Laudo del Tribunal de Arbitraje (Programa nacional de asistencia alimentaria - pronaa), 27-10-2015

Sentido del falloEl laudo no precisa valor referencial ni tipo de proceso de seleccion.
Ruc20508011793
PartesPROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA ALIMENTARIA - PRONAA vs BENJAMINA GUMERCINDA GONZALES RODRIGUEZ
Fecha27 Octubre 2015
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios;Penalidades;OTROS,COSTAS Y COSTOS
..
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Tribunal Arbitral Ad
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] Árbitros: feblola Paulet Monfeagudo
1
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¡
Vicente Tincopa Torres
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JO.ter
Palomino Flgveroa
1,
o
Palfes: PRONAA - Benjamina Gumerclnda Gontóles Rodriguez ,
'----------- ••• _--_. 0 ----------------------_.
LAUDO ARBITRAL
Número de
E;o;pedienle
de lnstaiaci.:.¡-.:
Demandante:
Demandado:
Contrato (número y objeto):
Monto del contrato:
Cuantía de la controversia:
Tipo
y
número proceso de selección:
Monto nonorarios Tribunai ArbitraL
Monlo honorarios Secretaría Arbitral:
Presidente del Tribunal:
Árbitro designado por la Entidad:
Árbitro designado por OSeE:
Secretaría Arbitral:
Fecha de emisión del Laudo:
(Unanimidad/Mayoria):
Número de folios:
,,.. •••••••••••• ~ A
IUJI-'::V'"
Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONM
Gonzáles Rodríguez Benjamina Gumercinda
Contrato 06-00-4-2012-C2-043, para la adquisición
de Mezcfa Fortificada de
Cereales
y
Leguminosas
para
consumo humana Que servirá para atender a los
beneficiarios del Sub-Programa de Alimentación Escolar
en el ámbito del Equipo de Trabajo Zonal Chimbote.
SI.
747,997.13.
SI.
374,79971
N" ooB-2012-CA-CHIMBOTE
En conjunto, SI ~O,OOO.OO.
SI.
6,00000
MBA Fabiola Paulet Monteagudo.
Dr. Vicente Fernando Tincopa Torres,
Dr. Peter Palomino Figueroa.
Dr. José Luis Vilela Proaño.
27 de Octubre de 2015.
Unanimidad.
28 folios.
Pretensiones (controversias relacionadas a las siguientes materias):
o Nuiidad, invaiidez. inexistencia Vio ineficacia dei contrato.
¡¿g
Resolución de contrato.
D
Ampliación de plazo contractual.
o Defectos o vicios oa.Jllos.
o Formulación, aprobación o valorización de metrados.
o Recepción y conformidad.
o Liquidación
y
pago.
o Mayores gastos generales.
~ Indemnización por daños
y
perjuicios.
o Enriquecimiento sin causa.
D
Adicionales
y
reducciones.
D
Adelantos.
o Penalidades.
o Ejecución de garantías.
o Devolución de garantias.
o Otros (especificar) ,.
SECRETARIA ARBITRAL
RECIBIDO
3 O Gel 2015
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Folios.......•....
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Árbitros: Foblola Poulet Monleagudo
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Torres
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Pete, Palomino figuefoa ,
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Partes: PRONAA -Ienjamlna Gumerclnda Gonzóles Rodriguez
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LAUDO ARBITRAL DE DERECHO DICTADO EN EL PROCESO ARBITRALSEGUIDO POR EL
PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA ALIMENTARIA (PRONAA) CONTRA BENJAMINA
GUMERCINDA GONZÁLES RODRíGUEZ.
Resolución NO10
Miraflores, 27 Octubre de 2015.
VISTOS:
l. EXISTENCIADE UN CONVENIO ARBITRALY PROCEDENCIA pEL ARBITRAJE:
1. El 19.09.2012.el Programa Nocional de Asistencia Alimentaria {en adelante
PRONAAJ. a través del Equipo de Trabajo Zonal Chimbote suscribió con Benjamina
Gumercinda Gonzóles Rodríguez (en adelante la Contratista, que se identificó con
Registro Único de Contribuyentes W 10225115708
1
1
el Contrato W Ob-OO-4.2012-C2-
043
(en
adelante el Contrato de compro venta de cereales o simplemente el
Contrato). para la adquisición de 160.89420T.M.de Mezcla Fortificada de Cereales
yleguminosas poro consumo humano que servirá para atender a tos beneficiarios
del Sub-Programa de Alimentación Escolaren el ámbito del Equipo de Trabajo Zonal
Chimbote.
1
2. Conforme al numeral 11.2 de la Cláusula Décimo Primera del Contrato (De la
Solución de Controversias). las partes acordaron que, culminado el proceso
conciliotorio
2
cuolquiera de ellas podía realizar las acciones necesarias para que
la controversia subsistente (total o parcial) sea resuelta de manera definitiva e
inapelable mediante Arbitraje Institucional, determinado de común acuerdo por las
partes, de puro derecho, o cargo de un Tribunal Arbitral. conformado por tres
miembros, a cuyas normas, administraci6n y decisión se someten las partes en forma
incondicional.
3. Porotro lado, cabe indicar que conforme a lo dispuesto en el artículo 33° de la ley
de Arbitraje, aprobado por Decreto legislativo W 1071,salvo acuerdo en contrario
de las partes. lasactuaciones arbitrales respecto de una determinada controversia
se inicia en la fecha de recepción de la solicitud de arbitraje, que en este caso es
dentro del plazo de quince dios hábiles siguientes a lo fecha del Acta de No
Acuerdo Total. esto es,contados desde el 18.10.2013.
4. Así entonces. verificados los actuados se aprecia que la demandante ha remitido
notarialmente a lo Contratista la Carta 38-2013-MIDIS/PPde fecha 08.11.2013;
motivo por el cual resulta procedente dar trámite a la demanda arbitrol
presentado.
, En la pég,na_llda SUNAT. M aprecia que la Sra. 8ef1jsmins Gume~a Gonzales Rodrlguez, idenMeada con ONIN. 22~11570. se
encuentre registrllde enle dicha Insbtución como
PI"O"il
natJ.j1';l1con negocio; con la condición l!e no habidO.hebi&ndOll8Indicado como
fe<:heda bel8 de oficio el 31.05,;ro1-4'véese h!tp:ltwww 1il!f!8laob petd-li-llmrwn8tUcJjcrSOOAlias
1EI17.102D13 se levan el Acta de Conciliedón N"454-2013 por"Falta de AcuerdO".

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