Laudo del Tribunal de Arbitraje (Petroleos del peru s.A.), 08-05-2014

Sentido del falloEn el laudo no se indico el monto del valor referencial y el proceso de seleccion.
MateriaMaterias Controvertidas;Pago
Ruc201012828
Fecha08 Mayo 2014
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
PartesPETROLEOS DEL PERU S.A. vs PAPELERA NACIONAL S.A
LaUllo
Arbitral
de Derecho
Erpedirnte
N
C2540-2013-CCL .,/,.-.
Arbilraje seguido por Pt.7RÓLEOS DEL PERÚ S:A. contra PAPt'LERA NACIONAL S.A .~
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Tribu/lal Arbitral
Fer1U)ndo de Trazegníes Granda
Juan Guillermo Gorda MontuJar
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Edgardo Mercado Neumann
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LAUDO ARBITRAL DE DERECHO
ARBITRAJE SEGUIDO POR PETRÓLEOS DEL PERÚ S.A. CONTRA
PAPELERA NACIONAL S.A
TRIBUNAL ARBITRAL
FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA
JUAN GUILLERMO GARCIA MONTUFAR S.
EDGARDO MERCADO NEUMANN
RESOLUCiÓN N° 15
Lima, 8 de mayo de 2014.-
VISTOS:
1. ANTECEDENTES
PETRÓLEOS DEL PERÚ S.A (en adelante PETROPERU), celebró el 07 de
noviembre de 2007 con PAPELERA NACIONAL S.A. (en adelante PANASA), el
Contrato de Suministro y Almacenamiento N" VIND-008-2007 (en adelante el
Contrato), por el cual PANASA se obligó a adquirir de PETROPERU la totalidad de
los volúmenes de Petróleos Industrial N° 500 que consuma.
(1).
PETROPERU, mediante Carta Notarial N" VIND-UDIR-1179-2012, de fecha 10 de
setiembre de 2012, recibida por PANASA el 12 de setiembre del mismo año, invocó
la resolución del Contrato
y,
al no existir contradicción por parte de PANASA dentro
de los quince (15) días calendarios siguientes, PETROPERU comunicó la resolución
del mismo con Carta W VIND-UDIR-1350-2012, de fecha 28 de setiembre de
201Y-'
,
1.
En la interpretación y resolución del Contrato surgieron controversias entre las partes
~ que son materia del presente proceso arbitral.
Cláusula Tercera del Contrato, presentada como anexo 2-C de la demanda.
11
,
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Laudo Arbitral dI!Derecho
Erpediente N
Q
1540-2013.CCL
Arbitraje seguido por PETRÓLEOS DEL PERÚ S.A. contra PAPELERA NACIONAL SA
Tribunol Arbitrol
Fernando de Trazegnies Granda
Juan Guillermo Gorda Montufar
S.
Edgardo Mercado Neumonn
11. EL PROCESO ARBITRAL
11.1
INSTALACiÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL Y PROCEDIMIENTO ARBITRAL
APLICABLE
Inicio del Proceso Arbitral, Designación e Instalación del Tribunal Arbitral
A través de Escrito W 1. de fecha 18 de marzo de 2013. PETROPERU. al realizar su
petición de arbitraje, designa como árbitro de parte al doctor Gulllermo García
Montúfar Sarmiento.
Con escrito de fecha 11 de abril de 2013. PANASA acepta someterse a arbitraje.
designando como árbitro de parte a la doctora Soschana Suzman Tinman.
Mediante carta de fecha 17 de abril de 2013, el doctor Guillermo Garcia Montúfar
Sarmiento manifiesta su aceptación a la designación como árbitro de parte de
PETROPERU.
Con carta de fecha 23 de abril de 2013, la doctora Soschana Suzman Tinman
renunció al cargo de árbitro de parte de PANASA.
Con escrito de fecha 30 de abril de 2013, PANASA designa como árbitro de parte al
doctor Edgardo Mercado Neumann.
Mediante carta de fecha 8 de mayo de 2013, el doctor Edgardo Mercado Neumann
manifiesta su aceptación a la designación como árbitro de parte de PANASA.
Mediante carta de fecha 31 de mayo de 2013, el doctor Fernando de Trazegnies
Granda manifiesta su aceptación a la designación como presidente de este Tribunal.
Con fecha 09 de julio de 2013 se instaló el Tribunal Arbitral. En este acto se señaló
el tipo de arbitraje, la administración del mismo, la aplicación de las Reglas de la
lnternational Bar Association sobre Práctica de Pruebas en el Arbitraje
Internacional, así como las Directrices sobre los Conflictos de Intereses en el
Arbitraje Internacional, las reglas del proceso
y
se fijaron los anticipos de gastos
arbitrales.
Cabe resaltar que las partes han aceptado plenamente la designación de este
Tribunal Arbitral, al no haberlo recusado ni manifestado razón alguna para dudar de
su independencia e imparcialidad, dentro de los plazos
y
oportunidades que fija la
Ley General de Arbitraje, Decreto Legislativo 1071, en adelante la "LA".
2
,
.
,
Laudo Arbitral de Derecho
Expediente 2540-20/3-CCL
Arbitraje seguido por PETRÓLEOS DEL PERÚ S.A. contra PAPELERA NACIONAL SA
Tribuna/ Arbitral
Fernando de Trozegnies Granda
Juan Guillermo Careta
MontuJar
S.
Edgardo Mercado Neumann
El
Convenio Arbitral
y
la Competencia del Tribunai -Arbitral.
En la Cláusula Déclmo Tercer-a del Contrato referida al arbitraje, se dispuso que
cualquier controversia que surgiera entre las partes relacionada con el Contrato fuera
sometida al procedimiento inapelable del Tribunal del Centro de Arbitraje Nacional e
Internacional de la Cámara de Comercio de Lima_
En el Acta de Instalación del Tribunal Arbitral, se dispuso que en virtud del convenio
arbitral contenido en la cláusula décimo tercera del Contrato, el arbitraje fuera
nacional
y
de derecho.
Procedimiento arbitral aplicable
Según lo establecido en el Acta de Instalación del Tribunal Arbitral, el arbitraje debe
regirse de acuerdo con las reglas establecidas en ella.
11.2 CONSIDERACIONES PRELIMINARES
El presente laudo se expide de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56° de
laLA. Estando a lo dispuesto en el mencionado artículo, el Tribunal Arbitral advierte a
las partes que la valoración de las pruebas en que se sustenta la decisión
y
los
fundamentos de hecho
y
de derecho para admitir o rechazar las respectivas
pretensiones
y
defensas de las partes, se van a desarrollar en forma conjunta en los
considerandos del presente laudo.
En lo correspondiente a la valoración de los medios probatorios aportados por las
partes, el Tribunal Arbitral deja expresa constancia que en el presente proceso
arbitral se ha actuado de acuerdo con lo dispuesto en el primer párrafo del artículo
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0
de la LA, en el que se señala que: "El Tribunal Arbitral tiene la facultad para
determinar de manera exclusiva la admisión, pertinencia, actuación
y
valor de las
pruebas
y
para ordenar en cualquier momento la presentación o la actuación de las
pruebas que estime necesarias".
11.3 LA DEMANDA
Mediante escrito recibido el 31 de julio de 2013, PETROPERU interpuso demanda
JI
arbitral contra PANASA solicitando que se declaren fundadas las pretensiones que a
&
continuación se describen, con expresa condena de costos
y
costas:
3

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