Laudo del Tribunal de Arbitraje (Municipalidad provincial del cusco), 18-05-2022
Sentido del fallo | El consorcio es integrado por las empresas cusco ingenieria y construccion s.A.C. Con numero de ruc 20564431932 (activo y habido) y consorcio dsk contratistas y consultores s.A.C con numero de ruc 20600353625 (activo y habido) lauda arbitra unica el link de laudo es: http://zonasegura.Seace.Gob.Pe/documentos/mon/docs/contratos/laudos/2022/000749/180520221710052.Pdf fecha de instalacion |
Contratista | CONSORCIO VIAL CUSCO |
Tipo de proceso | INSTITUCIONAL |
Ruc | 20177217043 |
Partes | MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO vs CONSORCIO VIAL CUSCO |
Fecha | 18 Mayo 2022 |
Materia | Materias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios;Pago;OTROS,PAGO DE COSTAS Y COSTOS PROCESALES |
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CENTRO DE ARBITRAJE ASOCIACION ZAMBRANO
Caso Arbitral N° 03-2021-PA-CAAZ
Arbitraje Institucional, Nacional, de Derecho seguido entre:
CONSORCIO VIAL CUSCO
-Demandante-
vs.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO
-Demandada-
Contrato N° 314-2019-OGA-MPC para la “Contratación del Servicio de Mantenimiento
Periódico del Camino Vecinal Desvío Pillao Matao – Distrito de San Jerónimo – Cusco
Long. 5.100 km para el proyecto “MANTENIMIENTO PERIODICO DE CAMINO VECINAL
NO PAVIMENTADO DESVIO PILLAO – PILLAO MATAO LIMITE DISTRITO SAN
JERONIMO - CUSCO Long. =5.100 km”
Adjudicación Simplificada N° 051-2019-CS-MPC
LAUDO ARBITRAL
María Hilda Becerra Farfán
Árbitro Único
Violeta Mamani Tapia
Secretario Arbitral
Lima, 18 de mayo de 2022
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LAUDO DE DERECHO
Laudo de Derecho emitido por la Árbitro Único, abogada María Hilda Becerra Farfán; en la
controversia surgida entre el CONSORCIO VIAL CUSCO integrado por CUSCO
INGENIERIA Y CONSTRUCCION SAC Y CONSORCIO DSK CONTRATISTAS Y
CONSULTORES S.A.C (en adelante el Consorcio o el Contratista) y la MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CUSCO (en adelante la Entidad o la Municipalidad).
RESOLUCIÓN Nº 16
En Lima, a los 18 días del mes de mayo de dos mil veintidós, luego de haber realizado las
actuaciones arbitrales, de conformidad con las normas legales aplicables y las reglas
establecidas por las partes, valorado las pruebas ofrecidas y actuadas en este arbitraje,
escuchado los argumentos y deliberado en torno a las pretensiones planteadas en la
demanda y las alegaciones del demandado, la Árbitro Único dicta el siguiente Laudo para
poner fin, por decisión de las partes, a las controversias planteadas:
VISTO:
El expediente del Caso Arbitral N° 03-2021-PA-CAAZ y las actuaciones desarrolladas
durante el proceso;
CONSIDERACIONES:
I. De la relación jurídica de las partes y la norma aplicable
1. El 12 de noviembre de 2019 el Consorcio y la Entidad suscribieron el Contrato N°
314-2019-OGA-MPC Adjudicación Simplificada N° 051-2019-CS-MPC para la
“Contratación del Servicio de Mantenimiento Periódico del Camino Vecinal Desvío
Pillao Matao – Distrito de San Jerónimo – Cusco Long. 5.100 km para el proyecto
“MANTENIMIENTO PERIODICO DE CAMINO VECINAL NO PAVIMENTADO
DESVIO PILLAO – PILLAO MATAO LIMITE DISTRITO SAN JERONIMO - CUSCO
Long. =5.100 km” (en adelante el Contrato).
2. La Adjudicación Simplificada N° 051-2019-CS-MPC (en adelante el Procedimiento
de Selección) del que deriva la convocatoria, fue convocada el 3 de octubre de 2019
y en consecuencia, son de aplicación la Ley 30255 cuyo Texto Único Ordenado fue
aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF (en adelante la Ley) y su
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