Laudo del Tribunal de Arbitraje (Municipalidad provincial de contralmirante villar), 28-09-2015

Sentido del falloEl consorcio cayle esta integrado por las empresas constructora alcay s.A.C., icsa constructores s.R.L. Y construcciones, ventas y servicios octalier e.I.R.L. el laudo no precisa proceso de seleccion.
Ruc20166667934
PartesMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CONTRALMIRANTE VILLAR vs CONSORCIO CAYLE
Fecha28 Septiembre 2015
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Adicionales;Indemnización por daños y perjuicios
'.
PROCESOARBITRAL AD-HOC SEGUlOO POR
E:.
CONSORCIO
CA
YLECONTRA LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CONTRALMIRANTE VILLAR - ZORRITOS
LAUDO ARBITRAL DE DERECHO
DEMANDANTE:
CONSORCIO CAYLE
CENPERCO -
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EN ADELANTE "EL CONTRATISTA" O "EL DEMANDANTE"
DEMANDADO:
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CONTRALMIRANTE VILLAR
EN ADELANTE "LA DEMANDADA" O "LA ENTIDAD"
TRIBUNAL ARBITRAL:
DR. RICHARD MARTIN TIRADO (PRESIDENTE)
DR. ERNESTO ARMANDO VALVERDE VILELA (ÁRBITRO)
DR. JUAN MANUEL REVOREDO LITUMA (ÁRBITRO)
SECRETARIA ARBITRAL:
SRTA. SUSSY VICTORIA DELGADO AGUILAR
ESOLUCIÓN 15
umbes, 28 de setiembre de 2015
Sede Arbitral: Av. Fernanda Belaúnde Terry Mza.
20
Lt.
09
Segunda Pisa
Urbanización Andrés Arauja Mar6n - Tumbes. Email: cenperca@gmail.cam
1
PROCESOARBITRAL AD-HOC SEGUIDO POR
El.
CONSORCIO CAYLECONTRA LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CONTRALMIRANTE VILLAR -ZORRITOS
VISTOS:
l. ANTECEDENTES:
1. Con fecha 03 de enero del 2012, El Consorcio CAYLE (integrado por las
Empresas Constructora ALCA
y
SAC, ICSA Constructores SRL yConstrucciones,
Ventas
y
Servicios OCTALlER EIRL)
y
la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
CONTRALMIRATE VILLAR, suscribieron el Contrato de Obra N" 001-
2012/MPCVZ (en adelante, EL CONTRATO, para la "Elaboración del
Expediente Técnico
y
Ejecución de la Obra Mejoramiento de la Capacidad
Resolutiva de los Servicios de Salud en el Establecimiento
1-4
Zorritos,
provincia de Contralmirante Villar Tumbes", por un monto ascendente a la
suma de SI. 9740,253.00 (Nueve Millones Setecientos Cuarenta Mil Doscientos
Cincuenta yTres con
00/100
Nuevos Soles), incluido IGV, estableciéndose un
plazo de 210 días calendarios para la ejecución de la misma.
2. Durante la ejecución de EL CONTRATO, surgieron una serie de controversias
entre las partes, que son materia del presente Proceso Arbitral.
11.
DEL PROCESO ARBITRAL:
1. CONVENIO ARBITRAL.-
1.1. El Convenio Arbitral se encuentra incorporado en la Cláusula Décimo
Octava de EL CONTRATO, para la "Elaboración del Expediente Técnico
y Ejecución de la Obra Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de
los Servicios de Salud en el Establecimiento
1-4
Zorritos, provincia de
Contralmirante Villar Tumbes".
1.2. En la citada cláusula, las partes acordaron iniciar un arbitraje administrativo
a fin de resolver las controversias que pudiesen presentarse durante la
etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto por
Sede Arbitral: Av. Fernanda Belaúnde Terry Mza.
20
Lt.
09
Segunda Piso
~ Urbanización Andrés Arauja Marón - Tumbes. Emall: cenperco@gmall.com
~-
r
2
PROCESOARBITRAL AO-HOC SEGUIOO POR
Ee
CONSORCIO CAYLE CONTRA LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CONTRALMIRANTE VILLAR - ZORRITOS
el Reglamento y la Ley de Contrataciones del Estado.
2. DESIGNACiÓN DE ÁRBITROS, INSTALACiÓN Y SEDE DEL TRIBUNAL
ARBITRAL.-
2.1. Surgidas las controversias entre las partes, EL DEMANDANTE designó
como árbitro de parte, al DR. ERNESTO ARMANDO VALVERDE VILELA;
por su parte, LA DEMANDADA designó al DR. JUAN MANUEL
REVOREDO L1TUMA en calidad de árbitro.
2.2. Los miembros del Tribunal Arbitral se pusieron de acuerdo respecto del
nombramiento del tercer miembro y Presidente del Tribunal Arbitral Ad-
Hoc, nombramiento que recayó en el DR. RICHARD MARTIN TIRADO.
2.3. Es oportuno precisar que ambas partes han aceptado plenamente la
designación de éste Tribunal Arbitral, al no haber recusado a los árbitros, ni
haber manifestado motivo alguno para dudar de su independencia e
imparcialidad, dentro de la oportunidad y plazo previstos por el Decreto
Legislativo N" 1071 - Decreto Legislativo que norma el Arbitraje, en
adelante la LEY DE ARBITRAJE.
2.4. Asimismo, con fecha 20 de agosto del 2013, contando con la participación
tanto del representante de EL DEMANDANTE como de LA DEMANDADA,
se procedió a la leÓn del Tribunal Arbitral.
2.5. De acuerdo al Acta de Instalación, se ha establecido como sede del
Tribunal Arbitral, las oficinas ubicadas en la Av. Fernando Belaúnde Terry
Manzana 20, Lote 09, Segundo Piso, Urbanización Andrés Arauja Morán -
Tumbes.
3. PROCEDIMIENTO ARBITRAL APLlCABLE.-
3.1. En el punto del Acta de Instalación se establece que el Arbitraje debe
regirse de acuerdo con las Reglas establecidas en ella, a lo dispuesto por
la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Legislativo N"
. Sede Arbitral: Av. Fernanda Belaúnde Terry Mza.
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Lt.
09
Segunda Pisa
Urbanización Andrés Arauja Marón - Tumbes. Email: cenperca@gmail.com
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