Laudo del Tribunal de Arbitraje (Poder judicial), 29-03-2005

Sentido del falloNo precisa designacion de los arbitros, sin embargo se consigna datos para fines informativos
Ruc20159981216
PartesPODER JUDICIAL vs C&E CONTRATISTAS GENERALES SRL
Fecha29 Marzo 2005
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Ampliación del plazo contractual;Indemnización por daños y perjuicios;Mayores gastos generales;OTROS,ENTREGA DE EXPEDIENTE
LAUDO
ARBITRAL
PROCESO
AR
ITRA
SEGUIDO
ENTRE
C
E
CONTRATISTAS
GENERALES
SR
L
YEL
PODER
JUDICIAL
1
Lugar
y
Fecha
de
Expedicin
El
presente
Laudo
Arbitral
se
expide
en
la
ciudad
de
Tacna
a
las
29
das
del
mes
de
marco
del
aæo
dos
mil
cinco
2
Las
Partes
21
C
E
Contratistas
Generales
SR
L
C
E
22
Poder
Judicial
3
Los
`rbitros
Dr
Francisco
Javier
Peæaloza
Riega
Presidente
del
Tribunal
Arbitral
Ing
Jorge
Jaime
Espinoza
CÆceres
Ing
Luis
Alberto
Cornejo
Navarretty
4
Naturaleza
del
Arbitraje
Nacional
y
de
Derecho
regido
por
la
Ley
26850
y
su
Reglamento
5
Antecedentes
51
Con
fecha
30
de
noviembre
del
aæo
200
el
Poder
Judicial
y
CE
celebraron
el
contrÆto
de
ejecucin
de
obra
N
116
2001
GG
PJ
a
suma
alzada
para
la
ejecucin
de
la
obra
Palacio
de
Justicia
Segunda
Etapa
Corte
Superior
de
Justicia
de
Tacna
y
Moquegua
52
Las
partes
designaron
como
sus
Ærbitros
a
los
Ings
Luis
Alberto
Cornejo
Navarretty
por
CE
y
Jorge
Espinoza
CÆceres
por
el Poder
Judicial
por
mandato
de
la
Resolucin
N
120
2002
CONSUCODE
PRE
de103
de
Junio
de12002
en
rebelda
de
Østa
œltima
53
En
reunin
del
da
08 de
julio
de12002
los
Ærbitros
designaron
al
Dr
Francisco
Javier
Peæaloza
Riega
como
Presidente
del
tribunal
Arbitral
54
El
presente
proceso
termin
con
el
Laudo
Arbitral
de
fecha
13
de
febrero
del
aæo
2003
y
fue
reaperturado
con
fecha
13
de
octubre
del
aæo
2004
mediante
Resolucin
N
11
del
Tribunal
Arbitral
por
anulacin
del
laudo
dispuesta
en
la
sentencia
de
fecha
04
de
junio
del
aæo
2004
expedida
por
la
Sala
Civil
de
la
Corte
Superior
de
Justicia
de
Tacna
y
Moquegua
retrotrayØndose
el
proceso
hasta
la
Resolucin
N
06
1
6
Cuestiones
Sometidas
a
Arbitraje
61
Pretensiones
de
CE
Por
escrito
de
fecha
01 de
Agosto
del
aæo
2002
C
E
interpone
demanda
contra
el
Poder
Judicial
formulando
las
siguientes
pretensiones
a
El
inicio
contractual
de
la
obra
es
el
da
23 de
enero
del
aæo
2002
b
La
solicitud
de
ampliacin
de
plazo
N
01
por
31
das
calendario
y
se
deje
sin
efecto
la
Resolucin
de
Gerencia
N
20
2002
GG
PJ
c
El
reconocimiento
y
pago
de
gastos
generales
por
la
ampliacin
de
plazo
N
01
por
el
monto
de
S
S
471
5
nuevos
soles
sin
IGV
mÆs
el
pago
de
intereses
correspondientes
a
partœ
de
la
fecha
de
vencimiento
del
plazo
hasta
la
fecha
efectiva
de
pago
contrme
al
art
153
del
reglamento
del
TUO
de
la
ley
26850
d
El
reconocimiento
y
pago
por
concepto
de
daæos
y
perjuicios
por
la
suma
ascendente
a
S
14
687
12
nuevos
soles
sin
IGV
de
acuerdo
con
el
art
145
del
Reglamento
del
TUO
de
la
ley
N
26850
mÆs
el
pago
de
intereses
a
partœ
de
la
fecha
del
vencimiento
del
plazo
hasta
la
fecha
efectiva
de
pago
conforme
al
art
153
del
reglamento
del
TUO
de
la
ley
26850
e
Se
declare
procedente
la
solicitud
de
que
el
Poder
Judicial
resuelva
el
cont7icto
producido
por
la
falta
de
conciliacin
de
los
planos
de
obra
correspondiente
ala
necesaria
compatibilidad
de
las
diferØntes
especialidades
que
permitan
un
ritmo
sostenido
de
la
obra
modificando
los
existentes
a
los requerimientos
de
la
memoria
descriptiva
de
las
bases
del
proceso
de
seleccin
mediante
la
correspondiente
resolucin
y
o
acto
administrativo
semejante
yde
iguales
caractersticas
en
las
cuales
fue
aprobado
el
expediente
tØcnico
contratado
f
Se
declare
procedente
el
reconocimiento
y
pago
de
daæos
y
perjuicios
ocasionados
por
el
mayor
tiempo
de
permanencia
en
obra
por
el
monto
de
S
80
153
04
nuevos
soles
sin
IGV
g
Se
declare
fundado
el
pago
de
costos
y
costas
a
su
favor
611
Fundamentos
de
Hecho
y
de
Derecho
de
CE
PRETENSION
N
Ol
INICIO
PLAZO
CONTRACTUAL
Que
con
fecha
30
de
noviembre
del
2001
se
celebr
el
contrato
de
ejecucin
de
obra
No
116
2001
GG
PJ
a
suma
alzada
para
la
ejecucin
de
la
obra
Palacio
de
Justicia
Segunda
Etapa
Corte
Superior
de
Justicia
de
Tacna
y
Moquegua
Que
el
Poder
Judicial
con
fecha
14
de
diciembre
del
aæo
2001
hizo
entrega
del
terreno
y
con
fecha
09
de
enero
del
aæo
2002
la
entrega
del
adelanto
dœecto
Que
el
inspector
de
obra
fue
designado
con
fecha
12
de
diciembre
del
aæo
2001
pero
este reciØn
estuvo
fisicamente
en
la
obra
el
da
23 de
enero
del
aæo
2002
tal
como
consta
en
el
asiento
N
15
del
cuaderno
de
obra
Que
el
inspector
de
obra
no
estuvo
presente
en
el
acto
de
la
entrega
del
terreno
siendo
que
para
el
caso
existieron
observaciones
del
contratista
que
tal
vez
pudieron
haber
sido
subsanadas
en
el
acto
mismo
que
nos
hubieran
ahorrado
tiempo
y
recursos
2
Ausencia
del
inspector
en
la
apertura
del
cuaderno
de
obra
el
mismo
que
debi
ser
aperturado
en
la
entrega
del
terreno
tal
y
conforme
lo
establece
el
art
150
del
reglamento
del
TUO
de
la
ley
26850
siendo
que
por
lo
tanto
el
mismo
reciØn
adquiere
su
valor
para
efectos
contractuales
en
fecha
23 de
enero
del
2002
mediante
asiento
N
15
PRETENSION
N
02
AMPLIACION
DE
PLAZO
N
O1
POR
31
DIAS
CALENDARIO
Que
con
fecha
23
de
enero
del
2002
mediante
asiento
N
18
del
cuaderno
de
obra
solicitan
al
inspector
de
la
obra
resuelva
el
cambio
o
ratificacin
del
proyecto
en
las
discrepancias
encontradas
desfase
de
ejes
cotas
de
cimentacin
entre
los
ejes
H
y
D
y
el
estudio
de
suelos
que
determinan
que
el
terreno
es
medianamente
agresivo
y
por
ello
se
adopta
el
empleo
de
cemento
tipo
IP
comunicÆndole
que
la
falta
de
respuesta
originarÆ
una
paralizacin
de
obra
y
que
al
solicitar
el
cambio
y
o
ratificacin
del
proyecto
se
han
consolidado
sus
observaciones
realizadas
en
los
asientos
O1
03
O5
11
12 y
13
del
cuaderno
de
obra
y
carta
N
cye
go
ss
de106
denoviembre
de12001
Que
la
ampliacin
de
plazo
N
01
por
31
das
calendario
solicitado por
cuaderno
de
obra
asiento
N
86 de
fecha
27 de
febrero
del
2002
ysustentada
por
carta
N
511
cye
ss
go
del
09 de
marzo
de12002
por
demora
en
la
absolucin
de
consultas
de
conformidad
con
el
art
152
que
ces
el
25 de
febrero
del
2002
plantea
que
las
causales
mencionadas
merecen
una
ampliacin
de
plazo
de
ejecucin
de
obra
Por
cuanto
la
absolucin
es
confirmada
por
medio
de
la
carta
N
093
2002
OI
GG
PJ
recibida
el
25
de
febrero
del
2002
tal
como
consta
del
asiento
N
79
del
cuaderno
de
obra
en
que
adjunta
los
planos
E
O1
y
E
02
que
modifican
la
geometra
del
proyecto
por
el
cambio
de
ubicacin
de
ejes
quedando pendiente
hasta
la
fecha
la
expedicin
de
la
resolucin
del
Poder
Judicial
que
refrende
la
solucin
tØcnica
del
proyectista
ya
que
los
planos
aprobados
solo
pueden
ser
modificados
por
otra
resolucin
Que
la
solicitud
de
la
ampliacin
de
plazo
N
O1
por
31
das
calendario
no
es
extemporÆnea
por
cuanto
se
present
a
los
doce
das
de
haber
cesado
la
causal
es
decir
dentro
del
plazo
establecido
en
el
procedimiento
determinado
por
el
art
136
modificado
por
DS
N
079
2001PCM
arts
155
y
156
del
reglamento
PRETENSION
N
03
RECONOCIMIENTO
Y
PAGO
DE
LOS
GASTOS
GENERALES
DE
LA
AMPLIACION
DE
PLAZO
N
Ol
Que
concedida la
ampliacin
N
O1
Østa
da
lugar
al
reconocimiento
y
pago
de
los
gastos
generales
correspondientes
alos
das
de
ampliacin
contemplado
en
el
art
156
del
reglamento
de
la
ley
rle
contrataciones
y
adquisiciones
del
estarlo
DSN
013
2001
PCM
Que
segœn
su
procedimiento
de
cÆlculo
de
los
gastos
generales
de
acuerdo
al
contrato
y
la ley
demanda
por
este
concepto
la
suma
de
S
56
471
46
nuevos
soles
sin
incluir
el
IGV
3

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