Laudo del Tribunal de Arbitraje (Municipalidad distrital de pueblo libre - lima), 18-07-2008

Ruc20131377062
Fecha18 Julio 2008
PartesMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE - LIMA vs PRISTER PERU S.A.
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
MateriaMaterias Controvertidas;Pago
3K
eo
a
av
r
tle
s
Expediente
N
308
2007
CONSUCODE
SNCA
ed
Oficina
de
Conciliacin
y
Arbitraje
Adrninistr2tivo
i
1
8
J
U
L
2008
LAUDO
ARBITRAL
C
I
B
a
D
Hora
Resolucin
N
04
raro
menso
rxv
Lima
18
de
julio
de
2008
`rbitro nico
REYMUNDO
JIMENO
MORA
Las
partes
Demandante
PRISTER
PERU
SA
Demandada
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL
DE
PUEBLO
LIBRE
Materia
Obligacin
de
dar
suma
de
dinero
I
ANTECEDENTES
1
Constitucin
de
Arbitraje
El
07
de
abril
de
2008
en
las
oficinas
del
CONSUCODE
sede
del
presente
arbitraje
se
instal
el Arbitraje
nico
en
atencin
a
la
demanda arbitral
planteada
por
PRISTER
PERU
SA
ante
LA
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL
DE
PUEBLO
LIBRE
en
aplicacin
de
la
clÆusula
dØcimo
tercera
del
Contrato
N
001
2007
ADSMPL
Suministro
para
Equipos
de
Computo
La
clÆusula
antes
aludida
contiene
el
convenio
arbitral
conforme
al
cual
se
ha
1
desarrollado
el
preseæte
proceso
en
los
quØ
se
coæviæo
quØ
el
arbitraje
fuesØ
de
derecho
por
lo
cual
el
presente
Laudo
se
expide
en
virtud
de
lo
dispuesto
en
el
Art
50
de
la
Ley
General
de
Arbitraje
Ley
N
26572
de
conformidad
con
la
clÆusula
13
del
Contrato
de
Suministro
para
Equipos
de
Computo as
como
de
conformidad
con
la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
y
su
Reglamento
Decreto
Supremo
N
083
2004
PCM
y
Decreto
Supremo
N
084
2004PCM
II
ALEGACIONES
DE
LAS
PARTES
21
Demanda
211
El
11
de
enero
de
2008
PRISTER
PERU
SA en
adelante
la
demandante
present
su
demanda
seæalando
como
primera
pretensin
principal
que
la
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL
DE
PUEBLO
LIBRE
en
adelante
la
demandada
abone
por
concepto
de
facturas
impagas
la
suma
de
veinticinco
mil
siete
y
15
100
Nuevos
Soles
S
25
007
15
Asimismo
como
segunda
pretensin
principal
ha
solicitado
que
la
demandada
asuma
el
pago
de
las
costas
y
costos
las
mismas
que
comprenden
entre
otros
el
concepto
de
gastos
por
honorarios
y
Secretara
Arbitral
212
La
demandante
seæala
como
argumentos que
suscribi
el
Contrato
materia
sublitis
el
26 de
junio
de
2007
habiØndose
establecido
obligaciones
esenciales
contenidas
en
la
ClÆusula
SØtima
en
el
sentido
quØ
la
demandante
tena
como
obligacin
entregar
los
bienes
segœn
las
caractersticas
cualitativas
c
y
cuantitativas
tØcnicas
establecidas
en
las
Bases
y
en
cualquier
otro
C
documento
anexo
al
Contrato
as
como
el
mantener
el
precio
pactado
Asimismo
en
la
ClÆusula
Octava
se
estableca
como
obligacin
esencial
el
pago
oportuno
segœn
la clÆusula
cuarta
que
deba
realizar
la
demandada
previa
verificacin
de
los
bienes
y
con
la
conformidad
otorgada
por
la
Unidad
de
Abastecimiento
y
Servicios
as
como
por
el
AlmacØn
Central
de
la
Unidad
de
Abastecimiento

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