Laudo del Tribunal de Arbitraje (Municipalidad de morropon- chulucanas), 09-11-2012

Sentido del falloEl laudo no precisa el proceso de seleccion. el laudo no precisa qué parte designó a los árbitros de parte.
Ruc20105266988
PartesMUNICIPALIDAD DE MORROPON- CHULUCANAS vs SUAREZ CONTRUCCIONES Y EQUIPAMIENTOS S.R.L.
Fecha09 Noviembre 2012
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Resolución del contrato
TRIBUNAL ARBITRAL AD HOC
Suárez Construcciones
y
Equipamientos S.R.L
Municipalidad Provincial Morropón - Chulucanas
Jr. Arequipa 642, Piso Oficina 06 - Piura
LAUDO ARBITRAL NACIONAL DE DERECHO
RESOLUCIÓN 11
Piura, 09 de Noviembre de 2012
Caso Arbitral:
Contrato:
Tribunal Arbitral:
Secretaria Arbitral:
SUAREZ CONTRUCCIONES
y
EQUIPAMIENTOS SRL
(en adelante, el demandante) contra La
MUNICIPALIDAD DE MORROPÓN-CHULUCANAS
(en adelante, LA ENTIDAD).
Contrato de obra OOl-2011-MPM-CH/MVCS/BID
PROYECTO DE MEJORAMIENTO INTEGRAL DE
BARRIOS - MI BARRIO, OBRA: MEJORAMIENTO
INTEGRAL DE BARRIOS EN EL ASENTAMIENTO
HUMANO CONSUELO GONZALES DE VELASCO,
DISTRITO DE CHULUCANAS, PROVINCIA DE
MORROPÓN - PIURA.
Dra. Elizabeth Juliana Atoche Chira
Ing. Juan Estuardo Chávez Sánchez
Dr. Ricardo Maximino Maguiña Bustos
Dra. Joysse Janet Mendívil Chuyes
1
,
.
VISTOS:
l. EXISTENCIA DE UN CONVENIO ARBITRAL
Con fecha 31 de marzo de 2011, las partes suscribieron el Contrato de obra
001-2011-MPM-CH/MVCS/BID PROYECTO DE MEJORAMIENTO INTEGRAL
DE BARRIOS - MI BARRIO, OBRA: MEJORAMIENTO INTEGRAL DE BARRIOS
EN EL ASENTAMIENTO HUMANO CONSUELO GONZALES DE VELASCO,
DISTRITO DE CHULUCANAS, PROVINCIA DE MORROPÓN - PIURA,-
Conforme a las condiciones generales del contrato en sus Cláusulas
Veinticuatro y veinticinco, las partes pactaron que toda controversia que
surgiera del Contrato debería someterse en primer lugar a conciliación, en
los conflictos que no pudieran resolverse a través de conciliación o los que
se resolvieran de manera parcial, debían someterse a un arbitraje de
derecho.
Ambas partes de mutuo acuerdo decidieron que el arbitraje sería Ad Hoc y
se desarrollaría en la ciudad de Piura, conforme a la adenda suscrita por
ambas partes con fecha 23 de marzo del 2012 en la que se modificó el
convenio arbitral, la misma que obra en autos, aceptando el proceso arbitral
Ad hoc en la ciudad de Piura, convalidado mediante la sucesión de actos del
proceso arbitral.
n.
DESIGNACIÓN E INSTALACIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL
2,1. Con fecha 02 de abril de 2012, a las 10 horas se reunieron los señores
Ing. Juan Estuardo Chávez Sánchez y Dr, Ricardo Maximino Maguiña
Bustos, árbitros de parte, con el objeto de designar al Tercer Árbitro y
Presidente del Tribunal en relación a la controversia surgida entre el Suárez
Construcciones y Equipamientos SRL y La Municipalidad Morropón-
Chulucanas, Los árbitros designados por las partes, luego de haber
deliberado con respecto al asunto, acordaron en nominar a la abogada
Elizabeth Juliana Atoche Chira como Tercer Árbitro y Presidente del Tribunal
Arbitral, para lo cual se redactó el acta de designación de presidente de
tribunal arbitral.
2,2, Con fecha 02 de abril de 2012, mediante Carta S/N, los árbitros de
parte se dirigen a la Dra. Elizabeth Juliana Atoche Chira con la finalidad de
comunicarle su designación como Tercer Árbitro y Presidente del Tribunal
Arbitral que se encargará de resolver la controversia surgida entre las
partes, de acuerdo al acta que adjuntan a la referida comunicación y le
solicitan comunique a las partes su aceptación,
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