
2
En el
punto
26
del
4cta
de
irs
alacin
s
estableci
que
el
Proceso
Arbitral
se
declarar
abierta
une
vez
que
las
partes
cumplan
con
el
pago
de
los
anticipos
de
honorarias
lo
que
deban
re
zar
dentro
del
plazo
ds
Bias
œties
contados
a
partir
de
la
notificacin
del
acta
3
Con
fecha
23 de
abril
del 2004
L
DEt
4AND
4NTE
dentro
del
plazo
establecido
present
su
demanda
sin
cumplir
con
el
pago
de
los
honorarios
que
le
correspondan
por
lo
que
me
mediante Resolucin
N
2
se
le
requiri
par
que
en
el
plazo
de
tres
das
hÆbiles
procediera
a
realizar
el
pago
suspendiØndose
el
tramite
del
proceso
4
Ante
el
incumplimiento
del
a o
qr
Darte
da
EL
DEMANDADO
el
Tribunal
A
i
r
P
9
P
rb
t
al
mediante
Resolucin
N
2
lo
requiri
nuevamente
por
el
plazo
de
cinco
das
œtiles
para
el
pago
bajo
apercibimiento
de
aplicarle
una
multa
en caso
de
incumplimiento
Ssimismo
mediante
la
Resoiucin
seæalada
se
notific
a
EL
DEMANDANTE
para
que
de
tener
interØs
en
impulsar
el
proceso
abone
los
montos
impagos
dentro
del
mismo
plazo
con
cargo
a
los
costos
que
se
fijaran
en
el
laudo
arbitral
mas
sus
respectivos
intereses
S
Radiante
Resolucin
N
3
ante
el
incumplimiento
de
EL
DEtJ
ANDADO
se
le
aplic
una
multa
equivalente
al
10
de
la
Unidad
Impositiva
Tributaria
Vigente
ascendente
a
la
suma
de
S
330
00
Nuevos
Soles
y
en
atencin
al
escrito
presentado
por
EL
DEMANDANTE
en
relacin
ala
posibilidad
de
hacerse cargo
de
los
honorarios
en
defecto
de
EL
DEMANDADO
se
le
autoriz
a
realizar
el
indicado
pago
6
R
ediante
Resolucin
N
4
del
i4
de
marzo
de
2005
el
PSI
cumpli
con
el
pago
de
los
honorarios
correspondientes
a
JC
CONTRATISTAS
E
I
R
L
por
lo
que
se
declar
abierto
el
presente
proceso
arbitral
y
se
otorg
a
la
PSI
el
plazo
de 10
das
œtiles
para
que
presente
su
demanda
D
J
0
7
Con
Techa
31
tle
mazo
de
20
Dr
˝ldabrandc
I
a
hU
c
ri
3tJ1C
n
mb
o
de
ib
1
H
Arbitral
inform
que
habla
sido
designado
como
Asesor
de
la
Alta Direccin
del
i
4inisterio
Æ
Agricultura
lo
que
podra
pone
er
duda
su
conduele
para
resoiv
por
lo
que
de
conformidad
io
establecido
en
el
artculo
29
d
la
L
e
General
de
Arbtrale
se
somete
ala
dispensa
o
recusacin
poniØndose
en
conocimiento de
las parles
tal
situacin
para
efectos de
que
emitan
su
pronunciamiento
8
Dentro
del
plazo
concedido
12
partes
se
pronunciaron
sobre
la
situacin
planteada
en
el
caso
de
el
SI
seæala
que
sin
dudar
de
la
imparcialidad
e
independencia
del
Dr
Hildebrando
Machuca
Sraujo
deja
a
la
otra
pare
para
que
se
pronuncie
sobre
la
dispensa
En
el
caso
de
JC
CONTRATISTAS
GENERALES
E
I
R
L
no
dispensa
al
Dr
i
4achuca
y
seæal
que
se
ha
generado
una
incompatibilidad
legal
por
lo
que
se
declar
fundada
la
recusacin por
causal
sobreviviente
y
se
concedi
al
PSI
el
plazo
de
cinco
das para
que
designara
un
nuevo
Ærbitro
i
9
Mediante
escrito
de
fecha
recibido
el 21
de
abril
del
presente
aæo
dentro
del
plazo
concedido
y
complementado
mediante
escrito
recibido
el
25 de
abril
el
PSI
design
como
arbitro
al
Dr
Angel
Johmy
SaØnz
JimØnez
por
io
que
se
levant
la
suspensin
del
proceso
y
se
continu
con
i
tramite
de
proceso
10
HabiØndose
levantado
la
suspensin
del
proceso
el
PSI
cumpli
con
presentar
su
demanda
admitiØndose
la
misma
y
corriØndose
traslado
a
JC
CONTRATISTAS
GENERALES
E
I
R
I
por
el
plazo
de
0
das
œtiles
U
11
IJ
ediante
Resolucin
N
9
el
Tribunal
se
pronunci
en
relacinalos
honorarios
del
Dr
Hildebrando
t
achuca
2
Dentro
del
plazo
establecido
el
JC
CONTRATISTAS
GENERALES
E
I
R
L
present la
contestacin
de
la
demanda
e
interpuso
reconvencin
la
misma
que
fue
puesto
en
conocimiento
de
la
otra
parte
1
3
1

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